II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. Destinos. (BOE-A-2021-14832)
Resolución de 1 de septiembre de 2021, de la Dirección General de la Oficina Judicial y Fiscal, de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superó las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/764/2019, de 10 de julio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 219
Lunes 13 de septiembre de 2021
Sec. II.A. Pág. 111103
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA
14832
Resolución de 1 de septiembre de 2021, de la Dirección General de la Oficina
Judicial y Fiscal, de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y
Administración Local, por la que se otorga destino al personal funcionario del
Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia,
turno libre, que superó las pruebas selectivas convocadas por Orden
JUS/764/2019, de 10 de julio.
De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso,
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal funcionario al
servicio de la Administración de Justicia ha resuelto adjudicar destinos en los órganos
judiciales y fiscales que se relacionan en anexo I a los funcionarios del Cuerpo de
Gestión Procesal y Administrativa (turno libre), nombrados funcionarios de carrera del
Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa por Orden de 1 de septiembre de 2021,
teniendo en cuenta lo siguiente:
Primero.
Los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la
Administración de Justicia a los que se les otorga destino, deberán tomar posesión de su
cargo ante el responsable del Servicio de Personal de la Delegación Territorial de la
Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local de la provincia
donde se encuentre el destino adjudicado dentro del plazo de veinte días hábiles
contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial
del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado Real Decreto, y en
el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, para lo cual deberán obrar con suficiente
antelación en dichas Delegaciones Territoriales los documentos F1R, que habrán sido
remitidos, por cuadruplicado ejemplar, previamente por la Delegación Territorial que
corresponda.
Los funcionarios destinados en virtud de esta Resolución, que pertenezcan ya al
Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial y que opten por
continuar en activo en alguno de dichos Cuerpos, no será necesario que se desplacen a
tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de
toma de posesión señalado en el apartado primero, comuniquen, en su caso, a la
Delegación Territorial correspondiente, a los efectos de declaración de excedencia
voluntaria prevista en el artículo 506.d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del
Poder Judicial. Copia de la Resolución por la que se le declara en situación de
excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de Personal de la Subdirección
General de Medios Personales al servicio de la Administración de Justicia.
Tercero.
En caso de que los funcionarios optaren por ingresar en el Cuerpo de Gestión
Procesal y Administrativa y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios
cve: BOE-A-2021-14832
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.
Núm. 219
Lunes 13 de septiembre de 2021
Sec. II.A. Pág. 111103
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA
14832
Resolución de 1 de septiembre de 2021, de la Dirección General de la Oficina
Judicial y Fiscal, de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y
Administración Local, por la que se otorga destino al personal funcionario del
Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia,
turno libre, que superó las pruebas selectivas convocadas por Orden
JUS/764/2019, de 10 de julio.
De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso,
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal funcionario al
servicio de la Administración de Justicia ha resuelto adjudicar destinos en los órganos
judiciales y fiscales que se relacionan en anexo I a los funcionarios del Cuerpo de
Gestión Procesal y Administrativa (turno libre), nombrados funcionarios de carrera del
Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa por Orden de 1 de septiembre de 2021,
teniendo en cuenta lo siguiente:
Primero.
Los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la
Administración de Justicia a los que se les otorga destino, deberán tomar posesión de su
cargo ante el responsable del Servicio de Personal de la Delegación Territorial de la
Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local de la provincia
donde se encuentre el destino adjudicado dentro del plazo de veinte días hábiles
contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial
del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado Real Decreto, y en
el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, para lo cual deberán obrar con suficiente
antelación en dichas Delegaciones Territoriales los documentos F1R, que habrán sido
remitidos, por cuadruplicado ejemplar, previamente por la Delegación Territorial que
corresponda.
Los funcionarios destinados en virtud de esta Resolución, que pertenezcan ya al
Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial y que opten por
continuar en activo en alguno de dichos Cuerpos, no será necesario que se desplacen a
tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de
toma de posesión señalado en el apartado primero, comuniquen, en su caso, a la
Delegación Territorial correspondiente, a los efectos de declaración de excedencia
voluntaria prevista en el artículo 506.d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del
Poder Judicial. Copia de la Resolución por la que se le declara en situación de
excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de Personal de la Subdirección
General de Medios Personales al servicio de la Administración de Justicia.
Tercero.
En caso de que los funcionarios optaren por ingresar en el Cuerpo de Gestión
Procesal y Administrativa y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios
cve: BOE-A-2021-14832
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.