V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. (BOE-B-2021-40027)
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid, de la Resolución de la Dirección General de Carreteras, por la que se aprueba provisionalmente y se ordena la incoación del expediente de información pública a los efectos del artículo 12.6 de la Ley de Carreteras y de lo previsto en los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de 16 de Diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, y concordantes de su Reglamento, del proyecto de trazado "Actuaciones a corto plazo para la mejora de la accesibilidad del transporte público en la Autovía del Nordeste, A-2. Tramo: Enlace de Arturo Soria a enlace de San Fernando-Coslada". Clave: 19-M-14430.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 54719
Los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de
diciembre de 1954, sobre la necesidad de ocupación, y concordantes de su
Reglamento. Así, cualquier persona podrá aportar por escrito los datos oportunos
para rectificar posibles errores de la relación publicada u oponerse, por razones de
fondo o forma, a la necesidad de la ocupación. Esta información pública también lo
es a los efectos de la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos
afectados.
La aprobación definitiva del proyecto trazado, en su caso, implicará la
declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes,
modificación de servicios y adquisición de derechos correspondientes, a los fines
de expropiación, de ocupación temporal o de imposición o modificación de
servidumbres.
El plazo de información pública será de treinta (30) días hábiles contados a
partir del primer día hábil siguiente al de la última fecha de las publicaciones
reglamentarias.
4. Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid que:
De acuerdo con el artículo 16.1 de la Ley 37/2015, de carreteras, se someta el
Proyecto al preceptivo informe de la Comunidad Autónoma y Corporaciones
Locales que pudieran ser afectadas.
De acuerdo con el artículo 8 de la Ley 37/2015, de carreteras, se someta el
Proyecto a informe de los departamentos ministeriales a los que pueda afectar.
Remita un ejemplar del "Documento para Información Pública" a los
Ayuntamientos afectados conforme al artículo 34.7 del Reglamento General de
Carreteras (Real Decreto 1812/1994).
Lleve a cabo los trámites necesarios para que el contenido íntegro de la
presente Resolución y la relación a que se refiere el artículo 17 de la Ley de 16 de
diciembre de 1954, de expropiación forzosa, sean publicadas en el Boletín Oficial
del Estado, Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en uno de los diarios de
mayor circulación de dicha Comunidad, comunicándose, además, a los
ayuntamientos en cuyo término radique la cosa a expropiar, para que sean fijadas
en el tablón de anuncios (artículo 18.2 de dicha Ley).
Señale el lugar de exhibición del expediente, que, en todo caso, deberá estar a
disposición de las personas que lo soliciten a través de la sede electrónica del
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de acuerdo con el artículo
83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de
las Administraciones Públicas.".
En cumplimiento de la transcrita resolución, el expediente estará expuesto al
público en días y horas hábiles de oficina, en los locales de la Demarcación de
Carreteras del Estado en Madrid (calle Josefa Valcárcel, 11, 28027 Madrid) y en el
Ayuntamiento de Madrid. Adicionalmente, la información estará disponible en la
página web: https://www.mitma.gob.es/el-ministerio/participacion-publica.
Durante el señalado plazo de treinta días hábiles, y conforme a lo dispuesto en
los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación Forzosa sobre la necesidad
de ocupación de bienes o adquisición de derechos así como a lo establecido en el
artículo 56 del Reglamento sobre el acuerdo de declaración de urgente ocupación,
cve: BOE-B-2021-40027
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 231
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 54719
Los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de
diciembre de 1954, sobre la necesidad de ocupación, y concordantes de su
Reglamento. Así, cualquier persona podrá aportar por escrito los datos oportunos
para rectificar posibles errores de la relación publicada u oponerse, por razones de
fondo o forma, a la necesidad de la ocupación. Esta información pública también lo
es a los efectos de la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos
afectados.
La aprobación definitiva del proyecto trazado, en su caso, implicará la
declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes,
modificación de servicios y adquisición de derechos correspondientes, a los fines
de expropiación, de ocupación temporal o de imposición o modificación de
servidumbres.
El plazo de información pública será de treinta (30) días hábiles contados a
partir del primer día hábil siguiente al de la última fecha de las publicaciones
reglamentarias.
4. Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid que:
De acuerdo con el artículo 16.1 de la Ley 37/2015, de carreteras, se someta el
Proyecto al preceptivo informe de la Comunidad Autónoma y Corporaciones
Locales que pudieran ser afectadas.
De acuerdo con el artículo 8 de la Ley 37/2015, de carreteras, se someta el
Proyecto a informe de los departamentos ministeriales a los que pueda afectar.
Remita un ejemplar del "Documento para Información Pública" a los
Ayuntamientos afectados conforme al artículo 34.7 del Reglamento General de
Carreteras (Real Decreto 1812/1994).
Lleve a cabo los trámites necesarios para que el contenido íntegro de la
presente Resolución y la relación a que se refiere el artículo 17 de la Ley de 16 de
diciembre de 1954, de expropiación forzosa, sean publicadas en el Boletín Oficial
del Estado, Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en uno de los diarios de
mayor circulación de dicha Comunidad, comunicándose, además, a los
ayuntamientos en cuyo término radique la cosa a expropiar, para que sean fijadas
en el tablón de anuncios (artículo 18.2 de dicha Ley).
Señale el lugar de exhibición del expediente, que, en todo caso, deberá estar a
disposición de las personas que lo soliciten a través de la sede electrónica del
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de acuerdo con el artículo
83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de
las Administraciones Públicas.".
En cumplimiento de la transcrita resolución, el expediente estará expuesto al
público en días y horas hábiles de oficina, en los locales de la Demarcación de
Carreteras del Estado en Madrid (calle Josefa Valcárcel, 11, 28027 Madrid) y en el
Ayuntamiento de Madrid. Adicionalmente, la información estará disponible en la
página web: https://www.mitma.gob.es/el-ministerio/participacion-publica.
Durante el señalado plazo de treinta días hábiles, y conforme a lo dispuesto en
los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación Forzosa sobre la necesidad
de ocupación de bienes o adquisición de derechos así como a lo establecido en el
artículo 56 del Reglamento sobre el acuerdo de declaración de urgente ocupación,
cve: BOE-B-2021-40027
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 231