III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-15643)
Resolución de 18 de mayo de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los expedientes de reconocimientos extrajudiciales de crédito aprobados por las entidades locales en el ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Lunes 27 de septiembre de 2021
Cuadro 9.
Sec. III. Pág. 117806
Porcentaje de distribución de las obligaciones indebidamente reconocidas
según la irregularidad
IRREGULARIDADES
Comunidad
Autónoma
Andalucía
Gasto sin
crédito
Gasto sin
contrato
Gasto sin
crédito y sin
contrato
Sin adecuada Contrato menor
cobertura
sin aprobación del
contractual
gasto
Otras
causas
62,49
3,73
26,15
0,97
0,51
6,15
6,16
82,17
2,84
3,11
-
5,72
Canarias
64,29
16,28
1,6
-
-
17,83
Cantabria
9,53
89,12
-
-
1,35
-
Aragón
8,95
79,5
0,16
11,36
-
0,03
Castilla-La Mancha
Castilla y León
38,75
37,23
10,06
5,54
0,01
8,41
Cataluña
46,69
49,67
1,07
2,57
-
-
Comunidad de Madrid
42,92
51,47
0
1,37
0,48
3,76
Comunitat Valenciana
54,12
35,29
8,41
0,77
0,25
1,16
Extremadura
46,84
21,39
-
1,25
4,92
25,6
Galicia
32,16
27,96
-
33,86
6,02
-
Illes Balears
29,69
62,35
0,88
0,09
5,21
1,78
100
-
-
-
-
-
-
La Rioja
País Vasco
13,62
66,81
-
8,86
90,59
-
Región de Murcia
41,49
19,73
20,64
13,13
1,93
3,08
TOTAL
42,74
39,55
7,78
4,88
1,06
3,99
Principado de Asturias
19,57
0,55
Fuente: Elaboración propia a partir de la información remitida por las entidades.
El 90 % de las obligaciones indebidamente comprometidas lo fueron como consecuencia de carecer
de contrato o de no disponer de crédito suficiente y adecuado, o bien, por ambas circunstancias a
la vez. No se han incluido en dicho porcentaje, los casos en los que había contrato en vigor, pero
se realizaron prestaciones no cubiertas por el contrato sin que se hubiera tramitado la
correspondiente modificación contractual; estas obligaciones se han clasificado como “Sin
adecuada cobertura contractual” y representan el 5 % del total.
Las Comunidades Autónomas de Andalucía y Canarias tienen un mayor porcentaje de
obligaciones comprometidas “sin crédito”. Esta circunstancia deriva, en el caso de
Andalucía, del Ayuntamiento de Marbella, que contabilizó 29.026.151,76 euros en este
supuesto. En el caso de Canarias, se debe, fundamentalmente al Ayuntamiento de la Oliva,
(1.994.663,65 euros), al de Las Palmas de Gran Canaria (1.401.573,37 euros) y al de Puerto
de la Cruz (1.089.767,97 euros).
Dentro de las obligaciones “sin contrato”, responden a cuantías relevantes las ratios de
Aragón, fundamentalmente derivado del Ayuntamiento de Zaragoza que contabilizó
2.736.441,15 euros, y el de Cantabria, con origen en el Ayuntamiento de Santander, que
registró 7.861.006,80 euros sin contrato.
cve: BOE-A-2021-15643
Verificable en https://www.boe.es
La mayoría de las ratios elevadas que se presentan en el cuadro anterior no derivan de una alta
imputación al presupuesto de obligaciones mediante REC en la comunidad autónoma
correspondiente. Sin embargo, en algunos supuestos, los porcentajes elevados sí responden a
entidades concretas con alta imputación de obligaciones a presupuesto a través de reconocimientos
extrajudiciales. Estos supuestos son los siguientes:
Núm. 231
Lunes 27 de septiembre de 2021
Cuadro 9.
Sec. III. Pág. 117806
Porcentaje de distribución de las obligaciones indebidamente reconocidas
según la irregularidad
IRREGULARIDADES
Comunidad
Autónoma
Andalucía
Gasto sin
crédito
Gasto sin
contrato
Gasto sin
crédito y sin
contrato
Sin adecuada Contrato menor
cobertura
sin aprobación del
contractual
gasto
Otras
causas
62,49
3,73
26,15
0,97
0,51
6,15
6,16
82,17
2,84
3,11
-
5,72
Canarias
64,29
16,28
1,6
-
-
17,83
Cantabria
9,53
89,12
-
-
1,35
-
Aragón
8,95
79,5
0,16
11,36
-
0,03
Castilla-La Mancha
Castilla y León
38,75
37,23
10,06
5,54
0,01
8,41
Cataluña
46,69
49,67
1,07
2,57
-
-
Comunidad de Madrid
42,92
51,47
0
1,37
0,48
3,76
Comunitat Valenciana
54,12
35,29
8,41
0,77
0,25
1,16
Extremadura
46,84
21,39
-
1,25
4,92
25,6
Galicia
32,16
27,96
-
33,86
6,02
-
Illes Balears
29,69
62,35
0,88
0,09
5,21
1,78
100
-
-
-
-
-
-
La Rioja
País Vasco
13,62
66,81
-
8,86
90,59
-
Región de Murcia
41,49
19,73
20,64
13,13
1,93
3,08
TOTAL
42,74
39,55
7,78
4,88
1,06
3,99
Principado de Asturias
19,57
0,55
Fuente: Elaboración propia a partir de la información remitida por las entidades.
El 90 % de las obligaciones indebidamente comprometidas lo fueron como consecuencia de carecer
de contrato o de no disponer de crédito suficiente y adecuado, o bien, por ambas circunstancias a
la vez. No se han incluido en dicho porcentaje, los casos en los que había contrato en vigor, pero
se realizaron prestaciones no cubiertas por el contrato sin que se hubiera tramitado la
correspondiente modificación contractual; estas obligaciones se han clasificado como “Sin
adecuada cobertura contractual” y representan el 5 % del total.
Las Comunidades Autónomas de Andalucía y Canarias tienen un mayor porcentaje de
obligaciones comprometidas “sin crédito”. Esta circunstancia deriva, en el caso de
Andalucía, del Ayuntamiento de Marbella, que contabilizó 29.026.151,76 euros en este
supuesto. En el caso de Canarias, se debe, fundamentalmente al Ayuntamiento de la Oliva,
(1.994.663,65 euros), al de Las Palmas de Gran Canaria (1.401.573,37 euros) y al de Puerto
de la Cruz (1.089.767,97 euros).
Dentro de las obligaciones “sin contrato”, responden a cuantías relevantes las ratios de
Aragón, fundamentalmente derivado del Ayuntamiento de Zaragoza que contabilizó
2.736.441,15 euros, y el de Cantabria, con origen en el Ayuntamiento de Santander, que
registró 7.861.006,80 euros sin contrato.
cve: BOE-A-2021-15643
Verificable en https://www.boe.es
La mayoría de las ratios elevadas que se presentan en el cuadro anterior no derivan de una alta
imputación al presupuesto de obligaciones mediante REC en la comunidad autónoma
correspondiente. Sin embargo, en algunos supuestos, los porcentajes elevados sí responden a
entidades concretas con alta imputación de obligaciones a presupuesto a través de reconocimientos
extrajudiciales. Estos supuestos son los siguientes: