III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-15645)
Resolución de 18 de mayo de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las actuaciones realizadas por las entidades locales en el marco del plan extraordinario y urgente por el empleo de Castilla-La Mancha, ejercicios 2015 a 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 118041
En las entidades locales de la provincia de Cuenca se produjo un incremento muy importante en la
financiación aportada a la convocatoria de 2017 a causa de la renuncia de la diputación a financiar
esta convocatoria del Plan de Empleo como se expondrá más adelante. De una participación en
torno al 30 %, similar al resto de entidades en 2016, se pasó al 62 % en 2017.
En sentido contrario, la Diputación de Ciudad Real asumió más costes de los previstos,
compensando en buena medida las aportaciones que debían soportar las entidades locales de su
provincia mediante la aprobación de un plan de empleo complementario.
La mayor parte de los costes financiados por las entidades locales beneficiarias lo constituyeron las
cotizaciones a la Seguridad Social que correspondía aportar por cada trabajador contratado. El
resto de los gastos que debieron financiar también las entidades locales fueron los materiales para
el desarrollo de los trabajos, las indemnizaciones a que pudieran tener derecho los trabajadores
contratados y las diferencias entre los salarios fijados por la entidad para sus trabajadores y el
importe del salario mínimo cubierto por la subvención.
Si las entidades locales hubieran previsto en sus convenios colectivos la exclusión de los
trabajadores contratados en ejecución de Planes de Empleo de la aplicación de las tablas salariales
pactadas, no habrían tenido que asumir las diferencias entre los salarios fijados por la entidad en
sus convenios colectivos y el importe del salario mínimo cubierto por la subvención. De las
entidades de la muestra solo el Ayuntamiento de Villarrobledo estableció en su Convenio Colectivo
esta exclusión.
Como ya se señaló, el Plan de Empleo contaba con una financiación de hasta el 80 % del importe
de las subvenciones por parte del Programa Operativo Regional del Fondo Social Europeo para
Castilla-La Mancha 2014-2020. La Junta de Castilla-La Mancha gestionó la obtención de los fondos
procedentes de dicho fondo aportando la justificación de los gastos realizados por las entidades
locales beneficiarias. La financiación aportada al Plan de Empleo por las diputaciones provinciales
y los gastos soportados por las entidades locales beneficiarias de las subvenciones por la
contratación de los trabajadores desempleados no fueron objeto de compensación por el Fondo
Social Europeo, de acuerdo con la información aportada por las Diputaciones Provinciales.
cve: BOE-A-2021-15645
Verificable en https://www.boe.es
En el cuadro siguiente se exponen, para las entidades de la muestra, los porcentajes de
financiación aportados por los distintos agentes financiadores a esta línea de subvenciones.
Núm. 231
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 118041
En las entidades locales de la provincia de Cuenca se produjo un incremento muy importante en la
financiación aportada a la convocatoria de 2017 a causa de la renuncia de la diputación a financiar
esta convocatoria del Plan de Empleo como se expondrá más adelante. De una participación en
torno al 30 %, similar al resto de entidades en 2016, se pasó al 62 % en 2017.
En sentido contrario, la Diputación de Ciudad Real asumió más costes de los previstos,
compensando en buena medida las aportaciones que debían soportar las entidades locales de su
provincia mediante la aprobación de un plan de empleo complementario.
La mayor parte de los costes financiados por las entidades locales beneficiarias lo constituyeron las
cotizaciones a la Seguridad Social que correspondía aportar por cada trabajador contratado. El
resto de los gastos que debieron financiar también las entidades locales fueron los materiales para
el desarrollo de los trabajos, las indemnizaciones a que pudieran tener derecho los trabajadores
contratados y las diferencias entre los salarios fijados por la entidad para sus trabajadores y el
importe del salario mínimo cubierto por la subvención.
Si las entidades locales hubieran previsto en sus convenios colectivos la exclusión de los
trabajadores contratados en ejecución de Planes de Empleo de la aplicación de las tablas salariales
pactadas, no habrían tenido que asumir las diferencias entre los salarios fijados por la entidad en
sus convenios colectivos y el importe del salario mínimo cubierto por la subvención. De las
entidades de la muestra solo el Ayuntamiento de Villarrobledo estableció en su Convenio Colectivo
esta exclusión.
Como ya se señaló, el Plan de Empleo contaba con una financiación de hasta el 80 % del importe
de las subvenciones por parte del Programa Operativo Regional del Fondo Social Europeo para
Castilla-La Mancha 2014-2020. La Junta de Castilla-La Mancha gestionó la obtención de los fondos
procedentes de dicho fondo aportando la justificación de los gastos realizados por las entidades
locales beneficiarias. La financiación aportada al Plan de Empleo por las diputaciones provinciales
y los gastos soportados por las entidades locales beneficiarias de las subvenciones por la
contratación de los trabajadores desempleados no fueron objeto de compensación por el Fondo
Social Europeo, de acuerdo con la información aportada por las Diputaciones Provinciales.
cve: BOE-A-2021-15645
Verificable en https://www.boe.es
En el cuadro siguiente se exponen, para las entidades de la muestra, los porcentajes de
financiación aportados por los distintos agentes financiadores a esta línea de subvenciones.