V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. (BOE-B-2021-39494)
Extracto de la Resolución de 16 de septiembre de 2021 de la Secretaría General de Formación Profesional por la que se convocan ayudas a entidades locales territoriales y entidades públicas dependientes de las entidades locales territoriales para el mantenimiento de aulas de formación abierta, flexible y a distancia mediante tecnologías de la información y la comunicación a través de Aula Mentor.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 228
Jueves 23 de septiembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 54036
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
39494
Extracto de la Resolución de 16 de septiembre de 2021 de la Secretaría
General de Formación Profesional por la que se convocan ayudas a
entidades locales territoriales y entidades públicas dependientes de las
entidades locales territoriales para el mantenimiento de aulas de
formación abierta, flexible y a distancia mediante tecnologías de la
información y la comunicación a través de Aula Mentor.
BDNS(Identif.):584223.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
584223)
Primero. Objeto de la subvención.
Ayudas destinadas al mantenimiento de un aula Mentor para promover
acciones formativas, de difusión y de promoción concretas que impulsen la
formación abierta, flexible y a través de Internet para personas adultas.
Segundo. Beneficiarios.
Entidades locales a las que se refiere el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, así como las entidades locales
de ámbito territorial inferior al municipal instituidas o reconocidas por las
comunidades autónomas y las entidades públicas dependientes de las entidades
locales territoriales.
Todas las entidades locales deberán tener activa y en funcionamiento un Aula
Mentor con fecha anterior a 1 de julio de 2021, y actualizado el convenio que
acredita su condición de entidad colaboradora en el desarrollo del programa Aula
Mentor conforme a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público para los convenios administrativos.
Tercero. Finalidad.
Contribuir a financiar las actividades de formación continua -dirigidas a
población adulta y en modalidad a distancia- que desarrollan las aulas Mentor en
activo y a sufragar parte de los gastos necesarios para la realización de dichas
actividades.
Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril (BOE del 12 de mayo), por la que se
establecen las bases reguladoras de las subvenciones que concede el Ministerio
de Educación y Formación Profesional en régimen de concurrencia competitiva.
Quinto. Cuantía.
Dotación de 120.438,00 € que se distribuirán en 30 módulos de 4.014,60 €
euros cada uno.
cve: BOE-B-2021-39494
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto. Bases reguladoras.
Núm. 228
Jueves 23 de septiembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 54036
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MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
39494
Extracto de la Resolución de 16 de septiembre de 2021 de la Secretaría
General de Formación Profesional por la que se convocan ayudas a
entidades locales territoriales y entidades públicas dependientes de las
entidades locales territoriales para el mantenimiento de aulas de
formación abierta, flexible y a distancia mediante tecnologías de la
información y la comunicación a través de Aula Mentor.
BDNS(Identif.):584223.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
584223)
Primero. Objeto de la subvención.
Ayudas destinadas al mantenimiento de un aula Mentor para promover
acciones formativas, de difusión y de promoción concretas que impulsen la
formación abierta, flexible y a través de Internet para personas adultas.
Segundo. Beneficiarios.
Entidades locales a las que se refiere el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, así como las entidades locales
de ámbito territorial inferior al municipal instituidas o reconocidas por las
comunidades autónomas y las entidades públicas dependientes de las entidades
locales territoriales.
Todas las entidades locales deberán tener activa y en funcionamiento un Aula
Mentor con fecha anterior a 1 de julio de 2021, y actualizado el convenio que
acredita su condición de entidad colaboradora en el desarrollo del programa Aula
Mentor conforme a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público para los convenios administrativos.
Tercero. Finalidad.
Contribuir a financiar las actividades de formación continua -dirigidas a
población adulta y en modalidad a distancia- que desarrollan las aulas Mentor en
activo y a sufragar parte de los gastos necesarios para la realización de dichas
actividades.
Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril (BOE del 12 de mayo), por la que se
establecen las bases reguladoras de las subvenciones que concede el Ministerio
de Educación y Formación Profesional en régimen de concurrencia competitiva.
Quinto. Cuantía.
Dotación de 120.438,00 € que se distribuirán en 30 módulos de 4.014,60 €
euros cada uno.
cve: BOE-B-2021-39494
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto. Bases reguladoras.