V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2021-39499)
Anuncio de modificación y desarrollo de la presidencia de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir por la que se establecen las fases e inicio de oficio del procedimiento de constitución forzosa de la comunidad de usuarios de la masa de agua subterránea es050msbt000055102 - "Marismas".
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 228

Jueves 23 de septiembre de 2021

Sec. V-B. Pág. 54050

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

39499

Anuncio de modificación y desarrollo de la presidencia de la
Confederación Hidrográfica del Guadalquivir por la que se establecen
las fases e inicio de oficio del procedimiento de constitución forzosa de
la comunidad de usuarios de la masa de agua subterránea
es050msbt000055102 - "Marismas".

La Resolución de fecha de 13 de julio de 2021, BOE de 16 de julio de 2021,
número 163 por la que se establecían las fases e inicio de oficio del procedimiento
de constitución forzosa de la comunidad de usuarios de la masa de agua
subterránea ES050MSBT000055102 - "Marismas", según los artículos 56.1.a), 87
y 88 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley de Aguas, requiere de la realización de determinadas
modificaciones y del correspondiente desarrollo que se transcribe a continuación:
En la página 44253, en el Preámbulo, donde dice: "los artículos 171.2.e), 201 y
228 del Real Decreto 849/1986 de 2 de Agosto, por el que se aprueba el
Reglamento del Dominio Público Hidráulico", debe decir: "los artículos 171.5.e),
201 y 228 del Real Decreto 849/1986 de 2 de Agosto, por el que se aprueba el
Reglamento del Dominio Público Hidráulico".
En la página 44254, en el punto Primero, primer párrafo, donde dice:"…durante
el plazo de DOS (2) MESES desde la publicación del presente anuncio.", debe
decir:"… durante el plazo de TRES (3) MESES desde la publicación del presente
anuncio.".
En la página 44254, en el punto Primero, segundo párrafo, donde dice:"… las
personas físicas procedan previamente a su acreditación mediante certificado
electrónico de persona física (incluye DNIe)..," debe decir: "las personas físicas
procedan previamente a su acreditación mediante Documento Nacional de
Identidad, documento identificativo equivalente o, si así lo desean o están
obligados a ello, a través de certificado electrónico de persona física (incluye
DNIe)…".
En la página 44254, en el punto Primero, tercer párrafo, donde dice:"… previa
acreditación mediante certificado electrónico de persona física (incluye DNIe)..",
debe decir:"… previa acreditación mediante Documento Nacional de Identidad,
documento identificativo equivalente o, si así lo desean o están obligados a ello, a
través de certificado electrónico de persona física (incluye DNIe)…".

En la página 44256, en el punto Tercero, donde dice: "Una vez transcurrido el
citado plazo de DOS (2) MESES,…", debe decir: "Una vez transcurrido el citado
plazo de TRES (3) MESES,…".
En la página 44256, en el punto Quinto, primer párrafo, donde dice:"…
mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia o Provincias en que radique
el aprovechamiento y los tablones de edictos de los Ayuntamientos implicados,

cve: BOE-B-2021-39499
Verificable en https://www.boe.es

En la página 44255, al final del punto Primero, debe añadirse el siguiente
párrafo: "En el caso de que las captaciones del derecho estén repartidas entre dos
masas de agua diferentes, el titular del derecho pasará a considerarse incluido en
la Comunidad donde tenga mayor volumen de agua, si tiene éste asignado o, en
su defecto, en la masa donde tenga mayor número de captaciones".