II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-15389)
Resolución de 13 de septiembre de 2021, de la Universidad Jaume I, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Superior de Administración.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 23 de septiembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 116009
54. Programas de becas para estudiantado de América Latina con fines de estudio
(2): Ayudas para estudios de doctorado a estudiantado procedente de América Latina.
55. Programa de integración de estudiantado entrante en la Universitat Jaume I en
programas de movilidad.
56. Programa de Alojamiento en Familia Universitat Jaume I: objetivos y gestión.
57. Participación de estudiantado con necesidades especiales en programas de
movilidad.
58. Preparación lingüística para la participación en programas de movilidad
internacional en la Universitat Jaume I.
NOTA: la normativa legal que ampara el contenido de estos temas será la que se
encuentre en vigor en el momento de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de
esta convocatoria.
ANEXO II
Fase de concurso
La puntuación máxima en esta fase de concurso será de 40 puntos. A esta fase solo
podrán optar las personas que hayan superado la fase de oposición.
Se valorarán los méritos aportados por las personas aspirantes de acuerdo con el
baremo que se señala a continuación. Estos méritos deberán haber sido obtenidos o
computados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, tal y
como establece la base 7.3 de esta convocatoria.
Los méritos que se valorarán serán los siguientes:
a) Experiencia (máximo 25 puntos): se valorará hasta un máximo de 25 puntos el
trabajo desarrollado en cualquier administración pública, en cuerpos o escalas iguales o
diferentes al de las actividades funcionales de las plazas convocadas, con cualquier tipo
de relación jurídica (administrativa o laboral), a razón de:
– 0,235 puntos por mes completo de servicios prestados en la escala superior de
administración, del sector de administración general, de la Universitat Jaume I o en las
escalas equivalentes de las universidades públicas.
– 0,195 puntos por mes completo de servicios prestados en cuerpos o escalas
análogas a la escala superior de administración, de administración general, en
administraciones públicas diferentes a las universidades públicas.
– 0,115 puntos por mes completo de servicios prestados en escalas diferentes a la
convocada, en la Universitat Jaume I, en otras universidades públicas u otras
administraciones públicas.
b) Carrera profesional horizontal (máximo 12 puntos): se puntuarán los períodos
según el acceso, encuadramiento en el grado de desarrollo profesional (GDP) o derecho
a la percepción del complemento retributivo (DPCR), en el grupo A1 de la escala objeto
de esta convocatoria, a razón de:
b.1) Acceso: Hasta 5 años: máximo 3 puntos, o parte proporcional por cada mes
completo.
b.2) GDP I / DPCR I: De 5 a 10 años: máximo 3 puntos, o parte proporcional por
cada mes completo.
b.3) GDP II / DPCR II: De 10 a 16 años: máximo 3 puntos, o parte proporcional por
cada mes completo.
b.4) GDP III / DPCR III: De 16 a 22 años: máximo 3 puntos, o parte proporcional
por cada mes completo.
cve: BOE-A-2021-15389
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 228
Jueves 23 de septiembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 116009
54. Programas de becas para estudiantado de América Latina con fines de estudio
(2): Ayudas para estudios de doctorado a estudiantado procedente de América Latina.
55. Programa de integración de estudiantado entrante en la Universitat Jaume I en
programas de movilidad.
56. Programa de Alojamiento en Familia Universitat Jaume I: objetivos y gestión.
57. Participación de estudiantado con necesidades especiales en programas de
movilidad.
58. Preparación lingüística para la participación en programas de movilidad
internacional en la Universitat Jaume I.
NOTA: la normativa legal que ampara el contenido de estos temas será la que se
encuentre en vigor en el momento de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de
esta convocatoria.
ANEXO II
Fase de concurso
La puntuación máxima en esta fase de concurso será de 40 puntos. A esta fase solo
podrán optar las personas que hayan superado la fase de oposición.
Se valorarán los méritos aportados por las personas aspirantes de acuerdo con el
baremo que se señala a continuación. Estos méritos deberán haber sido obtenidos o
computados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, tal y
como establece la base 7.3 de esta convocatoria.
Los méritos que se valorarán serán los siguientes:
a) Experiencia (máximo 25 puntos): se valorará hasta un máximo de 25 puntos el
trabajo desarrollado en cualquier administración pública, en cuerpos o escalas iguales o
diferentes al de las actividades funcionales de las plazas convocadas, con cualquier tipo
de relación jurídica (administrativa o laboral), a razón de:
– 0,235 puntos por mes completo de servicios prestados en la escala superior de
administración, del sector de administración general, de la Universitat Jaume I o en las
escalas equivalentes de las universidades públicas.
– 0,195 puntos por mes completo de servicios prestados en cuerpos o escalas
análogas a la escala superior de administración, de administración general, en
administraciones públicas diferentes a las universidades públicas.
– 0,115 puntos por mes completo de servicios prestados en escalas diferentes a la
convocada, en la Universitat Jaume I, en otras universidades públicas u otras
administraciones públicas.
b) Carrera profesional horizontal (máximo 12 puntos): se puntuarán los períodos
según el acceso, encuadramiento en el grado de desarrollo profesional (GDP) o derecho
a la percepción del complemento retributivo (DPCR), en el grupo A1 de la escala objeto
de esta convocatoria, a razón de:
b.1) Acceso: Hasta 5 años: máximo 3 puntos, o parte proporcional por cada mes
completo.
b.2) GDP I / DPCR I: De 5 a 10 años: máximo 3 puntos, o parte proporcional por
cada mes completo.
b.3) GDP II / DPCR II: De 10 a 16 años: máximo 3 puntos, o parte proporcional por
cada mes completo.
b.4) GDP III / DPCR III: De 16 a 22 años: máximo 3 puntos, o parte proporcional
por cada mes completo.
cve: BOE-A-2021-15389
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 228