III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-15125)
Resolución de 3 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de Eltec It Services, SLU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 223

Viernes 17 de septiembre de 2021

Grupo profesional 5.
Función

Sec. III. Pág. 114202

Mandos intermedios B

Salario grupo

Salario función/ nivel 1

Salario función/ nivel 2

Salario función/ nivel 3

Responsable de equipo.

16.321,60

4.080,40

6.120,60

9.180,90

Responsable de función.

16.321,60

5.100,50

11.221,10

17.341,70

Responsable de proyecto.

16.321,60

13.261,30

18.361,80

23.462,30

Grupo profesional 6.
Función

Responsable de servicio
producción.

Mandos intermedios A

Salario grupo

Salario función/ nivel 1

Salario función/ nivel 2

Salario función/ nivel 3

25.502,50

4.080,40

9.180,90

14.281,40

ANEXO II
Tablas salariales: complementos salariales y pluses
Complemento de antigüedad: el valor anual del trienio es de 400 euros brutos. Plus
nocturnidad: 1,68 euros/hora.
Plus de movilidad funcional: cuantía resultante según articulado.
ANEXO III
Tablas salariales: Guardias e Intervenciones planificadas
Disponibilidad 24 horas:
Día laborable: 17,00 euros/día.
Día festivo: 61,00 euros/día.
Día festivo especial: 100 euros/día.
Fin de semana: 32,50 euros/día.
Intervenciones en guardias e intervenciones planificadas:
Día laborable: 1,75 veces el salario hora.
Día festivo-fin de semana: 1,90 veces el salario hora.
Día festivo especial: 2,50 veces el salario hora.
Las compensaciones por intervención en guardia o intervención planificada, sean del
tipo que sean, excluyen la percepción de cualquier otro complemento o plus salarial.
A las intervenciones planificadas ad hoc no se aplicarán los valores precitados. Se
compensarán conforme al acuerdo que se alcance con la persona trabajadora.

Tablas salariales: Complementos extrasalariales
Dietas y kilometrajes:
a.

Dietas:

– Desplazamientos en territorio del estado: Comida 14,50 euros y cena 21,00 euros,
tanto en festivos como en laborables.

cve: BOE-A-2021-15125
Verificable en https://www.boe.es

ANEXO IV