III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Consorcio Valencia 2007. Cuentas anuales. (BOE-A-2021-15555)
Resolución de 15 de septiembre de 2021, del Consorcio Valencia 2007, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2019 y el informe de auditoría.
45 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 230

Sábado 25 de septiembre de 2021

Hombres

Sec. III. Pág. 117019

Mujeres

Total

Altos directivos

2,00

Otros directivos, técnicos y similar

4,45

5,19

9,65

Administrativos auxiliares

2,95

4,85

7,80

Otro personal *

6,64

1,26

7,90

16,05

11,29

27,34

Total

2,00

*Incluye un trabajador con minusvalía igual o superior al 33%.

Incluye 0,26 por los sustitutos que han cubierto algunas bajas durante el ejercicio.
Las retribuciones del personal de alta dirección durante el ejercicio han sido:

Concepto
Conceptos salariales
Dietas

Importe
161.910,80
7.896,06

b) La composición del Consejo Rector de la entidad a 31 de diciembre es la siguiente:

Ente Consorciado

Hombres

Mujeres

Total

Administración central

2

3

5

Administración autonómica

3

2

5

Administración local

2

3

5

Total

7

8

15

Los miembros del Consejo Rector no han percibido remuneración alguna durante el ejercicio
por el desempeño de sus funciones.
Los miembros del Consejo Rector no perciben dietas, ni durante el ejercicio se les han
concedido créditos ni anticipos. Asimismo, no existen obligaciones en materia de pensiones y
de seguros de vida respecto a los miembros antiguos o actuales del Consejo Rector.

1. En fecha 28 de enero tuvo lugar el acto de juicio del expediente 610/2019 del Juzgado
Social nº 12 por demanda de conflicto colectivo en relación a los trabajadores con
jornada de 40 horas semanales, cuya sentencia fue dictada el 19 de febrero estimando
la demanda y condenando al Consorcio a aplicar desde el 1 de enero de 2019 la jornada
de trabajo computándola en cuantía anual, que suponga de media una jornada de 37,5
horas semanales sin disminución salarial. El Consorcio ha procedido a ejecutar el fallo
en los términos dispuestos en la Sentencia.

cve: BOE-A-2021-15555
Verificable en https://www.boe.es

NOTA 16. HECHOS POSTERIORES AL CIERRE