III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Consorcio Valencia 2007. Cuentas anuales. (BOE-A-2021-15555)
Resolución de 15 de septiembre de 2021, del Consorcio Valencia 2007, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2019 y el informe de auditoría.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 25 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 117006

parte, ha interpuesto recurso de alzada, que ha sido estimado por el TEAC anulando así las
resoluciones impugnadas y confirmando las providencias de apremio. El Consorcio ha
presentado los correspondientes recursos contencioso-administrativos ante la sala de lo
Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, incluyendo pieza separada de
suspensión. Para dar cumplimiento a la resolución inicial del TEAR, en noviembre de 2017
la AEAT procedió a realizar la anulación de las providencias correspondientes. El Consorcio
manteniendo el criterio de prudencia no ha realizado ajuste alguno hasta no conocer el
desenlace final del recurso de alzada motivo por el cual no procede hacer ajustes por estos
conceptos.
Respecto a las cuotas más recientes este Consorcio mantiene el criterio anteriormente
descrito recurriendo las providencias de apremio.
Con referencia a la operación de cobertura suscrita con el Banco de Santander, el Consorcio,
en cumplimiento del acuerdo del Consejo Rector de 26 de abril de 2013, suscribió en agosto
de 2013 una póliza de crédito con un límite de 9 millones de euros para hacer frente a las
cantidades impagadas relacionadas con dicha operación de cobertura hasta noviembre de
2013. Los vencimientos de las cuotas del derivado posteriores a dicha fecha también
resultaron impagados. Así mismo, en marzo de 2014 tuvo lugar el vencimiento de la referida
póliza de crédito de 9 millones de euros y el Consorcio no pudo hacer frente a la misma.
Ante esta situación el Banco Santander inició en julio de 2014 procedimiento judicial de
reclamación de cantidades por importe de 12 millones de euros (9 millones de principal más
intereses y costas). Posteriormente en fecha 24 de noviembre, el Juzgado de 1ª Instancia
Nº 7 de Valencia decretó el embargo de saldos bancarios del Consorcio, como parte del
procedimiento iniciado por el Banco de Santander en reclamación de cantidades pendientes.
El mencionado embargo alcanzó la cantidad de 4,9 millones de euros que se amplió
posteriormente, mediante diversos decretos que incluían ciertas medidas tendentes a la
mejora en la ejecución del pago de la deuda con el embargo de las rentas que este Consorcio
perciba de determinados clientes.
Respecto de la operación principal en el mes de julio de 2014 el Banco Santander decretó
el vencimiento anticipado con reclamación de pago del valor actual por importe de 53,3
millones de euros. Esta reclamación aparece reflejada en el pasivo corriente del Consorcio.
En marzo de 2017 Banco Santander remitió escrito a este Consorcio en el que le insta a
que, satisfaga la deuda que mantiene por importe de 54.535.287,32 así como los intereses
que se devengue hasta la fecha de su pago efectivo. De no ser así iniciará cuantas acciones
legales resulten pertinentes y oportunas.
Posteriormente en abril de 2018, fue recibido Burofax de la entidad TCA ECDFII Investment
S.a.r.l a fin de comunicar formalmente que Banco Santander S.A le había cedido los
derechos derivados de los swaps suscritos entre Banco Santander y Consorcio Valencia 2007
así como la póliza de crédito suscrita en fecha 6 de agosto de 2013.
En el mismo escrito, se requiere formalmente al Consorcio Valencia 2007 para que proceda
al cumplimiento de sus obligaciones legales contraídas en virtud de los contratos referidos
y abone la cantidad de 60.694.068 de euros, más los intereses que se devenguen hasta la
fecha del completo pago y finalmente se insta a la Dirección General del Consorcio para que

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