II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-15023)
Resolución de 7 de septiembre de 2021, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Gestión Universitaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 221

Miércoles 15 de septiembre de 2021

Sec. II.B. Pág. 112572

4.4 Las demás actuaciones del Tribunal Calificador, así como las que pueda
adoptar esta Universidad con ocasión del presente proceso selectivo y que no se
encuentren comprendidas en los apartados anteriores, serán objeto de publicación,
exclusivamente, en la página web de la Universidad: http://www.ucm.es/pas-funcionario.
4.5 Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados anteriores, mediante la admisión
de las presentes Bases, los aspirantes al proceso selectivo aceptan que la Universidad
Complutense de Madrid utilice como medio de comunicación con los mismos, a propósito
de los actos y actuaciones relacionados con el presente proceso selectivo, la dirección
de correo electrónico facilitada por el interesado y que haya hecho constar en su solicitud
de admisión al presente procedimiento selectivo.
Tales comunicaciones no surtirán los efectos propios de una notificación a los efectos
jurídicos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas («Boletín Oficial del Estado» de 2 de octubre) y
demás disposiciones vigentes que resulten de aplicación; no obstante, indicarán el lugar
de publicación del acto, el cual sí surtirá los efectos jurídicos de notificación a todos los
efectos.
Quinta.

Requisitos.

Quienes aspiren a ingresar en la Escala objeto de la convocatoria deberán poseer,
en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el
momento de la toma de posesión como funcionario de carrera, los siguientes requisitos
generales y específicos de participación:
5.1

Nacionalidad.

5.2 Capacidad: Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean
necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.
5.3 Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa o de aquella otra que pueda establecerse por ley.
5.4 Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos
Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios, ni pertenecer a la misma Escala a
la que se presenta.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española, deberán acreditar igualmente
no hallarse inhabilitados o en situación equivalente, ni haber sido sometidos a sanción
disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso
al empleo público.

cve: BOE-A-2021-15023
Verificable en https://www.boe.es

5.1.1 Ser español.
5.1.2 Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea.
5.1.3 Ser nacional de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores en los términos en la que ésta se halla definida en el Tratado
Constitutivo de la Comunidad Europea.
5.1.4 El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros
de la Unión Europea, siempre que no esté separado de derecho, sus descendientes y los
descendientes del cónyuge menores de veintiún años o mayores de dicha edad que
vivan a sus expensas, siempre que no estén separados de derecho. Éste último
beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados
cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad
Europea y ratificados por España.