III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2021-15234)
Resolución de 9 de septiembre de 2021, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Fundación SGAE, para la organización del concierto final con el fin de otorgar el XXXII Premio Jóvenes Compositores Fundación SGAE-CNDM.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 225
Lunes 20 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 115189
– Realizar la difusión publicitaria y la comunicación con medios propios, en
coordinación con la Fundación.
– Abonar los derechos de autor de la ejecución pública del concierto final por la
cantidad
máxima
de
400
euros
con
cargo
a
la
aplicación
presupuestaria 24.107.335A.280.15.
La estimación económica de la participación del INAEM se cuantifica en un máximo
de nueve mil seiscientos euros (9.600,00 €), IVA incluido, con cargo a la anualidad 2021.
2.
La Fundación se compromete a realizar las siguientes actuaciones:
– Convocatoria y difusión del concurso, que incluye la financiación de la producción
gráfica, distribución y envíos de folletos, así como los materiales gráficos necesarios
para los diferentes soportes publicitarios: web, invitaciones on line, cartelería, prensa,
etc. y su publicación oficial en el BOE.
– Recepción de las obras participantes, asumiendo las tareas técnico-administrativas
necesarias y la gestión de las partituras y los materiales musicales.
– Financiación de los gastos derivados de las necesidades técnicas de sonido.
– Contratación y abono del alquiler de instrumentos extraordinarios para la
interpretación del concierto.
– Selección y financiación de los miembros de los dos jurados participantes
(seleccionador de obras y jurado final), abonando los honorarios, viajes y alojamiento de
todos ellos.
– Organización, financiación y producción de la grabación en directo de un CD
promocional.
– Financiación de los Premios en metálico y diplomas.
La estimación económica de la participación de la Fundación para la financiación del
Concurso se cuantifica en un máximo de cuarenta mil euros (40.000 €), IVA incluido.
Los compromisos de financiación obligan a cada parte a asumir los gastos derivados
de su propia actividad, hasta el límite máximo de gasto que en esta cláusula se
establece.
Cuarta.
Precios de los conciertos e invitaciones.
El concierto tiene carácter gratuito y entrada libre hasta completar el aforo.
Se pondrán 100 invitaciones a disposición de la Fundación. En caso de reducción del
aforo del Auditorio 400 como consecuencia de las medidas de adaptación a la crisis
del COVID-19, la cifra indicada se adaptará de forma proporcional a la reducción del
aforo aplicada.
Promoción y difusión.
Las partes se comprometen a utilizar sus recursos para facilitar la difusión del
concierto.
En toda la promoción y difusión del concierto que es objeto del presente convenio
habrán de figurar el nombre y el logotipo de las instituciones involucradas, debiendo las
partes hacer entrega de los materiales que sean necesarios para la inclusión de los
citados logotipos a la parte que realice los soportes promocionales en que se han de
incluir los mismos.
Los materiales de difusión que genere la actividad descrita en la cláusula segunda
deberán ser sometidos a revisión previa y autorización expresa del CNDM. A tal efecto, y
con antelación suficiente a su edición, se remitirán al Departamento de Comunicación
del CNDM las pruebas de los referidos materiales.
Asimismo, el CNDM someterá a revisión previa y autorización expresa de la
FUNDACIÓN, el uso que el CNDM haga de su logotipo en las actividades de difusión
cve: BOE-A-2021-15234
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.
Núm. 225
Lunes 20 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 115189
– Realizar la difusión publicitaria y la comunicación con medios propios, en
coordinación con la Fundación.
– Abonar los derechos de autor de la ejecución pública del concierto final por la
cantidad
máxima
de
400
euros
con
cargo
a
la
aplicación
presupuestaria 24.107.335A.280.15.
La estimación económica de la participación del INAEM se cuantifica en un máximo
de nueve mil seiscientos euros (9.600,00 €), IVA incluido, con cargo a la anualidad 2021.
2.
La Fundación se compromete a realizar las siguientes actuaciones:
– Convocatoria y difusión del concurso, que incluye la financiación de la producción
gráfica, distribución y envíos de folletos, así como los materiales gráficos necesarios
para los diferentes soportes publicitarios: web, invitaciones on line, cartelería, prensa,
etc. y su publicación oficial en el BOE.
– Recepción de las obras participantes, asumiendo las tareas técnico-administrativas
necesarias y la gestión de las partituras y los materiales musicales.
– Financiación de los gastos derivados de las necesidades técnicas de sonido.
– Contratación y abono del alquiler de instrumentos extraordinarios para la
interpretación del concierto.
– Selección y financiación de los miembros de los dos jurados participantes
(seleccionador de obras y jurado final), abonando los honorarios, viajes y alojamiento de
todos ellos.
– Organización, financiación y producción de la grabación en directo de un CD
promocional.
– Financiación de los Premios en metálico y diplomas.
La estimación económica de la participación de la Fundación para la financiación del
Concurso se cuantifica en un máximo de cuarenta mil euros (40.000 €), IVA incluido.
Los compromisos de financiación obligan a cada parte a asumir los gastos derivados
de su propia actividad, hasta el límite máximo de gasto que en esta cláusula se
establece.
Cuarta.
Precios de los conciertos e invitaciones.
El concierto tiene carácter gratuito y entrada libre hasta completar el aforo.
Se pondrán 100 invitaciones a disposición de la Fundación. En caso de reducción del
aforo del Auditorio 400 como consecuencia de las medidas de adaptación a la crisis
del COVID-19, la cifra indicada se adaptará de forma proporcional a la reducción del
aforo aplicada.
Promoción y difusión.
Las partes se comprometen a utilizar sus recursos para facilitar la difusión del
concierto.
En toda la promoción y difusión del concierto que es objeto del presente convenio
habrán de figurar el nombre y el logotipo de las instituciones involucradas, debiendo las
partes hacer entrega de los materiales que sean necesarios para la inclusión de los
citados logotipos a la parte que realice los soportes promocionales en que se han de
incluir los mismos.
Los materiales de difusión que genere la actividad descrita en la cláusula segunda
deberán ser sometidos a revisión previa y autorización expresa del CNDM. A tal efecto, y
con antelación suficiente a su edición, se remitirán al Departamento de Comunicación
del CNDM las pruebas de los referidos materiales.
Asimismo, el CNDM someterá a revisión previa y autorización expresa de la
FUNDACIÓN, el uso que el CNDM haga de su logotipo en las actividades de difusión
cve: BOE-A-2021-15234
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.