III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-15515)
Resolución de 17 de septiembre de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Fundación Bancaria La Caixa, para la realización del Proyecto DeepCode en el marco de la convocatoria "Health Research 2021" de la fundación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 24 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 116793

Sin perjuicio de lo anterior, la Fundación Bancaria «La Caixa» podrá solicitar en
cualquier momento, y la Institución se compromete a proporcionar, cualquier informe o
declaración de auditoría adicional, al igual que cualquier información, documentación o
aclaración complementaria, que la Fundación considere necesaria para permitir a sus
propios auditores o asesores evaluar la correcta asignación de la ayuda.
Sexta. Propiedad intelectual e industrial.
Si, fruto de la investigación desarrollada por el Proyecto beneficiario de la ayuda en
virtud de la convocatoria de propuestas, o de cualquier otro modo a raíz de dicha
investigación, se obtiene un resultado protegido o susceptible de protección o registrado
o susceptible de registro como derecho o derechos de propiedad intelectual o industrial,
o cualquier otra clase de derechos, la Institución conviene en informar al respecto a la
Fundación Bancaria «La Caixa». En todo caso, la Institución deberá garantizar la óptima
protección de los resultados del Proyecto.
Sin perjuicio de lo anterior, en todas las comunicaciones relativas a dichos
resultados, deberá hacerse mención expresa de la colaboración entablada con la
Fundación Bancaria «La Caixa» mediante el presente Convenio, como se especifica en
la cláusula séptima.
Séptima. Difusión del Proyecto.
7.1 De conformidad con lo dispuesto en las Bases de participación, la Institución se
compromete a reconocer expresamente a la Fundación Bancaria «La Caixa» como
organización financiadora del Proyecto. En particular, la Institución se compromete a
informar de la participación de la Fundación, salvo si esta indica otra cosa, en todas las
comunicaciones, actividades, documentos y material elaborado en el marco del
Proyecto, así como en los actos promocionales del mismo, incluidos, aunque no
exclusivamente, el informe anual, el sitio web de la Institución (que ofrecerá un enlace al
sitio o micrositio web de la Fundación), revistas, correos electrónicos, etc., así como el
material digital y las comunicaciones en las redes sociales. En todo caso, el logotipo de
la Fundación Bancaria «La Caixa» y la referencia a su contribución deberán ser
fácilmente visibles y resaltarse suficientemente (teniendo en cuenta, además, la clase de
actividad y la finalidad perseguida), siempre con sujeción a la revisión previa y la
aprobación por escrito de la Fundación. Por lo que respecta a las menciones en las
redes sociales, las partes acordarán las redes y canales de la Fundación Bancaria «La
Caixa» que deberán mencionase y cuyo enlace se incluirá.
7.2 La Fundación Bancaria «La Caixa» deberá dar su autorización previa por
escrito para la aparición de su imagen corporativa en cualquier medio, o para la
participación en cualquier actividad promocional, incluidos eventos o actividades públicos
(por ejemplo, correos electrónicos, cartas, folletos, notificaciones, anuncios, carteles,
material gráfico, sitios web, aplicaciones informáticas, redes sociales, publicaciones,
informes, artículos científicos, seminarios y conferencias científicos, cursos, entrevistas,
comunicados o conferencias de prensa, presentaciones del Proyecto o de sus
resultados, material de apoyo, etc.). A tal efecto, el material informativo y promocional
(incluido, aunque no exclusivamente, comunicados de prensa, diseño final de
documentos, comunicaciones públicas, etc.) deberá presentarse para su examen previo
y su aprobación por escrito por la Fundación Bancaria «La Caixa», antes de su
elaboración, publicación o difusión.
7.3 La Fundación Bancaria «La Caixa», cuando lo considere necesario, podrá
hacer promoción de la colaboración a que se refiere el presente Convenio, siempre que
la Institución dé previamente su visto bueno a la correcta utilización de su imagen
corporativa y sus signos distintivos; esto incluirá, aunque no exclusivamente, la
posibilidad de mencionar el Proyecto y de divulgar su contenido (no confidencial) en su
informe anual y en cualquier otro medio por el que informe de sus actividades (incluida
Internet).

cve: BOE-A-2021-15515
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 229