II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Funcionarios de los Subgrupos A1 y A2. (BOE-A-2021-14850)
Resolución de 1 de septiembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 13 de septiembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 111190
los modelos publicados como Anexos a esta resolución, y se presentarán en el plazo de
quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Las instancias se presentarán a través del Portal FUNCIONA, en el Espacio SIGPMis servicios de RRHH (SIGP)-Concurso de méritos-Solicitud de concurso de méritos,
siendo imprescindible la acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o
certificación de la FNMT), sin perjuicio de lo indicado en esta base. Toda la
documentación que deba ser aportada para acreditar los méritos o circunstancias
personales deberá presentarse escaneada y adjuntada a la solicitud telemática junto con
los anexos correspondientes.
Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una
instancia sólo se atenderá a la presentada en último lugar, quedando anuladas las
anteriores.
En el caso de que la persona concursante no pueda acceder en su puesto de trabajo
a estos medios, lo pondrá en conocimiento de la Unidad de personal del Ministerio u
Organismo donde presta servicios, la cual le deberá facilitar dicho acceso. Si ello no
resultara posible por causas técnicas o de otra índole, esta Unidad de personal informará
a la persona concursante que la instancia la puede presentar cumplimentando el anexo
III que aparece publicado en la página web: www.oepm.es y dirigirlo a dicha Unidad de
personal, la cual asumirá la tramitación de la solicitud. En todo caso, se garantiza el
derecho de las personas concursantes a presentar su solicitud de participación en el
concurso.
Los funcionarios y las funcionarias que se encuentran en situaciones distintas a la de
servicio activo o que no presten servicios en la Administración General del Estado, que
no pudieran realizar electrónicamente su solicitud, podrán presentarla, con carácter
excepcional, en tanto se habilite esta posibilidad, en los registros a que se refiere el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
La forma de presentación no telemática o a través de las unidades de personal será
admitida en los casos expresamente previstos en esta base. En ningún caso, podrá
presentarse de forma no electrónica una solicitud complementaria de una solicitud
electrónica.
Las personas concursantes deberán unir a su solicitud cuantos documentos hayan
de ser tenidos en cuenta.
La solicitud a presentar consistirá en los siguientes anexos:
– Anexo II. Certificado de méritos, expedido por el órgano competente en materia de
gestión de personal (salvo en el supuesto de funcionarios y funcionarias destinados en
este Departamento, que no será necesaria su presentación).
– Anexo III. Solicitud de participación.
– Anexo IV. Consentimiento del familiar dependiente para realizar consultas al
sistema de verificación de datos de residencia (conciliación por cuidado de familiar).
– Anexo V. Consentimiento y modelo de información básico y adicional para la
obtención de datos y consulta de información.
– Anexo VI. Certificado de méritos específicos.
2. Los funcionarios y las funcionarias con alguna discapacidad podrán pedir la
adaptación del puesto o de los puestos de trabajo correspondientes. A la solicitud se
deberá acompañar un informe expedido por el órgano competente en la materia, que
acredite la procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las
funciones que tenga atribuido el puesto o los puestos solicitados. La compatibilidad con
el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo se valorará teniendo en
cuenta las adaptaciones que se puedan realizar en él.
3. En el supuesto de estar interesadas en las vacantes que se anuncien en un
determinado concurso, para un mismo municipio, dos personas que reúnan los requisitos
exigidos, podrán condicionar todos o parte de los puestos que incluyen en sus
cve: BOE-A-2021-14850
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 219
Lunes 13 de septiembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 111190
los modelos publicados como Anexos a esta resolución, y se presentarán en el plazo de
quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Las instancias se presentarán a través del Portal FUNCIONA, en el Espacio SIGPMis servicios de RRHH (SIGP)-Concurso de méritos-Solicitud de concurso de méritos,
siendo imprescindible la acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o
certificación de la FNMT), sin perjuicio de lo indicado en esta base. Toda la
documentación que deba ser aportada para acreditar los méritos o circunstancias
personales deberá presentarse escaneada y adjuntada a la solicitud telemática junto con
los anexos correspondientes.
Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una
instancia sólo se atenderá a la presentada en último lugar, quedando anuladas las
anteriores.
En el caso de que la persona concursante no pueda acceder en su puesto de trabajo
a estos medios, lo pondrá en conocimiento de la Unidad de personal del Ministerio u
Organismo donde presta servicios, la cual le deberá facilitar dicho acceso. Si ello no
resultara posible por causas técnicas o de otra índole, esta Unidad de personal informará
a la persona concursante que la instancia la puede presentar cumplimentando el anexo
III que aparece publicado en la página web: www.oepm.es y dirigirlo a dicha Unidad de
personal, la cual asumirá la tramitación de la solicitud. En todo caso, se garantiza el
derecho de las personas concursantes a presentar su solicitud de participación en el
concurso.
Los funcionarios y las funcionarias que se encuentran en situaciones distintas a la de
servicio activo o que no presten servicios en la Administración General del Estado, que
no pudieran realizar electrónicamente su solicitud, podrán presentarla, con carácter
excepcional, en tanto se habilite esta posibilidad, en los registros a que se refiere el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
La forma de presentación no telemática o a través de las unidades de personal será
admitida en los casos expresamente previstos en esta base. En ningún caso, podrá
presentarse de forma no electrónica una solicitud complementaria de una solicitud
electrónica.
Las personas concursantes deberán unir a su solicitud cuantos documentos hayan
de ser tenidos en cuenta.
La solicitud a presentar consistirá en los siguientes anexos:
– Anexo II. Certificado de méritos, expedido por el órgano competente en materia de
gestión de personal (salvo en el supuesto de funcionarios y funcionarias destinados en
este Departamento, que no será necesaria su presentación).
– Anexo III. Solicitud de participación.
– Anexo IV. Consentimiento del familiar dependiente para realizar consultas al
sistema de verificación de datos de residencia (conciliación por cuidado de familiar).
– Anexo V. Consentimiento y modelo de información básico y adicional para la
obtención de datos y consulta de información.
– Anexo VI. Certificado de méritos específicos.
2. Los funcionarios y las funcionarias con alguna discapacidad podrán pedir la
adaptación del puesto o de los puestos de trabajo correspondientes. A la solicitud se
deberá acompañar un informe expedido por el órgano competente en la materia, que
acredite la procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las
funciones que tenga atribuido el puesto o los puestos solicitados. La compatibilidad con
el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo se valorará teniendo en
cuenta las adaptaciones que se puedan realizar en él.
3. En el supuesto de estar interesadas en las vacantes que se anuncien en un
determinado concurso, para un mismo municipio, dos personas que reúnan los requisitos
exigidos, podrán condicionar todos o parte de los puestos que incluyen en sus
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Núm. 219