III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14782)
Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 217
Viernes 10 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 109296
Por Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril, se aprueba el Texto refundido de las disposiciones
legales de CAEX, en materia de tributos cedidos por el Estado, cumpliendo el plazo prorrogado de
seis meses para su aprobación otorgado por la DF tercera de la LP para 2018.
Atendiendo específicamente a los recursos generados por la propia CAEX y más concretamente a
los tributos propios, la evolución de su ejecución presupuestaria en relación con el ejercicio
precedente, se presenta a continuación.
CUADRO Nº 14. TRIBUTOS PROPIOS (2017-2018)
(miles de euros)
Impuesto
Impuesto
sobre el
sobre
suelo sin
Impuesto sobre
Instalaciones
Liquidación
edificar y
Ejercicio
aprovechamientos que Incidan
presupuestaria
edificaciones
cinegéticos
sobre el
ruinosas
Medio
Ambiente
(*)
2017
2018
Impuesto
sobre
depósitos
en
entidades
de crédito
Impuesto
sobre
eliminación
de residuos
en vertedero
Canon de
saneamiento
Total
DRN
4.929
70.191
12
0
3.770
16.062
94.964
Recaudación
neta
4.929
70.191
12
0
3.770
16.062
94.964
DRN
4.955
98.327
0
0
4.319
12.575
120.176
Recaudación
neta
4.955
98.327
0
0
4.319
12.575
120.176
Fuente: Elaboración propia a partir de datos que constan en la liquidación presupuestaria de la AG.
(*) Este impuesto fue suprimido en virtud del artículo 43 de la Ley 19/2010, de 28 de diciembre, de medidas tributarias y
administrativas de la CAEX; no obstante, siguieron generándose reconocimiento de derechos por cobros en apremio y
por el levantamiento de suspensiones por los tribunales.
Respecto al Impuesto sobre Depósitos en entidades de crédito, el 26 de enero de 2015 la Comisión
Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales del Estado y la CAEX acordaron que esta percibiría
anualmente una compensación por la desaparición del citado Impuesto y la consecuente
disminución de sus ingresos, como resultado de la creación de un nuevo impuesto sobre depósitos
en entidades de crédito de ámbito estatal, que imposibilitaría a la CAEX para gravar el mismo hecho
imponible. La compensación correspondiente a 2017, 35.420 miles de euros, se ingresa dentro del
plazo previsto (19 de junio de 2018), en el concepto presupuestario 409 “Otras transferencias
corrientes del Estado”.
cve: BOE-A-2021-14782
Verificable en https://www.boe.es
Pese a la pluralidad de figuras impositivas el impacto recaudatorio recae, fundamentalmente, en el
Impuesto sobre Instalaciones que Incidan sobre el Medio Ambiente, cuya recaudación se
incrementó en 2018 en un 40 %, como consecuencia de la inexistencia de anulaciones de derechos
en este concepto, frente al elevado volumen de devoluciones de cuotas ingresadas en ejercicios
precedentes, en aplicación de la Sentencia del Tribunal Constitucional 22/2015, de 16 de febrero.
Asimismo, el Pleno del Tribunal Constitucional, mediante sentencia de 31 de octubre de 2018
resuelve que este impuesto es compatible, a los efectos del artículo 6.3 de la LOFCA, con el
Impuesto sobre Actividades Económicas. Se desestima, en consecuencia, la cuestión de
inconstitucionalidad planteada por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de
Extremadura sobre los artículos 13 a) referido al hecho imponible; 17 y 19.2 que recogen la base
imponible y la cuota tributaria, respectivamente, del Texto refundido de las disposiciones legales de
la CAEX en materia de tributos propios, aprobado por Decreto Legislativo 2/2006, de 12 de
diciembre.
Núm. 217
Viernes 10 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 109296
Por Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril, se aprueba el Texto refundido de las disposiciones
legales de CAEX, en materia de tributos cedidos por el Estado, cumpliendo el plazo prorrogado de
seis meses para su aprobación otorgado por la DF tercera de la LP para 2018.
Atendiendo específicamente a los recursos generados por la propia CAEX y más concretamente a
los tributos propios, la evolución de su ejecución presupuestaria en relación con el ejercicio
precedente, se presenta a continuación.
CUADRO Nº 14. TRIBUTOS PROPIOS (2017-2018)
(miles de euros)
Impuesto
Impuesto
sobre el
sobre
suelo sin
Impuesto sobre
Instalaciones
Liquidación
edificar y
Ejercicio
aprovechamientos que Incidan
presupuestaria
edificaciones
cinegéticos
sobre el
ruinosas
Medio
Ambiente
(*)
2017
2018
Impuesto
sobre
depósitos
en
entidades
de crédito
Impuesto
sobre
eliminación
de residuos
en vertedero
Canon de
saneamiento
Total
DRN
4.929
70.191
12
0
3.770
16.062
94.964
Recaudación
neta
4.929
70.191
12
0
3.770
16.062
94.964
DRN
4.955
98.327
0
0
4.319
12.575
120.176
Recaudación
neta
4.955
98.327
0
0
4.319
12.575
120.176
Fuente: Elaboración propia a partir de datos que constan en la liquidación presupuestaria de la AG.
(*) Este impuesto fue suprimido en virtud del artículo 43 de la Ley 19/2010, de 28 de diciembre, de medidas tributarias y
administrativas de la CAEX; no obstante, siguieron generándose reconocimiento de derechos por cobros en apremio y
por el levantamiento de suspensiones por los tribunales.
Respecto al Impuesto sobre Depósitos en entidades de crédito, el 26 de enero de 2015 la Comisión
Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales del Estado y la CAEX acordaron que esta percibiría
anualmente una compensación por la desaparición del citado Impuesto y la consecuente
disminución de sus ingresos, como resultado de la creación de un nuevo impuesto sobre depósitos
en entidades de crédito de ámbito estatal, que imposibilitaría a la CAEX para gravar el mismo hecho
imponible. La compensación correspondiente a 2017, 35.420 miles de euros, se ingresa dentro del
plazo previsto (19 de junio de 2018), en el concepto presupuestario 409 “Otras transferencias
corrientes del Estado”.
cve: BOE-A-2021-14782
Verificable en https://www.boe.es
Pese a la pluralidad de figuras impositivas el impacto recaudatorio recae, fundamentalmente, en el
Impuesto sobre Instalaciones que Incidan sobre el Medio Ambiente, cuya recaudación se
incrementó en 2018 en un 40 %, como consecuencia de la inexistencia de anulaciones de derechos
en este concepto, frente al elevado volumen de devoluciones de cuotas ingresadas en ejercicios
precedentes, en aplicación de la Sentencia del Tribunal Constitucional 22/2015, de 16 de febrero.
Asimismo, el Pleno del Tribunal Constitucional, mediante sentencia de 31 de octubre de 2018
resuelve que este impuesto es compatible, a los efectos del artículo 6.3 de la LOFCA, con el
Impuesto sobre Actividades Económicas. Se desestima, en consecuencia, la cuestión de
inconstitucionalidad planteada por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de
Extremadura sobre los artículos 13 a) referido al hecho imponible; 17 y 19.2 que recogen la base
imponible y la cuota tributaria, respectivamente, del Texto refundido de las disposiciones legales de
la CAEX en materia de tributos propios, aprobado por Decreto Legislativo 2/2006, de 12 de
diciembre.