III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Energías renovables. (BOE-A-2021-14750)
Resolución de 8 de septiembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se convoca la segunda subasta para el otorgamiento del régimen económico de energías renovables al amparo de lo dispuesto en la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 216

Jueves 9 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 109146

La Entidad Financiera será único y exclusivo responsable en todo momento de la
autenticidad de las firmas electrónicas incorporadas en este documento, así como de la
suficiencia, validez y vigencia de las facultades de los firmantes.
La legislación española será de aplicación, con carácter exclusivo, para la
interpretación y ejecución de lo establecido en el presente documento.
..................... (Entidad Financiera) se somete a los juzgados y tribunales de Madrid
capital, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderle, para la
resolución de cualquier controversia que en aplicación de la presente garantía pudiera
suscitarse.
Por ..................... (Entidad financiera)
ANEJO G
Modelo de certificado electrónico de Seguro de Caución
En ....................., a ......... de ..................... de ............
..................... (Entidad aseguradora) (en adelante «el Asegurador»), con domicilio
en ..........., ..........], debidamente representada por don ......................... con
DNI/NIE ....................., con facultades suficientes para obligarle en este acto, que declara
expresamente válidas y en vigor,
Datos de contacto del Asegurador, a efectos de solicitud de ejecución:
Dirección completa: ........................................................................................................
E-mail: ............................................................................................................................
El asegurado

De forma incondicional e irrevocable a ....................., ante OMEL Diversificación
S.A.U., en concepto de garantía solidaria, para responder del cumplimiento de todas y
cada una de las obligaciones de pago contraídas por ....................., derivadas de su
participación en el proceso establecido mediante la Orden TED/1161/2020, de 4 de
diciembre, por la que se regula el primer mecanismo de subasta para el otorgamiento del
régimen económico de energías renovables y se establece el calendario indicativo para
el periodo 2020-2025, convocada al amparo del Real Decreto 960/2020, de 3 de
noviembre, por el que se regula el régimen económico de energías renovables para
instalaciones de producción de energía eléctrica, constituyéndose ..................... (el
Asegurador) en obligado solidario con el deudor principal al pago de todas las cantidades
que fueran debidas por éste en virtud del incumplimiento cualesquiera obligaciones
derivadas de su participación en dicho proceso, con renuncia expresa a los beneficios de
excusión y, en su caso, división, y teniendo esta garantía carácter abstracto y por tanto
sin que el Asegurador pueda oponer excepción alguna para evitar el pago y en especial
ninguna derivada de relaciones subyacentes entre el Asegurador y el Tomador.
La garantía se establece en un importe máximo de .............. euros.
La falta de pago de la prima por el Tomador, sea única, primera o siguientes, no dará
derecho al Asegurador a resolver el contrato de seguro, ni éste quedará extinguido, ni la
cobertura prestada suspendida, ni el Asegurador liberado de su obligación, en el caso de
que éste deba hacer efectivo cualquier pago.
El pago se hará efectivo a primer requerimiento, de tal forma que, en caso de que
OMEL Diversificación S.A.U. exija el desembolso al Asegurador, pueda ingresar el
siguiente día hábil a la fecha de solicitud de ejecución dichas cantidades al acreedor de
las mismas.

cve: BOE-A-2021-14750
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ASEGURA