III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2021-15080)
Resolución de 7 de septiembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Ceuta, para la incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al Sistema de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de Género.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 222
Jueves 16 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 113451
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
15080
Resolución de 7 de septiembre de 2021, de la Secretaría General Técnica,
por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Ceuta, para la
incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al Sistema de Seguimiento
Integral de los casos de Violencia de Género.
Habiéndose suscrito el 6 de septiembre de 2021 el Convenio entre el Ministerio del
Interior y la Ciudad de Ceuta para la incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al
«Sistema de Seguimiento Integral de los Casos de Violencia de Género», procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo
a esta resolución.
Madrid, 7 de septiembre de 2021.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio
Puigserver Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio del Interior y la Ciudad de Ceuta para la incorporación
del Cuerpo de Policía Local al «Sistema de Seguimiento Integral de los casos de
Violencia de Género»
Madrid, 6 de septiembre de 2021.
REUNIDOS
De una parte, don Rafael Pérez Ruiz, Secretario de Estado de Seguridad del
Ministerio del Interior, por Real Decreto 84/2020, de 17 de enero, al amparo de lo
previsto en el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, y con domicilio a los efectos del presente convenio en la calle
Amador de los Ríos, 2, 28071 de Madrid.
Y, de otra parte, don Alberto Ramón Gaitán Rodríguez, Consejero de Sanidad,
Consumo y Gobernación de la Ciudad de Ceuta, nombrado por Decreto de la
Presidencia, de 12 de febrero de 2021, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.2 del
Estatuto de Autonomía de Ceuta y en el artículo 5.2.c) del Reglamento de Gobierno y los
Servicios de la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta, y con domicilio a los
efectos del presente convenio en la Plaza de África, s/n (51001 Ceuta).
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,
Primero.
Que el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el Estado tiene
competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Asimismo, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, al
Ministerio del Interior.
cve: BOE-A-2021-15080
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 222
Jueves 16 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 113451
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
15080
Resolución de 7 de septiembre de 2021, de la Secretaría General Técnica,
por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Ceuta, para la
incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al Sistema de Seguimiento
Integral de los casos de Violencia de Género.
Habiéndose suscrito el 6 de septiembre de 2021 el Convenio entre el Ministerio del
Interior y la Ciudad de Ceuta para la incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al
«Sistema de Seguimiento Integral de los Casos de Violencia de Género», procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo
a esta resolución.
Madrid, 7 de septiembre de 2021.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio
Puigserver Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio del Interior y la Ciudad de Ceuta para la incorporación
del Cuerpo de Policía Local al «Sistema de Seguimiento Integral de los casos de
Violencia de Género»
Madrid, 6 de septiembre de 2021.
REUNIDOS
De una parte, don Rafael Pérez Ruiz, Secretario de Estado de Seguridad del
Ministerio del Interior, por Real Decreto 84/2020, de 17 de enero, al amparo de lo
previsto en el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, y con domicilio a los efectos del presente convenio en la calle
Amador de los Ríos, 2, 28071 de Madrid.
Y, de otra parte, don Alberto Ramón Gaitán Rodríguez, Consejero de Sanidad,
Consumo y Gobernación de la Ciudad de Ceuta, nombrado por Decreto de la
Presidencia, de 12 de febrero de 2021, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.2 del
Estatuto de Autonomía de Ceuta y en el artículo 5.2.c) del Reglamento de Gobierno y los
Servicios de la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta, y con domicilio a los
efectos del presente convenio en la Plaza de África, s/n (51001 Ceuta).
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,
Primero.
Que el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el Estado tiene
competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Asimismo, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, al
Ministerio del Interior.
cve: BOE-A-2021-15080
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