III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2021-15574)
Resolución de 11 de septiembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 230

Sábado 25 de septiembre de 2021

Proyecto n.º 7

Sec. III. Pág. 117388

Recursos atención menores y jóvenes en situación de desprotección. Línea: C22.I2

a) Descripción de la inversión.

Creación de plazas residenciales y recursos de atención para menores de edad en situación de desprotección
mediante la construcción, adquisición o reforma de infraestructuras y jóvenes egresados del sistema de
protección y reforma en el territorio de las Illes Balears.
Las inversiones previstas permitirán la diversificación de centros para ajustarse a las necesidades de
diferentes perfiles de menores en situación de desprotección y mayores de edad procedentes del sistema de
protección y reforma; incluyen centros para menores de 12 años, otros para jóvenes de entre 13 y 17, otros
específicamente para menores en situación de pre-emancipación, un recurso específico para menores
extranjeros no acompañados así como el incremento de plazas residenciales para los jóvenes ex-tutelados.
Así mismo, los centros planificados contribuirán a la diversificación territorial y permitirán el mantenimiento de
los menores y los jóvenes en su entorno ya que todas las islas aumentarán su número de plazas.
Finalmente, todos los centros planificados se dotarán de los elementos necesarios para que los menores y los
jóvenes puedan llevar la vida lo más normalizada posible trabajando así para minimizar los efectos de la
institucionalización. Para ello, cualquiera alternativa residencial contará con la infraestructura adecuada y
adaptada a las necesidades de los residentes, e irá acompañada de una intervención socio educativa. En los
casos de las viviendas de emancipación, debe poder vivirse una experiencia lo más parecida posible a la vida
independizada, similar a la de un piso compartido. Las personas usuarias deben organizarse, aunque siempre
bajo la supervisión del profesional responsable, que velará para que vayan adquiriendo lo más rápidamente
posible las habilidades para la vida independiente, más allá de los recursos instituciones.

b) Implementación de la
inversión.

Anualidad 2021
– Concreción de los proyectos, determinación de nuevas plazas.
– Determinación de las características que tienen que cumplir los inmuebles, fase de concurso para la
adquisición de las viviendas, en el caso de las plazas de emancipación para ex-tutelados.
– Implementación de las bases para el diseño según los criterios de atención centrada en los menores y la
transición energética. Elaboración de los anteproyectos.
– Aprobación de los proyectos básicos. Autorizaciones sectoriales.
Anualidad 2022
– Aprobación de los proyectos ejecutivos.
– Autorización para el inicio de contratación.
– Contratación de las obras.
– Acta de replanteo.
– Inicio de los trabajos.
– Proyecto de Reforma de la vivienda para jóvenes ex-tutelados con el objetivo de adecuar las características
a las necesidades de los jóvenes, incluyendo las condiciones climáticas: aislamiento térmico y ahorro
energético de las instalaciones. Obtención de licencia de obras.
Anualidad 2023
– Finalización de las obras, mobiliario.
– Tramitación de la apertura del centro.

2021: 1.794.858,60 euros.
c) Presupuesto total y distribución
2022: 2.210.416,99 euros.
temporal (2021-2023).
2023: 2.456.018,89 euros.

Proyecto n.º 8

a) Descripción de la inversión.

Infraestructuras, reformas, equipamientos.

Modernización de entornos, productos y servicios para garantizar la accesibilidad universal. Línea: C22.I3

Promoción de la adecuación de entornos, productos y servicios de las corporaciones locales a las exigencias
de calidad y accesibilidad universal para mejorar el acceso efectivo de las personas usuarias de los servicios
públicos y personal de la Administración Pública, en particular de las personas con discapacidad, de acuerdo
con la Ley 13/1982, de 7 de abril, que establece el amparo especial y unas medidas de equiparación para
garantizar los derechos de las personas con discapacidad que les permita llevar una vida normal en su
entorno.

cve: BOE-A-2021-15574
Verificable en https://www.boe.es

d) Descripción de los elementos
principales del presupuesto para
los que se pide financiación.