II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-15546)
Resolución de 16 de septiembre de 2021, de la Universidad de Granada, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 230
Sábado 25 de septiembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 116877
Los solicitantes aportarán esta documentación en formato PDF a través de la sede
electrónica.
3.4 En el caso de oponerse a la consulta por parte de la Universidad de los datos
consignados en la solicitud, además de la documentación requerida en el apartado
anterior, deberá acompañarse la siguiente documentación:
Fotocopia del DNI o pasaporte.
Certificado de discapacidad, si fuera el caso.
Acreditación de la condición de familia numerosa, si fuera el caso.
Certificado que acredite cumplir el requisito establecido en el punto 2.1.e).
Los solicitantes deberán acompañar esta documentación en formato PDF, a través
de la sede electrónica.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse, en cualquier
momento, de oficio o a solicitud de los interesados.
3.6 Todos los documentos que no estén redactados en lengua castellana deberán
acompañarse necesariamente de la correspondiente traducción oficial si así es requerido
por la Comisión encargada de resolver el concurso.
3.7 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus
solicitudes, no admitiéndose ninguna petición de modificación salvo causa excepcional
sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por la Comisión.
3.8 Serán motivos de exclusión, la falta de abono de los derechos de examen
correspondientes, no poseer o no acreditar de forma suficiente la posesión de los
requisitos exigidos para cada una de las plazas convocadas y presentar la solicitud fuera
del plazo establecido.
4.
Admisión de aspirantes
5.
Comisiones de Selección, Desarrollo del concurso, Propuesta de Provisión
y Comisión de Reclamaciones
5.1 La composición de las Comisiones de Selección que figuran como Anexo III de
esta convocatoria, el régimen de sustituciones de sus miembros, la constitución de las
mismas, el desarrollo del concurso y la propuesta de provisión, se efectuarán conforme a
lo dispuesto en la Normativa de aplicación de la Universidad de Granada que regula el
procedimiento de los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios,
cve: BOE-A-2021-15546
Verificable en https://www.boe.es
4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Rectora dictará una
Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de
admitidos y excluidos. Dicha Resolución, junto con las listas completas de admitidos y
excluidos, con indicación de las causas de exclusión, se publicará en el tablón de
anuncios que el Rectorado tiene designado a tales efectos en el Servicio de Personal
Docente e Investigador (PDI) en calle Santa Lucía, 8, 18071 Granada), que servirá de
notificación a los interesados, y en la página web de la Universidad (serviciopdi.ugr.es).
4.2 Contra dicha Resolución, los interesados podrán presentar reclamación ante la
Rectora en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación
del anuncio, o bien subsanar, en el mismo plazo, el motivo de la exclusión.
Los solicitantes deberán presentar esta reclamación a través del procedimiento
«Concursos a plazas docentes: Reclamación a la relación provisional de admitidos/as y
excluidos/as» disponible en dicha sede.
4.3 Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, la Rectora, en el
plazo máximo de quince días, dictará Resolución aprobando la lista definitiva de
candidatos admitidos y excluidos, que se publicará en la forma anteriormente
establecida. Contra esta Resolución se podrá interponer recurso en los términos
previstos en el artículo 112 de la LPAC.
Núm. 230
Sábado 25 de septiembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 116877
Los solicitantes aportarán esta documentación en formato PDF a través de la sede
electrónica.
3.4 En el caso de oponerse a la consulta por parte de la Universidad de los datos
consignados en la solicitud, además de la documentación requerida en el apartado
anterior, deberá acompañarse la siguiente documentación:
Fotocopia del DNI o pasaporte.
Certificado de discapacidad, si fuera el caso.
Acreditación de la condición de familia numerosa, si fuera el caso.
Certificado que acredite cumplir el requisito establecido en el punto 2.1.e).
Los solicitantes deberán acompañar esta documentación en formato PDF, a través
de la sede electrónica.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse, en cualquier
momento, de oficio o a solicitud de los interesados.
3.6 Todos los documentos que no estén redactados en lengua castellana deberán
acompañarse necesariamente de la correspondiente traducción oficial si así es requerido
por la Comisión encargada de resolver el concurso.
3.7 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus
solicitudes, no admitiéndose ninguna petición de modificación salvo causa excepcional
sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por la Comisión.
3.8 Serán motivos de exclusión, la falta de abono de los derechos de examen
correspondientes, no poseer o no acreditar de forma suficiente la posesión de los
requisitos exigidos para cada una de las plazas convocadas y presentar la solicitud fuera
del plazo establecido.
4.
Admisión de aspirantes
5.
Comisiones de Selección, Desarrollo del concurso, Propuesta de Provisión
y Comisión de Reclamaciones
5.1 La composición de las Comisiones de Selección que figuran como Anexo III de
esta convocatoria, el régimen de sustituciones de sus miembros, la constitución de las
mismas, el desarrollo del concurso y la propuesta de provisión, se efectuarán conforme a
lo dispuesto en la Normativa de aplicación de la Universidad de Granada que regula el
procedimiento de los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios,
cve: BOE-A-2021-15546
Verificable en https://www.boe.es
4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Rectora dictará una
Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de
admitidos y excluidos. Dicha Resolución, junto con las listas completas de admitidos y
excluidos, con indicación de las causas de exclusión, se publicará en el tablón de
anuncios que el Rectorado tiene designado a tales efectos en el Servicio de Personal
Docente e Investigador (PDI) en calle Santa Lucía, 8, 18071 Granada), que servirá de
notificación a los interesados, y en la página web de la Universidad (serviciopdi.ugr.es).
4.2 Contra dicha Resolución, los interesados podrán presentar reclamación ante la
Rectora en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación
del anuncio, o bien subsanar, en el mismo plazo, el motivo de la exclusión.
Los solicitantes deberán presentar esta reclamación a través del procedimiento
«Concursos a plazas docentes: Reclamación a la relación provisional de admitidos/as y
excluidos/as» disponible en dicha sede.
4.3 Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, la Rectora, en el
plazo máximo de quince días, dictará Resolución aprobando la lista definitiva de
candidatos admitidos y excluidos, que se publicará en la forma anteriormente
establecida. Contra esta Resolución se podrá interponer recurso en los términos
previstos en el artículo 112 de la LPAC.