III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-15296)
Resolución de 14 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Desmantelamiento parcial del Grupo 3 de la Central Térmica de Soto de Ribera (CTSR), de 341 MW de potencia neta, situada en el T.M. Ribera de Arriba (Asturias)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 226

Martes 21 de septiembre de 2021

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cierre de fecha 1 de febrero de 2016) y se están acometiendo las tareas de
acondicionamiento, limpieza y desmantelamiento de sus equipos y edificios.
El promotor baraja la posibilidad de que el emplazamiento pueda acoger usos
industriales futuros (a través de la realización de nuevos proyectos bien por su parte o
por bien por terceros), por lo que ha optado por mantener parte de las instalaciones
actuales que dotan a la parcela de un valor añadido. Así pues, el proyecto de
desmantelamiento del Grupo 3, objeto del presente procedimiento, comprende los
siguientes edificios, equipos e instalaciones agrupados en zonas, así como la retirada,
transporte y gestión de los residuos generados:
Zona 1: Caldera y precipitador de CTSR3.
Zona 2: Sistema de desulfuración de gases (FGD).
Zona 3: Sistema de desnitrificación de gases (SCR).
Zona 4: Chimeneas del grupo CTSR3 y CTSR2.
Zona 5: Parque de carbones.
Zona 6: Plantas de tratamiento de agua de escorias y de efluentes FGD.
Zona 7: Otros sistemas auxiliares.

El resto de los equipos que forman parte de CTSR (puentes de acceso a la central,
azud y toma de agua del río Nalón, edificio común de almacenes, taller y oficinas,
subestación eléctrica de 132 kV, conducciones e infraestructuras de vertido,
turbogenerador, condensador, sistema de refrigeración y torre de refrigeración, sistema
de producción de agua mineralizada, sistema de aire comprimido, nave de turbina,
parque complementario de carbones en la margen derecha del río, edificios auxiliares
varios) serán desmantelados en fases posteriores, en función del desarrollo de proyectos
futuros en el emplazamiento.
Tampoco serán objeto de este proyecto, el cierre y posterior clausura del vertedero
de cenizas y escorias y sus instalaciones auxiliares (cintas transportadoras). Las
autorizaciones para estas instalaciones serán tramitadas con posterioridad ante la
administración competente, según lo indicado en la Resolución de la AAI.
El proyecto se plantea en nueve fases de actuación. En la primera fase se llevarán a
cabo los trabajos previos de inspección para delimitar y señalizar los equipos que
continuarán en operación y diferenciarlos de aquellos que serán demolidos y se llevará a
cabo la limpieza de cualquier equipo que pueda contener hidrocarburos o aceites, así como
la retirada de aislamientos y el cierre y condena de acometidas y conexiones eléctricas.
En las siguientes fases se procederá al desmantelamiento, de manera secuencial,
del parque de carbones (incluyendo cintas y tolvas), sistemas de desulfuración y
desnitrificación de gases, precipitador y caldera, chimeneas, y resto de instalaciones. En
el achatarramiento se emplearán equipos de oxicorte y diversa tipología de maquinaria
pesada (grúas y retroexcavadoras con cizallas de hierro, martillos, demoledores, palas,
imanes, cizalla hidráulica, etc.) y empleando técnica top-down para el desmantelamiento
manual o mediante tracción. El documento ambiental no prevé el empleo de voladuras
para la demolición de las chimeneas. Por último, se acondicionarán los suelos
regularizando la superficie y rellenando los huecos con hormigón, tramex o chapas
metálicas y los huecos en la fachada del edificio de turbinas mediante muros de fábrica
de ladrillo, bloque de hormigón o chapa metálica.
La duración total de los trabajos a desarrollar en las tareas de desmantelamiento
parcial se ha estimado en cuatro años.
El promotor plantea las siguientes alternativas:
– Alternativa cero o de no actuación, que descarta por no cumplir con los supuestos
de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico.
– Alternativa 1, que consiste en el desmantelamiento total del Grupo 3, que se
descarta ya que conllevaría la inoperatividad de los grupos de ciclo combinado que se
ubican al otro lado del río Nalón, y con la que la CTSR comparte infraestructuras,

cve: BOE-A-2021-15296
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