II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-15288)
Resolución de 8 de septiembre de 2021, de la Universitat de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Escala Técnica Superior de Investigación (Subgrupo A1).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 226
Martes 21 de septiembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 115414
53. Los convenios regulados en el marco de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico
del Sector Público. Los convenios de colaboración en I+D regulados en el marco de la
Ley 14/2011, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
54. El contrato de investigación. Definición y características. Elementos
fundamentales y diferenciales. Estructura y clausulado. Los costes asociados a la
actividad investigadora.
55. La I+D colaborativa universidad-empresa y sus fuentes de financiación de
carácter público. Regulación de los derechos de propiedad intelectual e industrial.
56. Los acuerdos de consorcio en los proyectos de I+D+i de la Unión Europea.
57. El Espacio Europeo de Investigación. Estrategia y políticas europeas de I+D+i.
La Estrategia de Especialización Inteligente en Investigación e Innovación –RIS3– en la
Comunitat Valenciana.
58. Organismos, agencias y unidades de la Unión Europea para la planificación,
coordinación y gestión de la I+D+i.
59. El programa marco de I+D+ i de la Unión Europea, y otros programas europeos
para el apoyo y financiación de la I+D+i.
60. La estrategia de recursos humanos de investigación. Carta europea del
investigador y código de conducta para la contratación de investigadores. Sello de
excelencia en recursos humanos de investigación «HR Excellence in Research».
Nota: La normativa legal que ampara el contenido de estos temas será la que se encuentre en vigor en el
momento de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE).
ANEXO IV
Órgano técnico de selección
El órgano técnico de selección para estas pruebas selectivas estará compuesto por
cinco miembros, con voz y voto, nombrados por la rectora o el rector:
a) La presidencia y el secretario o la secretaria, y su suplencia, que designa la
rectora o el rector entre el personal funcionario de la comunidad universitaria.
b) Un/una vocal, y su suplencia, que designa la rectora o el rector, preferentemente
entre el personal de la misma escala o las escalas superiores a la de la convocatoria.
c) Un/una vocal, y su suplencia, que se elige por sorteo, preferentemente entre el
personal de la misma escala o las escalas superiores a la de la convocatoria.
d) Un/una vocal, y su suplencia, que designa la rectora o el rector, entre personal
de otras administraciones públicas de cuerpos funcionariales o escalas del mismo grupo
o superior y de funciones análogas a la de la convocatoria.
ANEXO V
Medidas de adaptación
1. Eliminación de barreras arquitectónicas y mesa adaptada a silla de ruedas.
2. Ampliación del tiempo de duración del ejercicio.
3. Aumento de la amplitud de los caracteres del examen, por dificultad de visión.
4. Necesidad de intérprete por causa de sordera.
5. Sistema braille de escritura.
6. Otras. En caso de que la adaptación requerida no sea alguna de las anteriores,
deberá indicarse en el espacio correspondiente de la solicitud de participación.
En la solicitud de participación se deberá marcar la casilla correspondiente al número
de medida o medidas de adaptación que se requieren.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2021-15288
Verificable en https://www.boe.es
Las medidas de adaptación que pueden solicitar las personas aspirantes con
discapacidad son las siguientes:
Núm. 226
Martes 21 de septiembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 115414
53. Los convenios regulados en el marco de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico
del Sector Público. Los convenios de colaboración en I+D regulados en el marco de la
Ley 14/2011, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
54. El contrato de investigación. Definición y características. Elementos
fundamentales y diferenciales. Estructura y clausulado. Los costes asociados a la
actividad investigadora.
55. La I+D colaborativa universidad-empresa y sus fuentes de financiación de
carácter público. Regulación de los derechos de propiedad intelectual e industrial.
56. Los acuerdos de consorcio en los proyectos de I+D+i de la Unión Europea.
57. El Espacio Europeo de Investigación. Estrategia y políticas europeas de I+D+i.
La Estrategia de Especialización Inteligente en Investigación e Innovación –RIS3– en la
Comunitat Valenciana.
58. Organismos, agencias y unidades de la Unión Europea para la planificación,
coordinación y gestión de la I+D+i.
59. El programa marco de I+D+ i de la Unión Europea, y otros programas europeos
para el apoyo y financiación de la I+D+i.
60. La estrategia de recursos humanos de investigación. Carta europea del
investigador y código de conducta para la contratación de investigadores. Sello de
excelencia en recursos humanos de investigación «HR Excellence in Research».
Nota: La normativa legal que ampara el contenido de estos temas será la que se encuentre en vigor en el
momento de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE).
ANEXO IV
Órgano técnico de selección
El órgano técnico de selección para estas pruebas selectivas estará compuesto por
cinco miembros, con voz y voto, nombrados por la rectora o el rector:
a) La presidencia y el secretario o la secretaria, y su suplencia, que designa la
rectora o el rector entre el personal funcionario de la comunidad universitaria.
b) Un/una vocal, y su suplencia, que designa la rectora o el rector, preferentemente
entre el personal de la misma escala o las escalas superiores a la de la convocatoria.
c) Un/una vocal, y su suplencia, que se elige por sorteo, preferentemente entre el
personal de la misma escala o las escalas superiores a la de la convocatoria.
d) Un/una vocal, y su suplencia, que designa la rectora o el rector, entre personal
de otras administraciones públicas de cuerpos funcionariales o escalas del mismo grupo
o superior y de funciones análogas a la de la convocatoria.
ANEXO V
Medidas de adaptación
1. Eliminación de barreras arquitectónicas y mesa adaptada a silla de ruedas.
2. Ampliación del tiempo de duración del ejercicio.
3. Aumento de la amplitud de los caracteres del examen, por dificultad de visión.
4. Necesidad de intérprete por causa de sordera.
5. Sistema braille de escritura.
6. Otras. En caso de que la adaptación requerida no sea alguna de las anteriores,
deberá indicarse en el espacio correspondiente de la solicitud de participación.
En la solicitud de participación se deberá marcar la casilla correspondiente al número
de medida o medidas de adaptación que se requieren.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2021-15288
Verificable en https://www.boe.es
Las medidas de adaptación que pueden solicitar las personas aspirantes con
discapacidad son las siguientes: