III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2021-15236)
Resolución de 13 de septiembre de 2021, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Fundación Don Juan de Borbón, para la organización de dos ciclos musicales: "XXIX Jornadas de Música Contemporánea de Segovia" y "40 Semana de Música Sacra de Segovia", temporada 2021-2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 225

Lunes 20 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 115205

Música Sacra de Segovia» (descontado el IVA, derechos de autor, comisión por la
gestión de venta de entradas, cualquier otro gasto que se compartible u otro impuesto
que pudiera determinar la legislación) revertirán en un 70% en la Fundación y el 30%
restante en el CNDM y serán abonados, tras presentar la liquidación correspondiente, en
la cuenta del INAEM n.º ES59 0182 2370 40 0200201218.
Quinta.

Promoción y difusión.

Las partes se comprometen a utilizar sus recursos para facilitar la difusión de los
conciertos.
En toda la promoción y difusión de los conciertos y actividades que son objeto del
presente convenio, habrá de figurar el nombre y el logotipo de las instituciones
involucradas, debiendo las partes hacer entrega de los materiales que sean necesarios
para la inclusión de los citados logotipos a la parte que realice los soportes
promocionales en que se han de incluir los mismos.
El material de difusión que generen las actividades descritas en la cláusula segunda
deberá ser sometido a revisión previa y autorización expresa del CNDM. A tal efecto, y
con antelación suficiente a su edición, se remitirán al Departamento de Comunicación del
CNDM las pruebas de los referidos materiales.
Sexta. Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control.
Se establece una Comisión de Seguimiento a la que le corresponde el control de las
actividades que deben desarrollarse en ejecución del presente Convenio así como
resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse, que
estará integrada por el/la titular de dirección del CNDM o persona en quien delegue y por
la Fundación, la/la titular de Coordinación de actividades culturales o persona en quien
delegue.
Séptima.

Coordinación en materia de prevención de riesgos laborales.

La Fundación certifica que cumple con los requisitos que impone la Ley de
Prevención de Riesgos Laborales y la normativa relacionada vigente. Por ello asumen el
compromiso de comunicar al INAEM, los riesgos que su trabajo en las dependencias de
los espacios en los que se desarrollarán las actividades puedan generar, así como las
medidas preventivas que deben adoptarse para evitarlos o controlarlos, según el
RD 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995 de 8
de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de
actividades empresariales.

El presente convenio se perfecciona en la fecha en la que firme el último de los
signatarios y su vigencia se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2022, incluido.
Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, el convenio resultará eficaz una vez inscrito, en el
plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y será publicado en el
plazo de 10 días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
La modificación de los términos del presente convenio y/o la prórroga de su vigencia
requerirán el acuerdo unánime de las partes mediante la suscripción de la
correspondiente adenda.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.h) 2.º de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la prórroga del convenio podrá
acordarse por un periodo de hasta cuatro años adicionales.

cve: BOE-A-2021-15236
Verificable en https://www.boe.es

Octava. Régimen de modificación y plazo de vigencia.