III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2021-15431)
Resolución de 13 de septiembre de 2021, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen topes de captura y se fijan condiciones de pesca de ciertas especies para los buques del censo establecido por Orden APM/920/2017, de 22 de septiembre, durante el año 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 228

Jueves 23 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 116323

Stocks que pueden ser capturados sólo por arrastre
Tramos.

PLE/56-14 SOL/56-14 PLE/7BC PLE/7HJK SOL/7BC SOL/7FG BOR/678

Tramo 1.

10%

10%

10%

10%

10%

10%

10%

Tramo 2.

90%

90%

90%

90%

90%

90%

90%

– Tramo 1: el tope de captura para 2021 será el resultante de aplicar los porcentajes
correspondientes al tramo 1 en función de las posibilidades de esfuerzo de cada uno de
los barcos según su modalidad.
– Tramo 2: el tope de captura para 2021 será resultante de aplicar los porcentajes
correspondientes al tramo 2 entre los barcos de la modalidad de arrastre con
habitualidad en las distintas zonas durante los años 2015 al 2020, según la siguiente
proporción: un 40% de la cantidad asignada a cada buque se establece en función de los
días de actividad que el buque ha faenado en las diferentes zonas, un 30% en función de
la cuota adaptada de las especies objetivo por barco en cada zona y un 30% en función
del consumo realizado de las especies objetivo en cada zona, durante los años 2015
al 2020. Se han considerado especies objetivo el rape, el gallo y la merluza.
Los topes de captura resultantes para cada unidad en 2021 se recogen en el Anexo I.
Segundo.
Los buques podrán optar por gestionar de forma individual o de forma conjunta los
topes máximos asignados que, en ningún caso, generan derecho alguno en futuros
repartos de los citados stocks.
En los casos en que se opte por hacer una gestión conjunta deberán indicarlo,
mediante un escrito firmado por todos los armadores, a la Dirección General de Pesca
Sostenible.
Tercero.
En el supuesto de agotamiento del tope de captura por buque o grupo de buques, tan
solo podrán seguir capturando la especie si se dispone de posibilidad de descarte
conforme al de minimis o si el buque ha obtenido mediante intercambios con otros
Estados miembros cuota adicional para la citada especie. Estas cuotas de intercambio
serán de uso exclusivo para el buque o grupo de buques que hayan realizado el mismo.

Para evitar la captura excesiva de Bacalao de los stocks COD/5BE6A y
COD/7XAD34 se deberán evitar aquellas zonas donde su proporción respecto al total de
captura en cualquier lance supere un 3% de la captura total.
En caso de que se superara esa cantidad de bacalao en cualquier lance, el buque
deberá moverse al menos una distancia superior a 5 millas desde cualquier punto del
lance realizado para poder volver a largar el arte, manteniendo al menos esa distancia
en todo momento. De producirse de nuevo una captura superior al 3%, el buque deberá
realizar un nuevo desplazamiento que deberá ser de al menos 5 millas respecto al primer
lance y 3 millas al precedente.
Quinto.
Para las especies para las que se dispone de flexibilidad interespecies o alta
supervivencia, se estará sujeto a lo estipulado en la resolución correspondiente.

cve: BOE-A-2021-15431
Verificable en https://www.boe.es

Cuarto.