III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Convenios. (BOE-A-2021-14966)
Resolución de 6 de septiembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Europea de Madrid, la Universidad Europea de Valencia y la Universidad Europea de Canarias, para la realización de prácticas académicas de los alumnos del Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y enseñanzas de Idiomas, en los centros educativos dependientes del Ministerio en Melilla.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 220

Martes 14 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 112330

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
14966

Resolución de 6 de septiembre de 2021, de la Secretaría General Técnica,
por la que se publica el Convenio con la Universidad Europea de Madrid, la
Universidad Europea de Valencia y la Universidad Europea de Canarias, para
la realización de prácticas académicas de los alumnos del Máster
Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria
Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y enseñanzas de Idiomas,
en los centros educativos dependientes del Ministerio en Melilla.

El Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Universidad Europea de
Madrid, la Universidad Europea de Valencia y la Universidad Europea de Canarias han
suscrito, con fecha 3 de septiembre de 2021, un Convenio para la realización de
prácticas académicas de los alumnos universitarios del Máster Universitario en
Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato,
Formación Profesional y enseñanzas de Idiomas, en los centros educativos
dependientes del Ministerio en Melilla, por lo que conforme a lo previsto en el
artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector
Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del Sector Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» de dicho convenio, que figura como Anexo a esta resolución.
Madrid, 6 de septiembre de 2021.–El Secretario General Técnico, Liborio López
García.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la
Universidad Europea de Madrid, la Universidad Europea de Valencia y la
Universidad Europea de Canarias para la realización de prácticas académicas de
los alumnos universitarios del Máster Universitario en Formación del Profesorado
de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y
enseñanzas de Idiomas, en los centros educativos dependientes del Ministerio en
Melilla

– Universidad Europea de Madrid, SAU, provista de NIF número A-79122305 y con
domicilio en calle Tajo, s/n, 28670 Villaviciosa de Odón, Madrid, entidad titular de la
Universidad Europea de Madrid («UEM»).
– Universidad Europea de Valencia, SLU, provista de NIF número B-97934467 y con
domicilio en paseo de la Alameda, 7, 46010 Valencia, entidad titular de la Universidad
Europea de Valencia («UEV»).
– Universidad Europea de Canarias, SLU, provista de NIF número B-57257263 y con
domicilio en calle Inocencio García Feo, 1, 38300 La Orotava, Tenerife, entidad titular de
la Universidad Europea de Canarias («UEC»).

cve: BOE-A-2021-14966
Verificable en https://www.boe.es

De una parte, el Ministerio de Educación y Formación Profesional, representado en
este acto por el Director Provincial del Ministerio de Educación y Formación Profesional
en Melilla, don Juan Ángel Berbel Galera, nombrado el 9 de julio de 2018, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 15.1.a) de la Orden EFP/43/2021, de 21 de enero, sobre fijación
de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación
de competencias.
Y de otra: