III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. (BOE-A-2021-15508)
Resolución de 31 de agosto de 2021, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Galicia, en relación con la Ley 11/2021, de 14 de mayo, de recuperación de la tierra agraria de Galicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 229
Viernes 24 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 116760
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL
15508
Resolución de 31 de agosto de 2021, de la Secretaría General de
Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión
Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad
Autónoma de Galicia, en relación con la Ley 11/2021, de 14 de mayo, de
recuperación de la tierra agraria de Galicia.
Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de
octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de
enero,
Esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del
Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 31 de agosto de 2021.–La Secretaria General de Coordinación Territorial,
Miryam Álvarez Páez.
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del
Estado-Comunidad Autónoma de Galicia en relación con la Ley 11/2021, de 14 de
mayo, de recuperación de la tierra agraria de Galicia
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad
Autónoma de Galicia ha adoptado el siguiente acuerdo:
Primero.
Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación con
los artículos 8, 13, 14, 19, 20, 21, 27, 28, 30, 83-109, 118, 119, 120, 121 y 129-132 de la
Ley 11/2021, de 14 de mayo, de recuperación de la tierra agraria de Galicia.
Segundo.
Designar un Grupo de Trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación
la solución que proceda.
Tercero.
cve: BOE-A-2021-15508
Verificable en https://www.boe.es
Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el
artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así
como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado« y en el «Diario
Oficial de Galicia».
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 229
Viernes 24 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 116760
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL
15508
Resolución de 31 de agosto de 2021, de la Secretaría General de
Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión
Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad
Autónoma de Galicia, en relación con la Ley 11/2021, de 14 de mayo, de
recuperación de la tierra agraria de Galicia.
Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de
octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de
enero,
Esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del
Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 31 de agosto de 2021.–La Secretaria General de Coordinación Territorial,
Miryam Álvarez Páez.
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del
Estado-Comunidad Autónoma de Galicia en relación con la Ley 11/2021, de 14 de
mayo, de recuperación de la tierra agraria de Galicia
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad
Autónoma de Galicia ha adoptado el siguiente acuerdo:
Primero.
Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación con
los artículos 8, 13, 14, 19, 20, 21, 27, 28, 30, 83-109, 118, 119, 120, 121 y 129-132 de la
Ley 11/2021, de 14 de mayo, de recuperación de la tierra agraria de Galicia.
Segundo.
Designar un Grupo de Trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación
la solución que proceda.
Tercero.
cve: BOE-A-2021-15508
Verificable en https://www.boe.es
Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el
artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así
como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado« y en el «Diario
Oficial de Galicia».
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X