III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-15663)
Resolución de 15 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal para el sector de mayoristas e importadores de productos químicos industriales y de droguería, perfumería y anexos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 118394
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
15663
Resolución de 15 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal para el sector de
mayoristas e importadores de productos químicos industriales y de droguería,
perfumería y anexos.
Visto el texto del Convenio colectivo estatal para el sector de mayoristas e
importadores de productos químicos industriales y de droguería, perfumería y anexos
(código convenio n.º 99001095011981), que fue suscrito, con fecha 20 de mayo de 2021,
de una parte por las organizaciones empresariales Federación Española de Mayoristas
de Perfumería, Droguería y Anexos, Asociación Española de Comercio Químico (AECQ)
y Federación Empresarial Catalana del Sector Químico (FEDEQUIM), en representación
de las empresas del sector, y de otra por los sindicatos CC.OO.-Industria y UGT-FeSMC
en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 90, apartado 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de
octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de
convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 15 de septiembre de 2021.–La Directora General de Trabajo, Verónica
Martínez Barbero.
De acuerdo con las disposiciones del Título III del Estatuto de los trabajadores, se
hace constar que el presente convenio colectivo ha sido negociado y concluido como
partes del mismo en representación de los personas trabajadoras por las organizaciones
sindicales CC.OO-Industria y la Federación de Servicios a la Movilidad y el Consumo de
UGT (FeSMC-UGT) y en representación de las empresas del sector las organizaciones
empresariales Federación Española de Mayoristas de Perfumería, Droguería y Anexos
(FEMPDA), la Asociación Española del Comercio Químico (AECQ) y la Federación
Empresarial Catalana del Sector Químico (FEDEQUIM).
Las partes se reconocen legitimación inicial, plena y decisoria en el ámbito funcional,
personal y territorial del convenio colectivo, por lo que el mismo goza de eficacia general
normativa en su ámbito.
cve: BOE-A-2021-15663
Verificable en https://www.boe.es
CONVENIO COLECTIVO DE MAYORISTAS E IMPORTADORES DE PRODUCTOS
QUÍMICOS INDUSTRIALES Y DE DROGUERÍA, PERFUMERÍA Y ANEXOS
Núm. 231
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 118394
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
15663
Resolución de 15 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal para el sector de
mayoristas e importadores de productos químicos industriales y de droguería,
perfumería y anexos.
Visto el texto del Convenio colectivo estatal para el sector de mayoristas e
importadores de productos químicos industriales y de droguería, perfumería y anexos
(código convenio n.º 99001095011981), que fue suscrito, con fecha 20 de mayo de 2021,
de una parte por las organizaciones empresariales Federación Española de Mayoristas
de Perfumería, Droguería y Anexos, Asociación Española de Comercio Químico (AECQ)
y Federación Empresarial Catalana del Sector Químico (FEDEQUIM), en representación
de las empresas del sector, y de otra por los sindicatos CC.OO.-Industria y UGT-FeSMC
en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 90, apartado 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de
octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de
convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 15 de septiembre de 2021.–La Directora General de Trabajo, Verónica
Martínez Barbero.
De acuerdo con las disposiciones del Título III del Estatuto de los trabajadores, se
hace constar que el presente convenio colectivo ha sido negociado y concluido como
partes del mismo en representación de los personas trabajadoras por las organizaciones
sindicales CC.OO-Industria y la Federación de Servicios a la Movilidad y el Consumo de
UGT (FeSMC-UGT) y en representación de las empresas del sector las organizaciones
empresariales Federación Española de Mayoristas de Perfumería, Droguería y Anexos
(FEMPDA), la Asociación Española del Comercio Químico (AECQ) y la Federación
Empresarial Catalana del Sector Químico (FEDEQUIM).
Las partes se reconocen legitimación inicial, plena y decisoria en el ámbito funcional,
personal y territorial del convenio colectivo, por lo que el mismo goza de eficacia general
normativa en su ámbito.
cve: BOE-A-2021-15663
Verificable en https://www.boe.es
CONVENIO COLECTIVO DE MAYORISTAS E IMPORTADORES DE PRODUCTOS
QUÍMICOS INDUSTRIALES Y DE DROGUERÍA, PERFUMERÍA Y ANEXOS