III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-15028)
Resolución de 19 de agosto de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Renault España, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 221

Miércoles 15 de septiembre de 2021

3.1.3

Sec. III. Pág. 113063

Calificación.

La calificación de estas pruebas será únicamente de «apto» o «no apto», siendo
precisa la calificación de «apto» para participar en los concursos-examen.
3.1.4

Validez.

La validez de la calificación de apto será sólo para el concurso convocado.
3.1.5

Responsabilidad.

La responsabilidad de la programación, convocatorias, resolución y calificación de
estas pruebas será competencia del Departamento de Formación y Promoción.
3.2

Pruebas psicotécnicas.

Tienen por finalidad analizar aspectos de aptitudes, personalidad y otras
características profesiográficas requeridas por el perfil del puesto, utilizando las técnicas
adecuadas en cada caso (test, cuestionarios, entrevistas, etc.).
3.2.1

Ámbito de aplicación.

Serán obligatorias en todos los concursos para categorías de no mando a mando. En
el resto de los concursos se limitarán a aquellas plazas en las que el tribunal
correspondiente y el Departamento de Reclutamiento y G. Empleo, de mutuo acuerdo,
consideren necesaria su aplicación.
3.2.2

Calificación.

El dictamen tendrá carácter decisorio en aquellos casos en que no se superen los
niveles críticos marcados previamente, y consultivo en el resto.
3.2.3

Responsabilidad.

La definición, realización y dictamen final de estas pruebas, por su carácter técnico,
será competencia del personal cualificado del Departamento de Reclutamiento y G.
Empleo.
El tribunal tendrá participación, con voz y voto, en las reuniones de grupo.
3.3

Pruebas teórico-prácticas.

Este examen consistirá en la teoría aplicada y en el grado de conocimientos que
fuera necesario para desempeñar la plaza convocada.
3.3.1

Ámbito de aplicación.

3.3.2

Calificación.

La calificación de estas pruebas será únicamente de «apto» o «no apto», siendo
precisa la calificación de «apto» para participar en los concursos-examen.
3.3.3

Validez.

Su validez se limitará al concurso para el que se realiza.

cve: BOE-A-2021-15028
Verificable en https://www.boe.es

Estas pruebas se aplicarán exclusivamente para las plazas correspondientes al
Grupo Obrero.
Estas pruebas son convalidadas por el sistema previsto en el apartado I.–4.1.4. para
quienes estén en posesión de los títulos o realizado los cursos incluidos en la «Escala de
Convalidaciones» (Ver I.–4.1.1).