III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2021-15499)
Resolución de 17 de septiembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de cooperación entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana, en materia de seguridad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 229
Viernes 24 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 116652
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
15499
Resolución de 17 de septiembre de 2021, de la Secretaría General Técnica,
por la que se publica el Convenio de cooperación entre la Secretaría de
Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana, en
materia de seguridad.
Habiéndose suscrito el 13 de septiembre de 2021 el Convenio de Cooperación entre
el Ministerio del Interior (Dirección General de la Guardia Civil) y el Ayuntamiento Santa
Lucía de Tirajana en materia de seguridad, procede la publicación en el «Boletín Oficial
del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 17 de septiembre de 2021.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio
Puigserver Martínez.
ANEXO
Convenio de cooperación entre el Ministerio del Interior (Dirección General de la
Guardia Civil) y el Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana, en materia de
seguridad
Madrid, 13 de septiembre de 2021.
REUNIDOS
De una parte, el Excmo. Sr. D. Rafael Pérez Ruiz, Secretario de Estado de
Seguridad, cargo para el que fue nombrado por el Real Decreto 84/2020, de 17 de
enero, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 62.2 g) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y, de otra, don Santiago Miguel Rodríguez Hernández, como Alcalde-Presidente del
Ilustre Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana, en representación de la Administración
que preside, por aplicación del artículo 16.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, cargo que ostenta por
Acuerdo del Pleno de fecha 15 de junio de 2019 actuando en nombre y representación
del mismo en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 21.a) y b) de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, con domicilio a los
efectos del presente convenio en la Avda. de las Tirajanas, 151, término municipal de
Santa Lucía de Tirajana, Las Palmas.
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,
Primero.
Por un lado, el artículo 149.1.29.ª de la Constitución española establece que el
Estado tiene competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Asimismo, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
cve: BOE-A-2021-15499
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Núm. 229
Viernes 24 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 116652
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
15499
Resolución de 17 de septiembre de 2021, de la Secretaría General Técnica,
por la que se publica el Convenio de cooperación entre la Secretaría de
Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana, en
materia de seguridad.
Habiéndose suscrito el 13 de septiembre de 2021 el Convenio de Cooperación entre
el Ministerio del Interior (Dirección General de la Guardia Civil) y el Ayuntamiento Santa
Lucía de Tirajana en materia de seguridad, procede la publicación en el «Boletín Oficial
del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 17 de septiembre de 2021.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio
Puigserver Martínez.
ANEXO
Convenio de cooperación entre el Ministerio del Interior (Dirección General de la
Guardia Civil) y el Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana, en materia de
seguridad
Madrid, 13 de septiembre de 2021.
REUNIDOS
De una parte, el Excmo. Sr. D. Rafael Pérez Ruiz, Secretario de Estado de
Seguridad, cargo para el que fue nombrado por el Real Decreto 84/2020, de 17 de
enero, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 62.2 g) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y, de otra, don Santiago Miguel Rodríguez Hernández, como Alcalde-Presidente del
Ilustre Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana, en representación de la Administración
que preside, por aplicación del artículo 16.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, cargo que ostenta por
Acuerdo del Pleno de fecha 15 de junio de 2019 actuando en nombre y representación
del mismo en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 21.a) y b) de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, con domicilio a los
efectos del presente convenio en la Avda. de las Tirajanas, 151, término municipal de
Santa Lucía de Tirajana, Las Palmas.
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,
Primero.
Por un lado, el artículo 149.1.29.ª de la Constitución española establece que el
Estado tiene competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Asimismo, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
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