III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-15157)
Resolución de 8 de septiembre de 2021, del Instituto de Estudios Fiscales, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Alcalá, para la realización de prácticas externas y trabajo fin de grado/máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 224

Sábado 18 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 114495

que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y en la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales y demás normativa concordante. Asimismo, el estudiante que
realice el programa de prácticas externas deberá guardar secreto durante su estancia y
finalizada esta respecto de cualquier otro tipo de información que pueda conocer como
consecuencia de las mismas, prestando, a estos efectos, su expresa conformidad.
– Elaborar la memoria final de las prácticas externas, en la que se haga constar los
datos personales del estudiante, el IEF donde ha realizado las prácticas y su ubicación,
la descripción concreta y detallada de las tareas, prácticas desarrolladas y
departamentos del IEF a los que ha estado asignado, la valoración de las tareas
desarrolladas con los conocimientos y competencias adquiridos en relación con los
estudios universitarios, la relación de los problemas planteados y el procedimiento
seguido para su resolución, la identificación de las aportaciones que en materia de
aprendizaje han supuesto las prácticas, la evaluación de las mismas y las sugerencias
de mejora, así como cualquier otro aspecto que considere relevante hacer conocer al
Centro. El estudiante elaborará, en su caso, un informe de seguimiento intermedio que
recoja la valoración del desarrollo del proyecto formativo.
Undécima.
Se podrán dar por finalizadas las prácticas de forma unilateral cuando concurra
alguna de las siguientes circunstancias:
a) Incumplimiento de las obligaciones asumidas por el alumno;
b) renuncia expresa del alumno;
c) imposibilidad del IEF o de la UAH para continuar desarrollando las actividades
programadas, o causa de fuerza mayor que impida llevar a cabo las prácticas.
La UAH se reserva la facultad de anular las prácticas por incumplimiento de las
cláusulas establecidas en este Convenio o de las condiciones registradas en sus anexos.
El IEF comunicará por escrito a la UAH, el cese o modificación de las prácticas.
Duodécima.
El seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio y de los
compromisos adquiridos, así como la resolución de los problemas de interpretación y
cumplimiento, será llevado a cabo por una Comisión Mixta compuesta por un
representante de la UAH designado por la Vicerrectora de Estudios de Grado y
Estudiantes o por la Vicerrectora de Estudios de Posgrado y un representante del IEF
designado por el Director General, que estarán en estrecho contacto, comunicándose o
reuniéndose siempre que lo consideren conveniente para la buena coordinación de las
acciones y el óptimo desarrollo de las mismas.

Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sea de aplicación, lo
establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos
Personales y garantía de derechos digitales, y disposiciones de desarrollo, así como en el
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016,
relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/
CE (Reglamento General de protección de datos), y demás normativa vigente.
En relación con la seguridad de la información y la protección de datos de carácter
personal, las partes asumen las siguientes actuaciones y compromisos:
1. En el tratamiento de los datos de carácter personal, las partes tendrán la
consideración de «Corresponsables del tratamiento» y asumen de mutuo acuerdo sus

cve: BOE-A-2021-15157
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Decimotercera.