I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Circulación. Medidas especiales. (BOE-A-2021-14915)
Resolución INT/2663/2021, de 25 de agosto, por la que se modifica la Resolución INT/332/2021, de 8 de febrero, por la que se establecen las restricciones a la circulación durante el año 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 220
Martes 14 de septiembre de 2021
Sec. I. Pág. 112033
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
14915
Resolución INT/2663/2021, de 25 de agosto, por la que se modifica la
Resolución INT/332/2021, de 8 de febrero, por la que se establecen las
restricciones a la circulación durante el año 2021.
El Servicio Catalán de Tráfico, organismo autónomo de carácter administrativo
creado por la Ley 14/1997, de 24 de diciembre, y adscrito al Departamento de Interior, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.2 del Decreto 320/2011, de 19 de abril, de
reestructuración del Departamento de Interior, tiene atribuidas, conjuntamente con otros
órganos del Departamento, las funciones de gestión y control del tráfico en las vías
interurbanas y en las travesías, así como la adopción de las disposiciones necesarias
para garantizar la seguridad vial, la movilidad y la fluidez del tráfico en toda la red viaria.
Mediante la Resolución INT/332/2021, de 8 de febrero (DOGC núm. 8340, de 12-2-2021),
se establecieron las restricciones a la circulación durante el año 2021.
Esta Resolución, en el punto 1.1.2 del anexo, incluye las restricciones específicas en
determinadas vías, y en el punto 1.1.2.3 dispone las aplicables específicamente en las
carreteras N-II, N-240 y N-340.
En referencia a la carretera N-240, el punto 1.1.2.3.b) del anexo de la Resolución
citada establece que la restricción abarca desde el PK 69, en Les Borges Blanques,
hasta el PK 36,5, en Montblanc. La determinación del punto inicial de esta restricción por
el lado oeste, es decir, el PK 69, en Les Borges Blanques, obedeció al hecho de que el
régimen de las bonificaciones de los peajes en la ruta alternativa preferente que es la
autopista AP-2, fue aplicado en el tramo de esta vía comprendido entre las salidas 6, en
Lleida, y 9, en Montblanc. Sin embargo, la previsión inicial de la restricción era la de
establecer el límite a la altura del PK 87,4, punto de cruce con la carretera C-13, variante
sur de Lleida, combinado con la bonificación de los peajes en la AP-2 desde la salida
número 5, en Soses.
Considerando la finalización del plazo del régimen de concesión de las autopistas
el 31 de agosto de 2021 y la consiguiente eliminación de los peajes y del régimen de
bonificaciones existente, ya no concurren los motivos para mantener el inicio de la
restricción en el PK 69, en Les Borges Blanques, y, por lo tanto, resulta más oportuno
establecerlo, de acuerdo con la previsión inicial, en el PK 87,4, en Lleida.
Por todo ello, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 14/1997, de 24
de diciembre, de creación del Servicio Catalán de Tráfico, en uso de las atribuciones que
me confiere el artículo 4.c) de la Resolución INT/741/2011, de 17 de marzo, de
delegación de competencias del consejero de Interior en varios órganos del
Departamento, resuelvo:
«Apartado 1.1.2.3.b).
"b) Por la carretera N-240 desde el PK 87,4, en Lleida, al PK 36,5, en
Montblanc, en ambos sentidos, por lo que los vehículos afectados por esta
cve: BOE-A-2021-14915
Verificable en https://www.boe.es
1. Modificar el apartado 1.1.2.3.b) del anexo de la Resolución INT/332/2021, de 8 de
febrero, por la que se establecen las restricciones a la circulación durante el año 2021, que
queda redactado según se detalla a continuación:
Núm. 220
Martes 14 de septiembre de 2021
Sec. I. Pág. 112033
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
14915
Resolución INT/2663/2021, de 25 de agosto, por la que se modifica la
Resolución INT/332/2021, de 8 de febrero, por la que se establecen las
restricciones a la circulación durante el año 2021.
El Servicio Catalán de Tráfico, organismo autónomo de carácter administrativo
creado por la Ley 14/1997, de 24 de diciembre, y adscrito al Departamento de Interior, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.2 del Decreto 320/2011, de 19 de abril, de
reestructuración del Departamento de Interior, tiene atribuidas, conjuntamente con otros
órganos del Departamento, las funciones de gestión y control del tráfico en las vías
interurbanas y en las travesías, así como la adopción de las disposiciones necesarias
para garantizar la seguridad vial, la movilidad y la fluidez del tráfico en toda la red viaria.
Mediante la Resolución INT/332/2021, de 8 de febrero (DOGC núm. 8340, de 12-2-2021),
se establecieron las restricciones a la circulación durante el año 2021.
Esta Resolución, en el punto 1.1.2 del anexo, incluye las restricciones específicas en
determinadas vías, y en el punto 1.1.2.3 dispone las aplicables específicamente en las
carreteras N-II, N-240 y N-340.
En referencia a la carretera N-240, el punto 1.1.2.3.b) del anexo de la Resolución
citada establece que la restricción abarca desde el PK 69, en Les Borges Blanques,
hasta el PK 36,5, en Montblanc. La determinación del punto inicial de esta restricción por
el lado oeste, es decir, el PK 69, en Les Borges Blanques, obedeció al hecho de que el
régimen de las bonificaciones de los peajes en la ruta alternativa preferente que es la
autopista AP-2, fue aplicado en el tramo de esta vía comprendido entre las salidas 6, en
Lleida, y 9, en Montblanc. Sin embargo, la previsión inicial de la restricción era la de
establecer el límite a la altura del PK 87,4, punto de cruce con la carretera C-13, variante
sur de Lleida, combinado con la bonificación de los peajes en la AP-2 desde la salida
número 5, en Soses.
Considerando la finalización del plazo del régimen de concesión de las autopistas
el 31 de agosto de 2021 y la consiguiente eliminación de los peajes y del régimen de
bonificaciones existente, ya no concurren los motivos para mantener el inicio de la
restricción en el PK 69, en Les Borges Blanques, y, por lo tanto, resulta más oportuno
establecerlo, de acuerdo con la previsión inicial, en el PK 87,4, en Lleida.
Por todo ello, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 14/1997, de 24
de diciembre, de creación del Servicio Catalán de Tráfico, en uso de las atribuciones que
me confiere el artículo 4.c) de la Resolución INT/741/2011, de 17 de marzo, de
delegación de competencias del consejero de Interior en varios órganos del
Departamento, resuelvo:
«Apartado 1.1.2.3.b).
"b) Por la carretera N-240 desde el PK 87,4, en Lleida, al PK 36,5, en
Montblanc, en ambos sentidos, por lo que los vehículos afectados por esta
cve: BOE-A-2021-14915
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1. Modificar el apartado 1.1.2.3.b) del anexo de la Resolución INT/332/2021, de 8 de
febrero, por la que se establecen las restricciones a la circulación durante el año 2021, que
queda redactado según se detalla a continuación: