III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Consorcio Valencia 2007. Cuentas anuales. (BOE-A-2021-15555)
Resolución de 15 de septiembre de 2021, del Consorcio Valencia 2007, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2019 y el informe de auditoría.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 230
Sábado 25 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 116995
En las presentes cuentas anuales se han utilizado estimaciones realizadas para valorar algunos
de los activos, pasivos, ingresos, gastos y compromisos que figuran registrados en las mismas.
A pesar de que estas estimaciones se realizaron en función de la mejor información disponible
en la fecha de formulación de las cuentas anuales, es posible que acontecimientos que
pudieran tener lugar en el futuro obliguen a modificarlas en próximos ejercicios. En tal caso,
ello se haría de forma prospectiva, reconociendo los efectos del cambio de estimación en las
correspondientes cuentas de pérdidas y ganancias.
NOTA 3. DISTRIBUCIÓN DEL RESULTADO
La propuesta de distribución de resultados que el Director General somete a la aprobación del
Consejo Rector es la siguiente:
Euros
Bases de reparto:
Pérdidas y ganancias del ejercicio (Pérdida)
(18.274.978,81)
Distribución a:
Resultados negativos de ejercicios anteriores
(18.274.978,81)
NOTA 4. NORMAS DE REGISTRO Y VALORACIÓN
Las principales normas de valoración aplicadas por el Consorcio en la preparación de las
cuentas anuales han sido las siguientes:
•
Las aplicaciones informáticas se valoran por su coste, ya sea éste el precio de adquisición
o el coste de producción. Bajo este concepto se incluyen los importes satisfechos por el
acceso a la propiedad o el derecho de uso de programas informáticos, así como los
elaborados por el propio Consorcio, únicamente en los casos en que se prevé su utilización
durante varios ejercicios. Los gastos de mantenimiento de estas aplicaciones se imputan
contablemente como gastos del ejercicio en que se incurren. Su amortización se realiza
de forma lineal constante en tres años desde el momento en que se inicia el uso de la
aplicación informática correspondiente.
•
En virtud de los convenios suscritos con el Ayuntamiento de Valencia y con la Autoridad
Portuaria de Valencia se reconoce en favor del Consorcio el derecho de uso de
determinados inmuebles y suelo. El valor del derecho de uso de estos bienes se ha
calculado en base a su coste de adquisición o en base a su valor actual. Su amortización
se realiza de forma lineal en el plazo de vigencia de dichos convenios, 30 o 35 años. En el
caso de inmuebles incluidos en los convenios que fueron a su vez construidos por el propio
Consorcio su amortización se realiza en 25 años que es el plazo en el que se amortizan las
construcciones del inmovilizado material del Consorcio.
cve: BOE-A-2021-15555
Verificable en https://www.boe.es
a) Inmovilizaciones intangibles
Núm. 230
Sábado 25 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 116995
En las presentes cuentas anuales se han utilizado estimaciones realizadas para valorar algunos
de los activos, pasivos, ingresos, gastos y compromisos que figuran registrados en las mismas.
A pesar de que estas estimaciones se realizaron en función de la mejor información disponible
en la fecha de formulación de las cuentas anuales, es posible que acontecimientos que
pudieran tener lugar en el futuro obliguen a modificarlas en próximos ejercicios. En tal caso,
ello se haría de forma prospectiva, reconociendo los efectos del cambio de estimación en las
correspondientes cuentas de pérdidas y ganancias.
NOTA 3. DISTRIBUCIÓN DEL RESULTADO
La propuesta de distribución de resultados que el Director General somete a la aprobación del
Consejo Rector es la siguiente:
Euros
Bases de reparto:
Pérdidas y ganancias del ejercicio (Pérdida)
(18.274.978,81)
Distribución a:
Resultados negativos de ejercicios anteriores
(18.274.978,81)
NOTA 4. NORMAS DE REGISTRO Y VALORACIÓN
Las principales normas de valoración aplicadas por el Consorcio en la preparación de las
cuentas anuales han sido las siguientes:
•
Las aplicaciones informáticas se valoran por su coste, ya sea éste el precio de adquisición
o el coste de producción. Bajo este concepto se incluyen los importes satisfechos por el
acceso a la propiedad o el derecho de uso de programas informáticos, así como los
elaborados por el propio Consorcio, únicamente en los casos en que se prevé su utilización
durante varios ejercicios. Los gastos de mantenimiento de estas aplicaciones se imputan
contablemente como gastos del ejercicio en que se incurren. Su amortización se realiza
de forma lineal constante en tres años desde el momento en que se inicia el uso de la
aplicación informática correspondiente.
•
En virtud de los convenios suscritos con el Ayuntamiento de Valencia y con la Autoridad
Portuaria de Valencia se reconoce en favor del Consorcio el derecho de uso de
determinados inmuebles y suelo. El valor del derecho de uso de estos bienes se ha
calculado en base a su coste de adquisición o en base a su valor actual. Su amortización
se realiza de forma lineal en el plazo de vigencia de dichos convenios, 30 o 35 años. En el
caso de inmuebles incluidos en los convenios que fueron a su vez construidos por el propio
Consorcio su amortización se realiza en 25 años que es el plazo en el que se amortizan las
construcciones del inmovilizado material del Consorcio.
cve: BOE-A-2021-15555
Verificable en https://www.boe.es
a) Inmovilizaciones intangibles