III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14785)
Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe Anual de la Comunidad Autónoma de La Rioja, ejercicio 2018.
181 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 10 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 109995

consecuente integración en uno o en otro sector público. En tanto esta situación no se alcance, el
criterio seguido en los informes anuales de fiscalización es el de considerar, transitoriamente, a
dicha Entidad dentro del sector público de la CAR, en línea con el criterio de adscripción llevado a
cabo por la IGAE como integrante del sector Administraciones Públicas y su consiguiente
consideración a efectos del cálculo y determinación del cumplimiento del objetivo de estabilidad
presupuestaria de la Comunidad.
Por lo que se refiere al CEIS, cuyo objeto es la prestación en régimen de gestión directa del
servicio de extinción de incendios, salvamento y protección civil, a pesar de que en 2017 se han
modificado sus estatutos, declarando la adscripción del mismo a la CAR con sujeción al régimen
de presupuestación, contabilidad y control de la CAR; se ha verificado que el régimen
presupuestario y contable aplicado por el Consorcio en dicho año ha sido el establecido en la
legislación de régimen local al haber seguido el PGCP adaptado a la Administración Local,
aprobado por la O. HAP/1781/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la instrucción del
modelo normal de contabilidad local y la O. HAP/419/2014, de 14 de marzo, por la que se modifica
la O. EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, que aprueba la estructura de los presupuestos de las
entidades locales.
Sobre la adecuación de la ADER como entidad empresarial debe significarse que la Ley 3/2003,
de 3 de marzo, recoge en la regulación de estas personificaciones jurídicas, en el Capítulo tercero
de su Título II, que son organismos públicos a los que se encomienda la realización de actividades
prestacionales, la gestión de servicios o la producción de bienes de interés público susceptibles de
contraprestación, precisando que excepcionalmente, se les podrá encomendar mediante Ley de
creación, la realización de actuaciones de fomento siempre y cuando las mismas se consideren
accesorias de las funciones y competencias principales atribuidas a la Entidad. Como se viene
señalando en fiscalizaciones anteriores, dado que la ADER tiene como actividad principal el
fomento de la actividad económica de La Rioja, que se materializa en la gestión de diferentes
líneas de subvenciones, debe concluirse que la Agencia no es asimilable al ámbito funcional
establecido por la Ley 3/2003 para las entidades públicas empresariales. De hecho, el régimen
contable aplicado por la Agencia es el de la contabilidad pública y su presupuesto de gastos tiene
carácter limitativo.
Por otro lado, las obligaciones reconocidas en el ejercicio ascienden a 27.551 miles de euros
frente a unos créditos definitivos de 89.380 miles de euros, siendo de señalar, tal como se viene
reiterando en ejercicios anteriores, el bajo grado de ejecución del presupuesto de gastos de la
entidad (31 %), por lo que debería corregirse esta falta de representatividad de los créditos
aprobados aplicando para aquellas operaciones con alcance plurianual, como son las
subvenciones o ayudas de la Agencia a proyectos de inversión cuyo periodo de maduración o
ejecución supera el año natural, las normas de gestión presupuestaria establecidas
recurrentemente en las LP de la CA relativas a la asunción de compromisos de gastos de carácter
plurianual, que posibilitan anualizar las ayudas conforme al programa de realización de la
inversión subvencionable, lo que permitiría la adecuación de los créditos presupuestarios a la
ejecución real de los proyectos subvencionados.
II.4.2. Cuenta General de las empresas públicas de la Comunidad Autónoma
El sector empresarial de la CA estaba integrado en el ejercicio fiscalizado por tres sociedades
públicas, cuya relación nominal así como el detalle de los objetos sociales y los años de

cve: BOE-A-2021-14785
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 217