III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14784)
Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe Anual de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 217

Viernes 10 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 109715

II.3. CONTROL INTERNO
II.3.1. Control atribuido a la Intervención General de la Comunidad Autónoma
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 91 del TRLHRM, la Intervención General de la CA es el
órgano encargado del control interno de la gestión económica y financiera del sector público de la
CARM. Este control se ejerce mediante la función interventora y el control financiero.
El marco normativo en esta materia se completa con el D. 161/1999, de 30 de diciembre, por el
que se desarrolla el régimen de control interno ejercido por la Intervención General de la CARM y
diversas circulares e instrucciones dictadas por la Intervención.
A) Función Interventora
El modelo de función interventora en la Administración Regional consiste en la aplicación de la
fiscalización previa plena de los gastos, con algunas excepciones en las que se aplica la
fiscalización previa limitada, no estando sometidos a intervención previa los gastos de material no
inventariable, contratos menores, los de carácter periódico y los demás de tracto sucesivo, una
vez intervenido el gasto correspondiente al periodo inicial del acto o contrato del que deriven o sus
modificaciones. Tampoco están sometidos a fiscalización previa los gastos menores a 4.507,59
euros que se realicen con cargo a fondos librados a justificar, cuando los servicios o prestaciones
a que se refieran hayan tenido o vayan a tener lugar en territorio extranjero, así como los
realizados a través del sistema de anticipos de caja fija.
Asimismo, se ha sustituido la intervención previa de los derechos y las subvenciones nominativas
por la inherente a la toma de razón en contabilidad, estableciéndose actuaciones comprobatorias
posteriores.
Según lo establecido en los arts. 16 y 17 del D. 161/1999, de 30 de diciembre, si la Intervención, al
realizar la fiscalización o intervención, se manifestase en desacuerdo con el fondo o con la forma
de los actos, documentos o expedientes examinados deberá formular sus reparos por escrito.
Dichos reparos deberán ser motivados con razonamientos fundados en las normas en las que se
apoye el criterio sustentado. Durante el ejercicio 2018 la Intervención General ha formulado un
total de 25 reparos, como consecuencia de infracciones detectadas principalmente por falta de
crédito adecuado y suficiente en la autorización del gasto, así como por no haberse acreditado la
inexistencia de deudas tributarias con la CARM en las fases de compromiso y reconocimiento de
las obligaciones. A nivel orgánico, 23 reparos procedieron de la Consejería de Empleo,
Universidades y Empresa, otro de la Consejería de Turismo y Cultura y finalmente uno más del
Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF).

Por otra parte, el art. 33 D. 161/1999, regula la omisión de fiscalización previa en el caso de que
fuera preceptiva, obligando a la subsanación como requisito previo para reconocer la obligación y
tramitar el pago. En estos casos, si el Interventor General o los Interventores delegados
observaran dicha omisión, lo manifestarán a la autoridad que hubiera iniciado aquel y emitirán al
mismo tiempo su opinión respecto de la propuesta, a fin de que, el titular de la Consejería pueda
someter lo actuado a la decisión del Consejo de Gobierno. En cumplimiento de lo establecido en
este artículo, en 2018 se resolvieron seis expedientes de convalidación de la omisión de la
fiscalización previa.

cve: BOE-A-2021-14784
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Respecto al importe de los mismos, los reparos afectaron a una cuantía total de 5.334 miles de
euros, aunque el 84 % de dicho importe se concentró en dos reparos, que pusieron de manifiesto
el establecimiento de criterios de valoración en dos convocatorias no conformes a los recogidos
en las bases reguladoras de unas subvenciones.