III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2021-15237)
Resolución de 15 de septiembre de 2021, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con Goethe Institut Madrid, para el mecenazgo de la exposición "Michael Schmidt. Fotografía 1965-2014".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 225
Lunes 20 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 115211
actúa como punto de contacto con la entidad para cualquier cuestión relativa al
tratamiento de datos personales, por lo que los interesados pueden dirigirse a él:
– En el caso del MNCARS: dpd@museoreinasofia.es
– En el caso de Goethe-Institut: LV-madrid@goethe.de
Finalidades: la suscripción y ejecución de los convenios y protocolos generales de
actuación de los que es parte MNCARS, conforme a lo previsto en la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y, en el caso del
Museo, su Ley reguladora y Estatuto. El suministro de los datos con este fin es obligado
e impediría el cumplimiento del convenio en caso contrario.
Plazo de conservación: los datos se tratarán durante todo el tiempo que dure la
relación mantenida entre las partes. Finalizada dicha relación, se procederá al bloqueo
de los datos durante el periodo en que se pueda derivar cualquier tipo de
responsabilidad como consecuencia del presente convenio. Una vez finalice el plazo de
prescripción legal y expiren tales responsabilidades, los datos serán eliminados.
Destinatarios: los datos serán comunicados a las Administraciones Públicas
competentes, en los casos previstos en la Ley y para los fines en ella definidos y a las
correspondientes entidades financieras, para la gestión de cobros y pagos, en su caso.
Derechos de los afectados: Los afectados tienen derecho a solicitar el acceso a sus
datos personales, su rectificación o supresión, así como a la limitación de su tratamiento,
a oponerse al mismo y a la portabilidad de sus datos dirigiéndose respectivamente al
responsable del tratamiento que corresponda, en la siguiente dirección de correo
electrónico:
– En el caso del MNCARS: infoderechos@museoreinasofia.es.
– En el caso de Goethe-Institut: LV-madrid@goethe.de
Así mismo, pueden poner en conocimiento de la Agencia Española de Protección de
Datos (www.aepd.es) o, en su caso, la autoridad autonómica de control, cualquier
situación que considere que vulnera sus derechos
Sexta. Vigencia.
Séptima. Confidencialidad.
7.1 Toda información que las partes obtengan recíprocamente como consecuencia
de la negociación, formalización y ejecución del presente Convenio deberá considerarse
información confidencial, amparada por el secreto profesional.
7.2 En virtud de lo anterior, las partes asumen la obligación de no revelar ni permitir
a nadie revelar la información confidencial, así como restringir el acceso a aquellas
personas cuya intervención sea necesaria para el desarrollo del Convenio y que deban
tener acceso a la misma en relación con los fines antes mencionados.
cve: BOE-A-2021-15237
Verificable en https://www.boe.es
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, el presente Convenio
resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en
el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal. Asimismo, el presente Convenio será publicado en el «Boletín Oficial del
Estado», en el plazo de los 10 días hábiles desde su formalización, según se establece
en el art. 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. El MNCARS se compromete a
informar al colaborador de estos hechos tan pronto ocurran. El Convenio estará vigente
durante el plazo de 1 (un) año o hasta la fecha en la que se cumplan las actuaciones que
constituyen su objeto, en caso de que el cumplimiento de tales actuaciones se produzca
con anterioridad. Las partes podrán acordar expresamente y por escrito su prórroga,
conforme a lo dispuesto en el artículo 49.h) 2.º de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre,
hasta cuatro años adicionales o su extinción.
Núm. 225
Lunes 20 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 115211
actúa como punto de contacto con la entidad para cualquier cuestión relativa al
tratamiento de datos personales, por lo que los interesados pueden dirigirse a él:
– En el caso del MNCARS: dpd@museoreinasofia.es
– En el caso de Goethe-Institut: LV-madrid@goethe.de
Finalidades: la suscripción y ejecución de los convenios y protocolos generales de
actuación de los que es parte MNCARS, conforme a lo previsto en la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y, en el caso del
Museo, su Ley reguladora y Estatuto. El suministro de los datos con este fin es obligado
e impediría el cumplimiento del convenio en caso contrario.
Plazo de conservación: los datos se tratarán durante todo el tiempo que dure la
relación mantenida entre las partes. Finalizada dicha relación, se procederá al bloqueo
de los datos durante el periodo en que se pueda derivar cualquier tipo de
responsabilidad como consecuencia del presente convenio. Una vez finalice el plazo de
prescripción legal y expiren tales responsabilidades, los datos serán eliminados.
Destinatarios: los datos serán comunicados a las Administraciones Públicas
competentes, en los casos previstos en la Ley y para los fines en ella definidos y a las
correspondientes entidades financieras, para la gestión de cobros y pagos, en su caso.
Derechos de los afectados: Los afectados tienen derecho a solicitar el acceso a sus
datos personales, su rectificación o supresión, así como a la limitación de su tratamiento,
a oponerse al mismo y a la portabilidad de sus datos dirigiéndose respectivamente al
responsable del tratamiento que corresponda, en la siguiente dirección de correo
electrónico:
– En el caso del MNCARS: infoderechos@museoreinasofia.es.
– En el caso de Goethe-Institut: LV-madrid@goethe.de
Así mismo, pueden poner en conocimiento de la Agencia Española de Protección de
Datos (www.aepd.es) o, en su caso, la autoridad autonómica de control, cualquier
situación que considere que vulnera sus derechos
Sexta. Vigencia.
Séptima. Confidencialidad.
7.1 Toda información que las partes obtengan recíprocamente como consecuencia
de la negociación, formalización y ejecución del presente Convenio deberá considerarse
información confidencial, amparada por el secreto profesional.
7.2 En virtud de lo anterior, las partes asumen la obligación de no revelar ni permitir
a nadie revelar la información confidencial, así como restringir el acceso a aquellas
personas cuya intervención sea necesaria para el desarrollo del Convenio y que deban
tener acceso a la misma en relación con los fines antes mencionados.
cve: BOE-A-2021-15237
Verificable en https://www.boe.es
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, el presente Convenio
resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en
el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal. Asimismo, el presente Convenio será publicado en el «Boletín Oficial del
Estado», en el plazo de los 10 días hábiles desde su formalización, según se establece
en el art. 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. El MNCARS se compromete a
informar al colaborador de estos hechos tan pronto ocurran. El Convenio estará vigente
durante el plazo de 1 (un) año o hasta la fecha en la que se cumplan las actuaciones que
constituyen su objeto, en caso de que el cumplimiento de tales actuaciones se produzca
con anterioridad. Las partes podrán acordar expresamente y por escrito su prórroga,
conforme a lo dispuesto en el artículo 49.h) 2.º de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre,
hasta cuatro años adicionales o su extinción.