II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública. (BOE-A-2021-14926)
Resolución de 9 de septiembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 220
Martes 14 de septiembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 112060
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que
están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del
correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los
aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el
ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho
Comunitario
5.
Requisitos específicos para el acceso por promoción interna
Los aspirantes que concurran a la convocatoria de acceso por promoción interna
deberán cumplir, al finalizar el plazo de presentación de instancias, los siguientes
requisitos:
5.1 Aspirantes que concurran a la convocatoria de acceso por promoción interna
como funcionarios:
a) Pertenecer como funcionario de carrera, excepto los suspensos, a alguno de los
Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del subgrupo A2, salvo que
se encuentren en servicio activo en otra Administración Pública por haber obtenido
puesto en la misma por procedimientos de provisión previstos en el TREBEP, o a
Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al subgrupo A2, o a Cuerpos o
Escalas del subgrupo A2 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del
texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público con destino definitivo, estos
últimos, en la Administración General del Estado.
b) Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario
de carrera en los Cuerpos o Escalas del subgrupo A2 mencionados en el apartado a) y
en los términos previstos en dicho apartado.
a) Pertenecer como personal laboral fijo al grupo y especialidad 1G-Arquitectos
del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del
Estado. También podrá participar el personal laboral fijo (excluido el personal laboral
indefinido no fijo) que pertenezca a una categoría y grupo profesional equivalentes de
otros convenios de Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho
público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración
General del Estado y desarrollando funciones coincidentes con las propias de los
arquitectos.
b) Haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años, como personal
laboral fijo (excluido el tiempo como personal laboral indefinido no fijo) en puestos que
hayan sido encuadrados en el grupo y especialidad 1G-Arquitectos del IV Convenio
colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado vigente.
También podrá participar el personal laboral fijo que haya prestado servicios efectivos
durante al menos dos años (excluido el tiempo como personal laboral indefinido no fijo)
en una categoría y grupo profesional equivalentes de otros convenios de Organismos
Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica
propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y
desarrollando funciones coincidentes con las propias de los arquitectos.
6. Acceso de personas con discapacidad
6.1 Quienes opten a las plazas reservadas para las personas con discapacidad
deberán acreditar que cuentan con un grado de discapacidad igual o superior al 33
por 100 y habrán de expresarlo en el formulario de solicitud de participación en el
proceso selectivo.
cve: BOE-A-2021-14926
Verificable en https://www.boe.es
5.2 Aspirantes que concurran a la convocatoria de acceso por promoción interna
como personal laboral fijo:
Núm. 220
Martes 14 de septiembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 112060
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que
están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del
correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los
aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el
ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho
Comunitario
5.
Requisitos específicos para el acceso por promoción interna
Los aspirantes que concurran a la convocatoria de acceso por promoción interna
deberán cumplir, al finalizar el plazo de presentación de instancias, los siguientes
requisitos:
5.1 Aspirantes que concurran a la convocatoria de acceso por promoción interna
como funcionarios:
a) Pertenecer como funcionario de carrera, excepto los suspensos, a alguno de los
Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del subgrupo A2, salvo que
se encuentren en servicio activo en otra Administración Pública por haber obtenido
puesto en la misma por procedimientos de provisión previstos en el TREBEP, o a
Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al subgrupo A2, o a Cuerpos o
Escalas del subgrupo A2 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del
texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público con destino definitivo, estos
últimos, en la Administración General del Estado.
b) Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario
de carrera en los Cuerpos o Escalas del subgrupo A2 mencionados en el apartado a) y
en los términos previstos en dicho apartado.
a) Pertenecer como personal laboral fijo al grupo y especialidad 1G-Arquitectos
del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del
Estado. También podrá participar el personal laboral fijo (excluido el personal laboral
indefinido no fijo) que pertenezca a una categoría y grupo profesional equivalentes de
otros convenios de Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho
público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración
General del Estado y desarrollando funciones coincidentes con las propias de los
arquitectos.
b) Haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años, como personal
laboral fijo (excluido el tiempo como personal laboral indefinido no fijo) en puestos que
hayan sido encuadrados en el grupo y especialidad 1G-Arquitectos del IV Convenio
colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado vigente.
También podrá participar el personal laboral fijo que haya prestado servicios efectivos
durante al menos dos años (excluido el tiempo como personal laboral indefinido no fijo)
en una categoría y grupo profesional equivalentes de otros convenios de Organismos
Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica
propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y
desarrollando funciones coincidentes con las propias de los arquitectos.
6. Acceso de personas con discapacidad
6.1 Quienes opten a las plazas reservadas para las personas con discapacidad
deberán acreditar que cuentan con un grado de discapacidad igual o superior al 33
por 100 y habrán de expresarlo en el formulario de solicitud de participación en el
proceso selectivo.
cve: BOE-A-2021-14926
Verificable en https://www.boe.es
5.2 Aspirantes que concurran a la convocatoria de acceso por promoción interna
como personal laboral fijo: