III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Foro para la Integración Social de los Inmigrantes. (BOE-A-2021-15348)
Resolución de 7 de septiembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Migraciones, por la que se publican las entidades propuestas y excluidas para cubrir las Vocalías del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes en representación de las asociaciones de inmigrantes y refugiados y de las organizaciones sociales de apoyo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 227

Miércoles 22 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 115891

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
15348

Resolución de 7 de septiembre de 2021, de la Secretaría de Estado de
Migraciones, por la que se publican las entidades propuestas y excluidas
para cubrir las Vocalías del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes
en representación de las asociaciones de inmigrantes y refugiados y de las
organizaciones sociales de apoyo.

El Real Decreto 3/2006, de 16 de enero, modificado por el Real Decreto 1164/2009,
de 10 de julio por el que se regula la composición, competencias y régimen de
funcionamiento del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes, establece en su
artículo 4 la composición de dicho órgano colegiado. Además de los vocales en
representación de las Administraciones Públicas, formarán parte del mismo diez vocales
en representación de las asociaciones de inmigrantes y refugiados y diez en
representación de las organizaciones sociales de apoyo con interés e implantación en el
ámbito de la inmigración, entre ellas las organizaciones sindicales y empresariales más
representativas.
La Orden ISM/1160/2020, de 30 de noviembre, por la que se desarrolla y convoca el
proceso selectivo para la designación de vocales del Foro para la Integración Social de
los Inmigrantes que representen a las asociaciones de inmigrantes y refugiados, así
como las organizaciones sociales de apoyo, dispone en su artículo 7.4 que la valoración
final dará lugar a una relación ordenada de organizaciones sociales de apoyo y, por otra,
a una relación de asociaciones de inmigrantes y refugiados. De cada relación
únicamente serán propuestas para cubrir vocalías del Foro las que figuren en los diez
primeros puestos, permaneciendo las restantes como reservas para cubrir vocalías en
los casos previstos en el artículo 11.3 b) y c) del Real Decreto 3/2006, de 16 de enero.
Dichas relaciones prevalecerán durante el periodo de mandato del Foro.
Por su parte, el artículo 8 de la citada Orden ISM/1160/2020, de 30 de noviembre,
establece que la relación de entidades propuestas para cubrir las Vocalías del Foro para
la Integración Social de los Inmigrantes, así como las excluidas y el motivo de su
exclusión, se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado», en un plazo máximo de veinte
días hábiles desde que se formule la propuesta de resolución, para que las propuestas
para dicha cobertura comuniquen su aceptación, así como para la formulación, en su
caso, de alegaciones ante la Secretaría de Estado de Migraciones en el plazo de diez
días hábiles.
Cumplidos los preceptivos trámites de ordenación e instrucción del procedimiento,
esta Secretaría de Estado, en uso de las atribuciones que le confiere la citada Orden, ha
resuelto:

Publicar como anexo I a la presente Resolución la relación ordenada de entidades
propuestas para formar parte del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes, así
como la relación de entidades en reserva a efectos de cubrir las vocalías en los casos
previstos en el artículo 11.3 b) y c) del Real Decreto 3/2006, de 16 de enero.
Artículo 2.

Relación de entidades excluidas.

Publicar como anexo II a la presente Resolución la relación de entidades excluidas
del proceso selectivo, así como el motivo de su exclusión.

cve: BOE-A-2021-15348
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 1. Relación ordenada de entidades propuestas y en reserva.