II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE JUSTICIA. Destinos. (BOE-A-2021-14828)
Orden JUS/953/2021, de 1 de septiembre, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superó las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/764/2019, de 10 de julio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 219
Lunes 13 de septiembre de 2021
Sec. II.A. Pág. 111056
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE JUSTICIA
14828
Orden JUS/953/2021, de 1 de septiembre, por la que se otorga destino al
personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la
Administración de Justicia, turno libre, que superó las pruebas selectivas
convocadas por Orden JUS/764/2019, de 10 de julio.
De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del
Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de
Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal
Funcionario al servicio de la Administración de Justicia ha resuelto adjudicar destinos en
los órganos judiciales y fiscales que se relacionan en anexo I a los funcionarios del
Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa (turno libre), nombrados funcionarios de
carrera del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa por Orden de 1 de septiembre
de 2021, teniendo en cuenta lo siguiente:
Primero.
Los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la
Administración de Justicia a los que se les otorga destino, deberán tomar posesión de su
cargo ante el responsable del órgano judicial o fiscal de destino dentro del plazo de
veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta Orden en el
«Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado
Real Decreto, y en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para lo cual deberán obrar con
suficiente antelación en dichos órganos judiciales los documentos F1R, que habrán sido
remitidos, por cuadruplicado ejemplar, previamente por la Gerencia Territorial que
corresponda.
Los funcionarios destinados en virtud de esta Orden, que pertenezcan ya al Cuerpo
de Tramitación Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial y que opten por continuar en
activo en alguno de dichos Cuerpos, no será necesario que se desplacen a tomar
posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de
posesión señalado en el apartado primero, comuniquen, en su caso, a la Gerencia
Territorial correspondiente o al órgano competente de las Comunidades Autónomas con
traspasos recibidos dicha opción, a los efectos de declaración de excedencia voluntaria
prevista en el artículo 506.d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Copia de la Resolución por la que se le declara en situación de excedencia voluntaria
será remitida al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Medios
Personales al servicio de la Administración de Justicia.
Tercero.
En caso de que los funcionarios optaren por ingresar en el Cuerpo de Gestión
Procesal y Administrativa y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios
en la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo
indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar de la Gerencia
Territorial correspondiente a su destino como funcionarios del Cuerpo de Tramitación
cve: BOE-A-2021-14828
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.
Núm. 219
Lunes 13 de septiembre de 2021
Sec. II.A. Pág. 111056
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE JUSTICIA
14828
Orden JUS/953/2021, de 1 de septiembre, por la que se otorga destino al
personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la
Administración de Justicia, turno libre, que superó las pruebas selectivas
convocadas por Orden JUS/764/2019, de 10 de julio.
De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del
Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de
Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal
Funcionario al servicio de la Administración de Justicia ha resuelto adjudicar destinos en
los órganos judiciales y fiscales que se relacionan en anexo I a los funcionarios del
Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa (turno libre), nombrados funcionarios de
carrera del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa por Orden de 1 de septiembre
de 2021, teniendo en cuenta lo siguiente:
Primero.
Los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la
Administración de Justicia a los que se les otorga destino, deberán tomar posesión de su
cargo ante el responsable del órgano judicial o fiscal de destino dentro del plazo de
veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta Orden en el
«Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado
Real Decreto, y en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para lo cual deberán obrar con
suficiente antelación en dichos órganos judiciales los documentos F1R, que habrán sido
remitidos, por cuadruplicado ejemplar, previamente por la Gerencia Territorial que
corresponda.
Los funcionarios destinados en virtud de esta Orden, que pertenezcan ya al Cuerpo
de Tramitación Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial y que opten por continuar en
activo en alguno de dichos Cuerpos, no será necesario que se desplacen a tomar
posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de
posesión señalado en el apartado primero, comuniquen, en su caso, a la Gerencia
Territorial correspondiente o al órgano competente de las Comunidades Autónomas con
traspasos recibidos dicha opción, a los efectos de declaración de excedencia voluntaria
prevista en el artículo 506.d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Copia de la Resolución por la que se le declara en situación de excedencia voluntaria
será remitida al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Medios
Personales al servicio de la Administración de Justicia.
Tercero.
En caso de que los funcionarios optaren por ingresar en el Cuerpo de Gestión
Procesal y Administrativa y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios
en la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo
indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar de la Gerencia
Territorial correspondiente a su destino como funcionarios del Cuerpo de Tramitación
cve: BOE-A-2021-14828
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Segundo.