III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2021-15085)
Resolución de 4 de agosto de 2021, de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, para la realización de las actuaciones recogidas en el proyecto "Acondicionamiento del litoral de Valleseco (Acapulco-El Bloque)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 222

Jueves 16 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 113484

6. Poner a disposición del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, a través del
título que resulte pertinente, y de acuerdo con lo establecido a tales efectos en la
cláusula 5.ª del presente documento, los terrenos o bienes portuarios necesarios para
que pueda asumir las tareas y prestación de servicios a los que se obliga el
Ayuntamiento mediante la suscripción del presente Convenio, así como las
autorizaciones acceso público para ocio, baño y solárium, objeto de las obras a proyectar
y ejecutar.
El Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife se compromete a:
1. Financiar el 100% del coste de ejecución de las obras según el cuadro de
financiación previsto en la estipulación tercera por un importe, sin IGIC, de cuatrocientos
veintiocho mil seiscientos cincuenta y seis euros con veinticuatro céntimos (428.656,24
euros).
2. Financiar el 100% del importe correspondiente a la Dirección Facultativa y la
Coordinación de Seguridad y Salud de las obras, cuyo presupuesto total, sin IGIC,
asciende a la cantidad de dieciocho mil euros (18.000,00 euros).
3. Aportar la documentación relativa al acuerdo adoptado por el órgano municipal
competente por el que se aprueba y autorizan los gastos correspondientes del Convenio.
4. Asumir las posibles certificaciones de revisión de precios, los modificados y
excesos de mediciones hasta las cuantías que legalmente procedan, calculados sobre el
precio primitivo del contrato previa solicitud y justificación de tal/es circunstancias por
parte de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife.
5. Asumir, una vez finalizadas las obras y suscrito el título que sea exigible en virtud
de lo dispuesto en la cláusula 5.ª, las siguientes tareas, prestación de servicios y gastos
asociados correspondientes que a continuación se relacionan, previa obtención, en su
caso, de las autorizaciones que resulten pertinentes para ello:
– El mantenimiento integral de todos los elementos de las obras ejecutadas.
– La limpieza del ámbito objeto de Convenio.
– El servicio de alumbrado y el gasto de suministros eléctricos.
– Los servicios de ducha y de suministro de agua potable.
– El suministro, en su caso, de agua depurada para el riego de jardines.
– El control de la calidad de las aguas de baño y las determinaciones que pudieran
resultar de dicho control.
– El seguimiento del estado de la mar para el uso seguro de las instalaciones y de
socorristas en su caso.
– La seguridad en el ámbito objeto del Convenio.
– Velar por el correcto uso de los espacios y las instalaciones objeto del Convenio y
porque no se produzcan efectos adversos sobre el dominio público adyacente.
– Cualquier otro servicio que se entienda necesario para el correcto funcionamiento
de las instalaciones para el fin perseguido.

Tercera.

Financiación.

La financiación de las actuaciones comprendidas en el Proyecto de
«Acondicionamiento del Litoral de Valleseco (Acapulco-El Bloque). Julio 2020» y de la
Dirección Facultativa y Coordinación de Seguridad y Salud de las mismas será la
siguiente:

cve: BOE-A-2021-15085
Verificable en https://www.boe.es

6. Dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 116/2018, de 30 de julio,
por el que se regulan medidas para la aplicación de las normas e instrucciones para la
seguridad humana y para la coordinación de las emergencias ordinarias y de protección
civil en playas y otras zonas de baño marítimas de la Comunidad Autónoma de Canarias
y a cualquier otra normativa que lo complemente o lo sustituya.