II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Cuerpo Especial Facultativo de Marina Civil. (BOE-A-2021-15329)
Resolución de 16 de septiembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Especial Facultativo de Marina Civil.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 22 de septiembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 115548
adjudicación de puestos de trabajo a los funcionarios de nuevo ingreso se efectuará de
acuerdo con las peticiones de los interesados entre los puestos ofertados a los mismos,
según el orden obtenido en el proceso selectivo, siempre que reúnan los requisitos
objetivos determinados para cada puesto en las Relaciones de Puestos de Trabajo. Se
exceptúa de lo anterior el supuesto recogido en el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004,
de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de
puestos de trabajo de personas con discapacidad.
1.4 La elección de destinos se hará por medios electrónicos.
2. Proceso selectivo
2.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con los
ejercicios, puntuaciones y valoraciones que se especifican en el anexo I.
2.2 Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de
este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, serán
nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
2.3 El plazo máximo para la realización del primer ejercicio será de cuatro meses
contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria, teniendo la fase de
oposición, descrita en el anexo I, una duración máxima de cinco meses.
2.4 Las fechas de celebración de los ejercicios o del curso selectivo podrán
coincidir con las de otros procesos selectivos, sin que dicha coincidencia pueda suponer
causa de aplazamiento.
3.
Programas
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II de
esta convocatoria.
4.
Titulación
4.1 Se requiere estar en posesión o cumplir los requisitos necesarios para obtener,
al finalizar el plazo de presentación de instancias, el título de Grado en Náutica y
Transporte Marítimo, Grado en Ingeniería Marina, Grado en Tecnologías Marinas, Grado
en Ingeniería Radioelectrónica Naval o licenciaturas equivalentes; Capitán de la Marina
Mercante, Jefe de Máquinas de la Marina Mercante u Oficial Radioelectrónico de Primera
Clase de la Marina Mercante, a tenor de lo establecido en el artículo 278 del Texto
Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado mediante
Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
4.2 Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en
posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso el
correspondiente certificado de equivalencia a la fecha de finalización del plazo de
presentación de instancias. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que
hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las
profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
5.
Solicitudes
5.1 La solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días hábiles contados a
partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado» y se dirigirá a la Subsecretaría de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del
aspirante.
5.2 De acuerdo con la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30
de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector
público por medios electrónicos, la presentación de la instancia de solicitud deberá realizarse
por vía electrónica haciendo uso del servicio de Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas
cve: BOE-A-2021-15329
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 227
Miércoles 22 de septiembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 115548
adjudicación de puestos de trabajo a los funcionarios de nuevo ingreso se efectuará de
acuerdo con las peticiones de los interesados entre los puestos ofertados a los mismos,
según el orden obtenido en el proceso selectivo, siempre que reúnan los requisitos
objetivos determinados para cada puesto en las Relaciones de Puestos de Trabajo. Se
exceptúa de lo anterior el supuesto recogido en el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004,
de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de
puestos de trabajo de personas con discapacidad.
1.4 La elección de destinos se hará por medios electrónicos.
2. Proceso selectivo
2.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con los
ejercicios, puntuaciones y valoraciones que se especifican en el anexo I.
2.2 Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de
este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, serán
nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
2.3 El plazo máximo para la realización del primer ejercicio será de cuatro meses
contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria, teniendo la fase de
oposición, descrita en el anexo I, una duración máxima de cinco meses.
2.4 Las fechas de celebración de los ejercicios o del curso selectivo podrán
coincidir con las de otros procesos selectivos, sin que dicha coincidencia pueda suponer
causa de aplazamiento.
3.
Programas
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II de
esta convocatoria.
4.
Titulación
4.1 Se requiere estar en posesión o cumplir los requisitos necesarios para obtener,
al finalizar el plazo de presentación de instancias, el título de Grado en Náutica y
Transporte Marítimo, Grado en Ingeniería Marina, Grado en Tecnologías Marinas, Grado
en Ingeniería Radioelectrónica Naval o licenciaturas equivalentes; Capitán de la Marina
Mercante, Jefe de Máquinas de la Marina Mercante u Oficial Radioelectrónico de Primera
Clase de la Marina Mercante, a tenor de lo establecido en el artículo 278 del Texto
Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado mediante
Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
4.2 Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en
posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso el
correspondiente certificado de equivalencia a la fecha de finalización del plazo de
presentación de instancias. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que
hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las
profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
5.
Solicitudes
5.1 La solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días hábiles contados a
partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado» y se dirigirá a la Subsecretaría de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del
aspirante.
5.2 De acuerdo con la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30
de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector
público por medios electrónicos, la presentación de la instancia de solicitud deberá realizarse
por vía electrónica haciendo uso del servicio de Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas
cve: BOE-A-2021-15329
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 227