III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Ayudas. (BOE-A-2021-15397)
Resolución de 10 de septiembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 21 de julio de 2021, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por Comunidades Autónomas destinados al Programa para la digitalización del sistema educativo, en el ejercicio presupuestario 2021, en el marco del componente 19 "Plan Nacional de Capacidades Digitales" del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 228
Jueves 23 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 116093
CCAA
Comunidad Valenciana.
Dotación dispositivos
móviles (MRR)
Aulas digitales
(MRR)
Capacitación y soporte
(SDI) (MRR)
N.º de dispositivos
móviles
N.º aulas digitales
N.º de centros
33.254
26.082
1.711
8.600
7.720
1.028
Galicia.
19.211
14.026
1.169
Madrid (Comunidad de).
33.034
24.604
1.419
Murcia (Región de).
11.401
9.051
547
3.436
3.623
311
11.920
8.864
613
1.953
1.585
124
300.000
240.240
18.342
Extremadura.
Navarra (Comunidad Foral de).
País Vasco.
Rioja (La).
Total.
Dado que el programa de cooperación territorial para la Digitalización del Ecosistema
Educativo está incluido dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
(PRR), está sujeto, en todo caso, al cumplimiento, ejecución y realización de los
objetivos fijados en dicho Plan, y a la plena aplicación de los mecanismos de gestión y
control que se establezcan para el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la UE y
a la normativa de la Unión Europea aplicable a la gestión, seguimiento y control que se
establezca para el Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia, así como las
específicas relativas a la información y publicidad, verificación y demás impuestas por la
normativa de la Unión Europea, cuya aplicación será de obligado cumplimiento.
En cumplimiento con lo dispuesto en el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia (PRTR), en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, y su normativa de desarrollo, así como con lo requerido en
la Propuesta de Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la
evaluación del Plan de Recuperación, Transformación y resiliencia de España, todos los
proyectos de inversión que deben llevarse a cabo en cumplimiento del presente Acuerdo
deben de respetar el llamado principio de no causar un perjuicio significativo al
medioambiente (principio DNSH por sus siglas en inglés, «Do No Significant Harm») y
las condiciones del etiquetado climático y digital. Ello incluye el cumplimiento de las
condiciones específicas asignadas previstas en el Componente 19, así como en la
inversión 2 en las que se enmarca el Programa, tanto en lo referido al principio DNSH,
como al etiquetado climático y digital, y especialmente las recogidas en los apartados 3,
6 y 8 del documento del Componente del Plan.»
El importe del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia enviado a la
Unión Europea es de 69.528 millones de euros, alcanzando su horizonte temporal de
ejecución hasta 2026.
Se ha considerado en la redacción del presente Acuerdo las «Orientaciones para la
transferencia de fondos a las comunidades autónomas para financiar medidas con el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia a través de Conferencia Sectorial o mediante
ayudas convocadas por el Estado y gestionadas por aquellas como entidades
colaboradoras» del Ministerio de Hacienda de 11 de febrero de 2021.
Asimismo, de conformidad con el artículo 44 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de
diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la
Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia (BOE del 3 de enero), la ejecución del crédito queda sujeta a lo dispuesto en
cve: BOE-A-2021-15397
Verificable en https://www.boe.es
Objetivo
Núm. 228
Jueves 23 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 116093
CCAA
Comunidad Valenciana.
Dotación dispositivos
móviles (MRR)
Aulas digitales
(MRR)
Capacitación y soporte
(SDI) (MRR)
N.º de dispositivos
móviles
N.º aulas digitales
N.º de centros
33.254
26.082
1.711
8.600
7.720
1.028
Galicia.
19.211
14.026
1.169
Madrid (Comunidad de).
33.034
24.604
1.419
Murcia (Región de).
11.401
9.051
547
3.436
3.623
311
11.920
8.864
613
1.953
1.585
124
300.000
240.240
18.342
Extremadura.
Navarra (Comunidad Foral de).
País Vasco.
Rioja (La).
Total.
Dado que el programa de cooperación territorial para la Digitalización del Ecosistema
Educativo está incluido dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
(PRR), está sujeto, en todo caso, al cumplimiento, ejecución y realización de los
objetivos fijados en dicho Plan, y a la plena aplicación de los mecanismos de gestión y
control que se establezcan para el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la UE y
a la normativa de la Unión Europea aplicable a la gestión, seguimiento y control que se
establezca para el Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia, así como las
específicas relativas a la información y publicidad, verificación y demás impuestas por la
normativa de la Unión Europea, cuya aplicación será de obligado cumplimiento.
En cumplimiento con lo dispuesto en el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia (PRTR), en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, y su normativa de desarrollo, así como con lo requerido en
la Propuesta de Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la
evaluación del Plan de Recuperación, Transformación y resiliencia de España, todos los
proyectos de inversión que deben llevarse a cabo en cumplimiento del presente Acuerdo
deben de respetar el llamado principio de no causar un perjuicio significativo al
medioambiente (principio DNSH por sus siglas en inglés, «Do No Significant Harm») y
las condiciones del etiquetado climático y digital. Ello incluye el cumplimiento de las
condiciones específicas asignadas previstas en el Componente 19, así como en la
inversión 2 en las que se enmarca el Programa, tanto en lo referido al principio DNSH,
como al etiquetado climático y digital, y especialmente las recogidas en los apartados 3,
6 y 8 del documento del Componente del Plan.»
El importe del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia enviado a la
Unión Europea es de 69.528 millones de euros, alcanzando su horizonte temporal de
ejecución hasta 2026.
Se ha considerado en la redacción del presente Acuerdo las «Orientaciones para la
transferencia de fondos a las comunidades autónomas para financiar medidas con el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia a través de Conferencia Sectorial o mediante
ayudas convocadas por el Estado y gestionadas por aquellas como entidades
colaboradoras» del Ministerio de Hacienda de 11 de febrero de 2021.
Asimismo, de conformidad con el artículo 44 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de
diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la
Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia (BOE del 3 de enero), la ejecución del crédito queda sujeta a lo dispuesto en
cve: BOE-A-2021-15397
Verificable en https://www.boe.es
Objetivo