II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-15152)
Resolución de 9 de septiembre de 2021, de la Universidad de Salamanca, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 18 de septiembre de 2021

Sec. II.B. Pág. 114420

acceso entre acreditados, las presentes bases de convocatoria; y con carácter supletorio,
por lo previsto en la legislación general de funcionarios civiles del Estado.
Para el cómputo de plazos será inhábil a todos los efectos el mes de agosto.
2. Requisitos de los/las concursantes
Para ser admitido/a a las presentes pruebas selectivas, los/las aspirantes deberán
reunir los siguientes requisitos:
2.1 Requisitos generales:
a) Ser español/a. También podrán participar en idénticas condiciones que los/las
españoles/as los/as nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión
Europea o nacional de algún Estado, al que, en virtud de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores/as en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado
Constitutivo de la Comunidad Europea.
También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge,
de los/las españoles/as y de los/las nacionales de otros Estados miembros de la Unión
Europea, siempre que no estén separados/as de derecho, sean menores de veintiún años
o mayores de edad dependientes. Este último beneficio será igualmente de aplicación a
familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España.
Igualmente podrán participar los/las aspirantes de nacionalidad extranjera no
comunitaria cuando, en el Estado de su nacionalidad a los/las españoles/as se les
reconozca aptitud legal para ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas a las
de los/las funcionarios/as de los cuerpos docentes universitarios españoles. Sobre este
efectivo reconocimiento de la aptitud legal, el Consejo de Universidades recabará informe
de los Ministerios de Asuntos Exteriores y de Administraciones Públicas.
La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria, se
realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades
competentes de su país de origen, traducidos al castellano, que será la lengua oficial en la
que tendrá lugar el desarrollo del proceso selectivo.
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios
de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para
empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de
funcionario/a, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del
personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. En el caso de ser
nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido
sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos
términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del título de Doctor.
2.2 Requisitos específicos:
a) Hallarse acreditado/a para el cuerpo docente universitario de que se trate
conforme a los supuestos previstos en los artículos 12 y 13, y disposiciones adicionales
primera, segunda, tercera y cuarta del Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre.
Estar habilitado/a conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de
julio. Se entenderá que los/las habilitados/as para Catedrático/a de Escuela Universitaria
lo están para Profesor/a titular de Universidad.
Ser funcionario/a del cuerpo correspondiente o de un cuerpo docente universitario de
igual o superior categoría.

cve: BOE-A-2021-15152
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Núm. 224