III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14784)
Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe Anual de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 217

Viernes 10 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 109713

En los anexos I.3-1 y I.3-2 del Informe se recoge un resumen de las cuentas anuales del ejercicio
2018 -balance y cuenta de pérdidas y ganancias- de las fundaciones públicas autonómicas.
II.2. RENDICIÓN DE CUENTAS
II.2.1. Cuenta General
La Comunidad ha rendido al Tribunal dentro del plazo previsto en el art. 108.8 del TRLHRM la
Cuenta General del ejercicio 2018, que está formada por las cuentas de la Administración Pública
Regional y las cuentas individuales de sus OOAA. Su estructura y contenido se ha adaptado, sin
perjuicio de las salvedades e incorrecciones contables señaladas en el subapartado II.4, a los
principios y normas contables contemplados en el nuevo Plan General de Contabilidad Pública de
la Región de Murcia (PGCPRM) aprobado por O. de 27 de junio de 2017, del Consejero de
Hacienda y Administraciones Públicas8, que entró en vigor el 1 de enero de 2018, salvo para las
Universidades públicas de la RM cuya entrada en vigor ha sido el 1 de enero de 2020.
Dicho Plan se ha elaborado tomando como referencia el Plan General de Contabilidad para la
empresa, con las especialidades propias de las entidades del sector público al que va dirigido,
siendo de aplicación obligatoria para la Administración General de la CARM y sus OOAA, las
Universidades públicas de la RM y para el resto de entidades del sector público de la CARM
sujetas al régimen de contabilidad pública.
La memoria de estas primeras cuentas anuales sujetas al nuevo PGCPRM ha incluido el balance
y la cuenta del resultado económico patrimonial de las cuentas anuales del ejercicio anterior
(2017) y un apartado con los aspectos más relevantes de la transición a las nuevas normas
contables, con la explicación de las principales diferencias entre los criterios contables aplicados
en el ejercicio anterior y los actuales, los ajustes contables necesarios previos al asiento de
apertura, así como la cuantificación del impacto que produce esta variación de criterios contables
en el patrimonio neto de la entidad.
II.2.2. Cuentas anuales de otras entidades públicas
La Intervención General de la CARM ha remitido, unidas a la Cuenta General, las cuentas anuales
individuales de las entidades integrantes de su sector público, según lo dispuesto en el art. 108.7
del TRLHRM y en el D. 299/2017, de 20 de diciembre, por el que se regula la Central de
Información de la Intervención General de la CARM y se regula la rendición de las cuentas de las
entidades integrantes de su sector público. De la revisión efectuada se han obtenido los siguientes
resultados:

8

Queda derogada expresamente la O. de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 26 de julio de 1994,
por la que se aprobó el PGCPRM, así como las normas de igual o inferior rango en lo que contradigan o se opongan a
lo dispuesto en la O. de 27 de junio de 2017.

cve: BOE-A-2021-14784
Verificable en https://www.boe.es

a) No se han formulado las cuentas anuales individuales correspondientes al ejercicio 2018 del
Consorcio para la construcción y financiación de una piscina cubierta climatizada en Cieza y del
Consorcio Año Jubilar 2010. Como en ejercicios anteriores, este último no tuvo en 2018
movimiento ni actividad alguna, no contó con personal a su servicio, ni mantuvo obligaciones y
deudas con terceros. Asimismo, se ha comprobado que, pese a que el Consejo de Gobierno de la
CARM, en sesión celebrada el 21 de noviembre de 2018, designó los vocales en representación
de la Administración General de la CARM en la Comisión Ejecutiva del Consorcio Año Jubilar
2010, a los solos efectos de la disolución y liquidación del referido Consorcio, sigue sin