III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2021-15087)
Resolución de 9 de septiembre de 2021, del Organismo Autónomo Parques Nacionales, por la que se publica el Convenio con la Fundación Abertis, para la creación del Centro Internacional sobre Reservas de la Biosfera Mediterráneas.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 222
Jueves 16 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 113498
10. Editar y distribuir las publicaciones sobre las actuaciones desarrolladas en el
marco del presente convenio.
Tercera.
Obligaciones de la Fundación Abertis.
La Fundación Abertis se compromete a:
1. Mantener y dotar las instalaciones e infraestructuras de la sede del Centro de
Categoría 2 sobre Reservas de la Biosfera Mediterráneas, situado en el Castillo de Catellet i la
Gornal, Barcelona. Así como a destinar el personal necesario para esta finalidad.
2. Financiar los gastos que se deriven de la participación de sus representantes en
la comisión de seguimiento y otras actividades derivadas del presente Convenio, así
como los gastos de la participación de los miembros del Consejo de Administración del
Acuerdo España-UNESCO sobre Reservas de la Biosfera Mediterráneas, exceptuando
los gastos de los representantes del OAPN.
3. Albergar en su sede, cuando se acuerde, la reunión ordinaria de la Comisión de
Seguimiento del presente convenio, asi como la reunión anual ordinaria del Consejo de
Administración derivado del Acuerdo España UNESCO para el Centro Internacional
auspiciado por la UNESCO sobre Reservas de la Biosfera Mediterráneas, así como las
reuniones extraordinarias que se puedan convocar.
4. Destinar fondos para la ejecución de todas las actuaciones encaminadas a
dinamizar actividades en las reservas de la biosfera mediterráneas que se acuerden en
el marco del Acuerdo España-UNESCO (proyectos, seminarios, formación, difusión, etc,)
destinando de su presupuesto anual hasta una cantidad máxima, según lo establecido
en la cláusula sexta del presente Convenio.
5. Mantener la página web destinada al Centro Internacional sobre Reservas de la
Biosfera Mediterráneas. Desde la cual se realizarán labores de difusión de las
actuaciones desarrolladas.
6. Editar y distribuir las publicaciones desarrolladas en el marco del presente
Convenio.
7. Difundir la participación y colaboración con el OAPN mediante la inserción de su
logo en cuantos rótulos impresos y catálogos, sellos, propaganda y en cualquier otra
información que se publique o edite en relación con las actuaciones desarrolladas en el
marco del presente Convenio.
Cuarta.
Obligaciones del OAPN.
1. Aportar el oportuno apoyo técnico y su amplia experiencia en relación con el
Programa MaB, las Reservas de la Biosfera y los programas de formación en temas
medioambientales (CENEAM).
2. Aportar el asesoramiento técnico necesario para la definición y ejecución de las
actuaciones que se desarrollen y actividades que se acuerden durante la vigencia del convenio.
3. Financiar los gastos que puedan derivarse de la participación de sus representantes
en la comisión de seguimiento del presente Convenio, así como en el Consejo de
Administración del Acuerdo España-UNESCO sobre Reservas de la biosfera Mediterráneas,
con las partidas ordinarias del Organismo previstas para estas finalidades.
4. Albergar en su sede, cuando se acuerde, la reunión ordinaria de la Comisión de
Seguimiento del Presente Convenio, así como la reunión anual ordinaria del Consejo de
Administración derivado del Acuerdo España UNESCO para el Centro Internacional
auspiciado por la UNESCO sobre Reservas de la Biosfera Mediterráneas, así como las
reuniones extraordinarias que se puedan convocar.
5. Utilizar las instalaciones del CENEAM (centro del OAPN), cuando así se
acuerde, para los cursos y seminarios de formación que se realicen en el marco del
Acuerdo España-UNESCO. En este caso, se llevará a cabo el pertinente expediente
cve: BOE-A-2021-15087
Verificable en https://www.boe.es
El OAPN se compromete a:
Núm. 222
Jueves 16 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 113498
10. Editar y distribuir las publicaciones sobre las actuaciones desarrolladas en el
marco del presente convenio.
Tercera.
Obligaciones de la Fundación Abertis.
La Fundación Abertis se compromete a:
1. Mantener y dotar las instalaciones e infraestructuras de la sede del Centro de
Categoría 2 sobre Reservas de la Biosfera Mediterráneas, situado en el Castillo de Catellet i la
Gornal, Barcelona. Así como a destinar el personal necesario para esta finalidad.
2. Financiar los gastos que se deriven de la participación de sus representantes en
la comisión de seguimiento y otras actividades derivadas del presente Convenio, así
como los gastos de la participación de los miembros del Consejo de Administración del
Acuerdo España-UNESCO sobre Reservas de la Biosfera Mediterráneas, exceptuando
los gastos de los representantes del OAPN.
3. Albergar en su sede, cuando se acuerde, la reunión ordinaria de la Comisión de
Seguimiento del presente convenio, asi como la reunión anual ordinaria del Consejo de
Administración derivado del Acuerdo España UNESCO para el Centro Internacional
auspiciado por la UNESCO sobre Reservas de la Biosfera Mediterráneas, así como las
reuniones extraordinarias que se puedan convocar.
4. Destinar fondos para la ejecución de todas las actuaciones encaminadas a
dinamizar actividades en las reservas de la biosfera mediterráneas que se acuerden en
el marco del Acuerdo España-UNESCO (proyectos, seminarios, formación, difusión, etc,)
destinando de su presupuesto anual hasta una cantidad máxima, según lo establecido
en la cláusula sexta del presente Convenio.
5. Mantener la página web destinada al Centro Internacional sobre Reservas de la
Biosfera Mediterráneas. Desde la cual se realizarán labores de difusión de las
actuaciones desarrolladas.
6. Editar y distribuir las publicaciones desarrolladas en el marco del presente
Convenio.
7. Difundir la participación y colaboración con el OAPN mediante la inserción de su
logo en cuantos rótulos impresos y catálogos, sellos, propaganda y en cualquier otra
información que se publique o edite en relación con las actuaciones desarrolladas en el
marco del presente Convenio.
Cuarta.
Obligaciones del OAPN.
1. Aportar el oportuno apoyo técnico y su amplia experiencia en relación con el
Programa MaB, las Reservas de la Biosfera y los programas de formación en temas
medioambientales (CENEAM).
2. Aportar el asesoramiento técnico necesario para la definición y ejecución de las
actuaciones que se desarrollen y actividades que se acuerden durante la vigencia del convenio.
3. Financiar los gastos que puedan derivarse de la participación de sus representantes
en la comisión de seguimiento del presente Convenio, así como en el Consejo de
Administración del Acuerdo España-UNESCO sobre Reservas de la biosfera Mediterráneas,
con las partidas ordinarias del Organismo previstas para estas finalidades.
4. Albergar en su sede, cuando se acuerde, la reunión ordinaria de la Comisión de
Seguimiento del Presente Convenio, así como la reunión anual ordinaria del Consejo de
Administración derivado del Acuerdo España UNESCO para el Centro Internacional
auspiciado por la UNESCO sobre Reservas de la Biosfera Mediterráneas, así como las
reuniones extraordinarias que se puedan convocar.
5. Utilizar las instalaciones del CENEAM (centro del OAPN), cuando así se
acuerde, para los cursos y seminarios de formación que se realicen en el marco del
Acuerdo España-UNESCO. En este caso, se llevará a cabo el pertinente expediente
cve: BOE-A-2021-15087
Verificable en https://www.boe.es
El OAPN se compromete a: