III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Mercancías peligrosas. Cursos. (BOE-A-2021-15219)
Resolución de 4 de agosto de 2021, de Puertos del Estado, por la que se prorroga la homologación a la Escuela Canaria de Navegación y Seguridad Marítima, para impartir cursos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 225
Lunes 20 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 115054
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
15219
Resolución de 4 de agosto de 2021, de Puertos del Estado, por la que se
prorroga la homologación a la Escuela Canaria de Navegación y Seguridad
Marítima, para impartir cursos.
El centro formativo Escuela Canaria de Navegación y Seguridad Marítima ha
solicitado la prórroga de la homologación para impartir cursos de Manipulación de
Mercancías Peligrosas para Operadores de Muelle y Terminal y cursos de Capacitación
para la Manipulación de Mercancías Peligrosas para los Componentes de las
Organizaciones Portuarias. Analizada la documentación aportada, y de conformidad con
lo dispuesto en la Orden de 30 de mayo de 1990, por la que se establecen las
condiciones de los cursos de capacitación para manipulación de mercancías peligrosas
en los puertos de interés general (BOE núm. 134, de 5 de junio de 1990),
Esta Presidencia, a la vista del informe emitido por la Dirección de Explotación de
Puertos del Estado, resuelve:
Primero.
Otorgar la prórroga de homologación al centro formativo Escuela Canaria de
Navegación y Seguridad Marítima para impartir cursos de Manipulación de Mercancías
Peligrosas para Operadores de Muelle y Terminal y cursos de Capacitación para la
Manipulación de Mercancías Peligrosas para los Componentes de las Organizaciones
Portuarias.
Segundo.
Esta homologación tendrá una validez de tres años desde el momento de su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado», pudiendo ser prorrogada siempre que se
solicite por la entidad homologada con una antelación mínima de tres meses a la fecha
de expiración y continúe reuniendo los requisitos exigidos por la normativa reguladora.
Tercero.
– Fechas de inicio y finalización del curso a impartir.
– Responsable del curso.
– Número de alumnos.
– Identidad y número de identificación personal (DNI, NIE o n.º de pasaporte) de
cada uno de los alumnos.
– Lugar donde se va a impartir el curso.
– Características del equipamiento material que se va a utilizar.
– Distribución del contenido del curso en las fechas de desarrollo del mismo.
– Relación de los formadores y evaluadores del curso correspondiente acompañada
del currículum profesional, cualificación y experiencia de aquellos que no hayan
participado en cursos anteriores o que no consten en el expediente de homologación.
cve: BOE-A-2021-15219
Verificable en https://www.boe.es
El centro formativo Escuela Canaria de Navegación y Seguridad Marítima informará
al Organismo Público Puertos del Estado, mediante correo electrónico, y en un plazo no
inferior a un mes previo a la celebración de cada curso, de los siguientes contenidos:
Núm. 225
Lunes 20 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 115054
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
15219
Resolución de 4 de agosto de 2021, de Puertos del Estado, por la que se
prorroga la homologación a la Escuela Canaria de Navegación y Seguridad
Marítima, para impartir cursos.
El centro formativo Escuela Canaria de Navegación y Seguridad Marítima ha
solicitado la prórroga de la homologación para impartir cursos de Manipulación de
Mercancías Peligrosas para Operadores de Muelle y Terminal y cursos de Capacitación
para la Manipulación de Mercancías Peligrosas para los Componentes de las
Organizaciones Portuarias. Analizada la documentación aportada, y de conformidad con
lo dispuesto en la Orden de 30 de mayo de 1990, por la que se establecen las
condiciones de los cursos de capacitación para manipulación de mercancías peligrosas
en los puertos de interés general (BOE núm. 134, de 5 de junio de 1990),
Esta Presidencia, a la vista del informe emitido por la Dirección de Explotación de
Puertos del Estado, resuelve:
Primero.
Otorgar la prórroga de homologación al centro formativo Escuela Canaria de
Navegación y Seguridad Marítima para impartir cursos de Manipulación de Mercancías
Peligrosas para Operadores de Muelle y Terminal y cursos de Capacitación para la
Manipulación de Mercancías Peligrosas para los Componentes de las Organizaciones
Portuarias.
Segundo.
Esta homologación tendrá una validez de tres años desde el momento de su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado», pudiendo ser prorrogada siempre que se
solicite por la entidad homologada con una antelación mínima de tres meses a la fecha
de expiración y continúe reuniendo los requisitos exigidos por la normativa reguladora.
Tercero.
– Fechas de inicio y finalización del curso a impartir.
– Responsable del curso.
– Número de alumnos.
– Identidad y número de identificación personal (DNI, NIE o n.º de pasaporte) de
cada uno de los alumnos.
– Lugar donde se va a impartir el curso.
– Características del equipamiento material que se va a utilizar.
– Distribución del contenido del curso en las fechas de desarrollo del mismo.
– Relación de los formadores y evaluadores del curso correspondiente acompañada
del currículum profesional, cualificación y experiencia de aquellos que no hayan
participado en cursos anteriores o que no consten en el expediente de homologación.
cve: BOE-A-2021-15219
Verificable en https://www.boe.es
El centro formativo Escuela Canaria de Navegación y Seguridad Marítima informará
al Organismo Público Puertos del Estado, mediante correo electrónico, y en un plazo no
inferior a un mes previo a la celebración de cada curso, de los siguientes contenidos: