III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2021-15560)
Resolución de 21 de septiembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se publica el Convenio con el Instituto de Fomento de la Región de Murcia, para la realización de un periodo de formación en las Oficinas Económicas y Comerciales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 230
Sábado 25 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 117101
quince días hábiles. Estos días se disfrutarán por año de permanencia efectiva en la
Oficina.
Los becarios deberán solicitar los días de descanso con suficiente antelación a su
tutor o al Jefe de la Oficina, quien los autorizará siempre que no interfieran con
necesidades urgentes relacionadas con el funcionamiento de la misma. El Jefe de la
Oficina podrá escalonar los días de descanso solicitados por los diferentes becarios, de
acuerdo con las necesidades del servicio.
Cuando los becarios deseen abandonar el país de residencia, incluso cuando se
trate de salidas en fines de semana o en días no laborables, lo pondrán en conocimiento
previo del Jefe de la Oficina.
Duodécima.
Propiedad de los trabajos que realicen los becarios.
Los estudios de mercado, informaciones o análisis comerciales que realicen los
becarios durante su proceso de formación en la Oficina Comercial pasan a ser propiedad
de la misma y, consecuentemente, de la Secretaría de Estado de Comercio, que los
puede utilizar y publicar de acuerdo con sus necesidades y programas.
Decimotercera.
Obligación de confidencialidad.
Todos los becarios que se incorporen a una Oficina Económica y Comercial quedan
obligados a guardar absoluta confidencialidad respecto a cualquier tipo de información
que proceda de la propia Oficina, de ICEX o de terceros a la que puedan tener acceso
como consecuencia del disfrute de la beca. La obligación de confidencialidad subsiste
aún después de finalizada la beca, sin limitación temporal ni territorial alguna.
A su incorporación a la Oficina correspondiente, el becario deberá firmar el
documento que se incluye como anexo a este Convenio y que incluye un compromiso de
confidencialidad.
Decimocuarta.
Incompatibilidades.
La labor del becario es incompatible con cualquier actividad no recogida en su plan
de actividades.
Durante el periodo de adscripción a la Oficina Económica y Comercial el becario no
puede trabajar como representante de empresas o grupos de empresas, ni actuar en la
promoción de firmas individuales.
Decimoquinta.
Cancelación del período de estancia en la Oficina.
El Jefe de la Oficina Económica y Comercial puede proponer a la Dirección General
de Comercio Internacional e Inversiones la cancelación de la adscripción de un becario a
la misma por razones de falta o escaso rendimiento, alejamiento del plan de actividades
aprobado o resistencia, vulneración o inadaptación a las normas de funcionamiento de la
Oficina. La Dirección General citada adoptará la decisión que corresponda, previa
consulta a INFO.
Decimosexta.
Obligaciones y compromisos de las partes.
– Facilitar el apoyo necesario para la integración en la Oficina de las personas
beneficiarias de las becas de INFO.
– El Jefe de la Oficina nombrará un tutor para cada becario, que será una persona
con el perfil adecuado (Consejero o Agregado, jefe de departamento, analista de
mercado, etc.) para transmitir al becario el conocimiento práctico que prevé su plan de
formación.
cve: BOE-A-2021-15560
Verificable en https://www.boe.es
I. Por parte de la Oficina Económica y Comercial:
Núm. 230
Sábado 25 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 117101
quince días hábiles. Estos días se disfrutarán por año de permanencia efectiva en la
Oficina.
Los becarios deberán solicitar los días de descanso con suficiente antelación a su
tutor o al Jefe de la Oficina, quien los autorizará siempre que no interfieran con
necesidades urgentes relacionadas con el funcionamiento de la misma. El Jefe de la
Oficina podrá escalonar los días de descanso solicitados por los diferentes becarios, de
acuerdo con las necesidades del servicio.
Cuando los becarios deseen abandonar el país de residencia, incluso cuando se
trate de salidas en fines de semana o en días no laborables, lo pondrán en conocimiento
previo del Jefe de la Oficina.
Duodécima.
Propiedad de los trabajos que realicen los becarios.
Los estudios de mercado, informaciones o análisis comerciales que realicen los
becarios durante su proceso de formación en la Oficina Comercial pasan a ser propiedad
de la misma y, consecuentemente, de la Secretaría de Estado de Comercio, que los
puede utilizar y publicar de acuerdo con sus necesidades y programas.
Decimotercera.
Obligación de confidencialidad.
Todos los becarios que se incorporen a una Oficina Económica y Comercial quedan
obligados a guardar absoluta confidencialidad respecto a cualquier tipo de información
que proceda de la propia Oficina, de ICEX o de terceros a la que puedan tener acceso
como consecuencia del disfrute de la beca. La obligación de confidencialidad subsiste
aún después de finalizada la beca, sin limitación temporal ni territorial alguna.
A su incorporación a la Oficina correspondiente, el becario deberá firmar el
documento que se incluye como anexo a este Convenio y que incluye un compromiso de
confidencialidad.
Decimocuarta.
Incompatibilidades.
La labor del becario es incompatible con cualquier actividad no recogida en su plan
de actividades.
Durante el periodo de adscripción a la Oficina Económica y Comercial el becario no
puede trabajar como representante de empresas o grupos de empresas, ni actuar en la
promoción de firmas individuales.
Decimoquinta.
Cancelación del período de estancia en la Oficina.
El Jefe de la Oficina Económica y Comercial puede proponer a la Dirección General
de Comercio Internacional e Inversiones la cancelación de la adscripción de un becario a
la misma por razones de falta o escaso rendimiento, alejamiento del plan de actividades
aprobado o resistencia, vulneración o inadaptación a las normas de funcionamiento de la
Oficina. La Dirección General citada adoptará la decisión que corresponda, previa
consulta a INFO.
Decimosexta.
Obligaciones y compromisos de las partes.
– Facilitar el apoyo necesario para la integración en la Oficina de las personas
beneficiarias de las becas de INFO.
– El Jefe de la Oficina nombrará un tutor para cada becario, que será una persona
con el perfil adecuado (Consejero o Agregado, jefe de departamento, analista de
mercado, etc.) para transmitir al becario el conocimiento práctico que prevé su plan de
formación.
cve: BOE-A-2021-15560
Verificable en https://www.boe.es
I. Por parte de la Oficina Económica y Comercial: