I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Circulación. Medidas especiales. (BOE-A-2021-15245)
Resolución INT/2750/2021, de 9 de septiembre, por la que se modifica la Resolución INT/332/2021, de 8 de febrero, por la que se establecen las restricciones a la circulación durante el año 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 226
Martes 21 de septiembre de 2021
Sec. I. Pág. 115288
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
15245
Resolución INT/2750/2021, de 9 de septiembre, por la que se modifica la
Resolución INT/332/2021, de 8 de febrero, por la que se establecen las
restricciones a la circulación durante el año 2021.
1. Modificar el anexo B de la Resolución INT/332/2021, de 8 de febrero, por la que
se establecen las restricciones a la circulación durante el año 2021, en el sentido de
restringir la circulación a los vehículos o conjuntos de vehículos que superen los 7.500 kg
de MMA o MMC en el tramo de la autopista AP-7 comprendido entre los puntos
cve: BOE-A-2021-15245
Verificable en https://www.boe.es
El Servicio Catalán de Tráfico, organismo autónomo de carácter administrativo
creado por la Ley 14/1997, de 24 de diciembre, y adscrito al Departamento de Interior, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.2 del Decreto 320/2011, de 19 de abril, de
reestructuración del Departamento de Interior, tiene atribuidas, conjuntamente con otros
órganos del Departamento, las funciones de gestión y control del tráfico en las vías
interurbanas y en las travesías, así como la adopción de las disposiciones necesarias
para garantizar la seguridad vial, la movilidad y la fluidez del tráfico en toda la red viaria.
Mediante la Resolución INT/332/2021, de 8 de febrero (DOGC núm. 8340, de 12.2.2021),
se establecieron las restricciones a la circulación durante el año 2021.
Esta Resolución incluye en el anexo B, referido al calendario de días, horas y vías
con restricciones a la circulación de determinados grupos de vehículos para el 2021, una
limitación a la circulación de vehículos o conjuntos de vehículos que superen los
7.500 kg de masa máxima autorizada (MMA) o masa máxima del conjunto (MMC) que es
aplicable, entre otras vías y tramos, en la autopista AP-7, entre los puntos kilométricos
84,5, en Maçanet de la Selva, y 281,0, en L’Hospitalet de l’Infant, entre las 17 y las 22
horas todos los domingos de julio.
La reciente finalización del contrato concesional para la construcción, explotación y
conservación de la autopista de peaje AP-7 ha determinado la desaparición del régimen
de pago de peaje por circular por esta vía y ha motivado un considerable incremento de
vehículos que la utilizan, entre ellos los vehículos pesados, antes de que se haya
procedido a la retirada de los elementos existentes en las playas de los peajes. Este
hecho ha ocasionado diversos problemas de movilidad en dicha vía durante las
operaciones de retorno de fines de semana que se pueden repetir en circunstancias
similares.
Por este motivo se considera necesario modificar la Resolución INT/332/2021, de 8
de febrero, por la que se establecen las restricciones a la circulación durante el año
2021, en el sentido de aplicar a los vehículos o conjuntos de vehículos que superen los
7.500 kg de MMA o MMC la medida de restricción establecida en el anexo B de la citada
Resolución INT/332/2021, de 8 de febrero, en el tramo de la autopista AP-7 comprendido
entre los puntos kilométricos 84,5, en Maçanet de la Selva, y 281,0, en L’Hospitalet de
l’Infant, entre las 17 y las 22 horas, los domingos del mes de septiembre de 2021.
Por todo ello, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 14/1997, de 24
de diciembre, de creación del Servicio Catalán de Tráfico, en uso de las atribuciones que
me confiere el artículo 4.c) de la Resolución INT/741/2011, de 17 de marzo, de
delegación de competencias del consejero de Interior en varios órganos del
Departamento,
Resuelvo:
Núm. 226
Martes 21 de septiembre de 2021
Sec. I. Pág. 115288
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
15245
Resolución INT/2750/2021, de 9 de septiembre, por la que se modifica la
Resolución INT/332/2021, de 8 de febrero, por la que se establecen las
restricciones a la circulación durante el año 2021.
1. Modificar el anexo B de la Resolución INT/332/2021, de 8 de febrero, por la que
se establecen las restricciones a la circulación durante el año 2021, en el sentido de
restringir la circulación a los vehículos o conjuntos de vehículos que superen los 7.500 kg
de MMA o MMC en el tramo de la autopista AP-7 comprendido entre los puntos
cve: BOE-A-2021-15245
Verificable en https://www.boe.es
El Servicio Catalán de Tráfico, organismo autónomo de carácter administrativo
creado por la Ley 14/1997, de 24 de diciembre, y adscrito al Departamento de Interior, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.2 del Decreto 320/2011, de 19 de abril, de
reestructuración del Departamento de Interior, tiene atribuidas, conjuntamente con otros
órganos del Departamento, las funciones de gestión y control del tráfico en las vías
interurbanas y en las travesías, así como la adopción de las disposiciones necesarias
para garantizar la seguridad vial, la movilidad y la fluidez del tráfico en toda la red viaria.
Mediante la Resolución INT/332/2021, de 8 de febrero (DOGC núm. 8340, de 12.2.2021),
se establecieron las restricciones a la circulación durante el año 2021.
Esta Resolución incluye en el anexo B, referido al calendario de días, horas y vías
con restricciones a la circulación de determinados grupos de vehículos para el 2021, una
limitación a la circulación de vehículos o conjuntos de vehículos que superen los
7.500 kg de masa máxima autorizada (MMA) o masa máxima del conjunto (MMC) que es
aplicable, entre otras vías y tramos, en la autopista AP-7, entre los puntos kilométricos
84,5, en Maçanet de la Selva, y 281,0, en L’Hospitalet de l’Infant, entre las 17 y las 22
horas todos los domingos de julio.
La reciente finalización del contrato concesional para la construcción, explotación y
conservación de la autopista de peaje AP-7 ha determinado la desaparición del régimen
de pago de peaje por circular por esta vía y ha motivado un considerable incremento de
vehículos que la utilizan, entre ellos los vehículos pesados, antes de que se haya
procedido a la retirada de los elementos existentes en las playas de los peajes. Este
hecho ha ocasionado diversos problemas de movilidad en dicha vía durante las
operaciones de retorno de fines de semana que se pueden repetir en circunstancias
similares.
Por este motivo se considera necesario modificar la Resolución INT/332/2021, de 8
de febrero, por la que se establecen las restricciones a la circulación durante el año
2021, en el sentido de aplicar a los vehículos o conjuntos de vehículos que superen los
7.500 kg de MMA o MMC la medida de restricción establecida en el anexo B de la citada
Resolución INT/332/2021, de 8 de febrero, en el tramo de la autopista AP-7 comprendido
entre los puntos kilométricos 84,5, en Maçanet de la Selva, y 281,0, en L’Hospitalet de
l’Infant, entre las 17 y las 22 horas, los domingos del mes de septiembre de 2021.
Por todo ello, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 14/1997, de 24
de diciembre, de creación del Servicio Catalán de Tráfico, en uso de las atribuciones que
me confiere el artículo 4.c) de la Resolución INT/741/2011, de 17 de marzo, de
delegación de competencias del consejero de Interior en varios órganos del
Departamento,
Resuelvo: