III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2021-15225)
Orden ICT/979/2021, de 10 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras y convocatoria para la concesión de ayudas del "Programa ICEX Localiza" de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 225
Lunes 20 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 115137
g) Que, asimismo, si considera que los datos han sido tratados de forma
inadecuada, el interesado tendrá derecho a presentar una reclamación ante la Agencia
Española de Protección de Datos (calle Jorge Juan, 6, 28001 Madrid www.aepd.es) o
ante nuestro Delegado de Protección de Datos.
Disposición final primera.
Título competencial.
Esta orden ministerial se ampara en la competencia que al Estado confiere el
artículo 149.1 10.ª y 13.ª de la Constitución Española sobre comercio exterior y bases y
coordinación de la planificación general de la actividad económica.
Disposición final segunda.
Rango no reglamentario de la convocatoria.
La Disposición adicional primera de esta orden, en la que se regula la convocatoria
del programa para 2021, carece de rango reglamentario, al tratarse ésta de un acto
administrativo. Por ello, contra la convocatoria, que agota la vía administrativa, podrá
interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el
órgano que dicta el acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o bien, directamente recurso jurisdiccional contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses desde la publicación de la convocatoria ante los
Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de acuerdo con lo
previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa.
Disposición final tercera.
Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2021-15225
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 10 de septiembre de 2021.–La Ministra de Industria, Comercio y Turismo,
María Reyes Maroto Illera.
Núm. 225
Lunes 20 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 115137
g) Que, asimismo, si considera que los datos han sido tratados de forma
inadecuada, el interesado tendrá derecho a presentar una reclamación ante la Agencia
Española de Protección de Datos (calle Jorge Juan, 6, 28001 Madrid www.aepd.es) o
ante nuestro Delegado de Protección de Datos.
Disposición final primera.
Título competencial.
Esta orden ministerial se ampara en la competencia que al Estado confiere el
artículo 149.1 10.ª y 13.ª de la Constitución Española sobre comercio exterior y bases y
coordinación de la planificación general de la actividad económica.
Disposición final segunda.
Rango no reglamentario de la convocatoria.
La Disposición adicional primera de esta orden, en la que se regula la convocatoria
del programa para 2021, carece de rango reglamentario, al tratarse ésta de un acto
administrativo. Por ello, contra la convocatoria, que agota la vía administrativa, podrá
interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el
órgano que dicta el acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o bien, directamente recurso jurisdiccional contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses desde la publicación de la convocatoria ante los
Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de acuerdo con lo
previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa.
Disposición final tercera.
Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2021-15225
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 10 de septiembre de 2021.–La Ministra de Industria, Comercio y Turismo,
María Reyes Maroto Illera.