III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14784)
Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe Anual de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, ejercicio 2018.
243 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 217

Viernes 10 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 109703

I. INTRODUCCIÓN
I.1. INICIATIVA DEL PROCEDIMIENTO FISCALIZADOR
De conformidad con lo preceptuado en los artículos 136 y 153 de la Constitución Española,
corresponde al Tribunal de Cuentas el control económico y presupuestario de las Comunidades
Autónomas.
En su virtud, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2 en relación con el 4, y de forma
específica en el artículo 13.2 de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas,
se procede, en el ejercicio de las competencias de este Tribunal, a emitir el presente informe
sobre los resultados del control económico-presupuestario de la actividad desarrollada por la
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia durante el ejercicio 2018.
Esta actuación fiscalizadora figura en los programas de fiscalización del Tribunal de Cuentas para
2019 y 2020, aprobados por el Pleno del Tribunal de Cuentas el 20 de diciembre de 2018 1 y el 19
de diciembre de 2019, respectivamente, dentro del apartado I. “Fiscalizaciones en cumplimiento
de un mandato legal concreto”. Las Directrices Técnicas fueron aprobadas mediante acuerdo del
Pleno del Tribunal de 28 de noviembre de 2019.
La presente fiscalización se enmarca dentro de los objetivos específicos 1.1 ”Realizar actuaciones
que sirvan a las Cortes Generales y a las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas
para impulsar la adopción de medidas que contribuyan a conseguir un sector público más racional
y eficiente”, 1.2 “Fomentar buenas prácticas de organización, gestión y control de las Entidades
Públicas”, 1.3 “Identificar y fiscalizar las principales áreas de riesgo, con especial hincapié en las
prácticas que puedan propiciar el fraude y la corrupción”, 1.4 “Incrementar las fiscalizaciones
operativas”, 1.5 “Agilizar la tramitación de los procedimientos fiscalizadores” y 2.3 “Contribuir al
fortalecimiento del control interno”, recogidos en el Plan Estratégico del Tribunal de Cuentas
2018-2021, aprobado por su Pleno en sesión de 25 de abril de 2018.
I.2. ÁMBITOS SUBJETIVO, OBJETIVO Y TEMPORAL
El ámbito subjetivo de la fiscalización está compuesto por las entidades que forman el sector
público de la Comunidad Autónoma (CA) descritas en el apartado II.1 de este informe. El ámbito
objetivo corresponde a la actividad económico-financiera de la CA, y tiene como punto de partida
las cuentas anuales rendidas por el conjunto de entidades anteriores. En este informe no se
incorporan los resultados del análisis efectuado sobre la contratación administrativa de la
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (CARM) en el año 2018, al haberse aprobado
dentro de los programas anuales de los ejercicios 2019 y 2020 como una fiscalización propia la
relativa a la contratación de las Comunidades Autónomas (CCAA) y Ciudades Autónomas sin
órgano de control externo propio correspondiente al ejercicio 2018.

1

El programa de fiscalizaciones del Tribunal de Cuentas para el año 2019 aprobado por el Pleno el 20 de diciembre de
2018, fue modificado en sus sesiones de 28 de febrero y de 28 de marzo de 2019.

cve: BOE-A-2021-14784
Verificable en https://www.boe.es

El ámbito temporal se refiere al ejercicio 2018, sin perjuicio de las operaciones o hechos de
ejercicios anteriores o posteriores que se analicen por su relación con el ejercicio fiscalizado.