III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-14744)
Resolución de 30 de agosto de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales para 2021 del II Convenio colectivo de las entidades públicas empresariales Administrador de Infraestructuras Ferroviarias y Administrador de Infraestructuras Ferroviarias de Alta Velocidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 216

Jueves 9 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 109082

Tabla 12. Valores mensuales
Prima de asistencia (C.427) y garantía subsidiaria de los sistemas de producción
(C.430*)
Nivel Salarial Jornada completa

3

205,95

4

230,68

5

257,43

6

288,32

7

308,92

8

329,52

9

350,11

– Los valores de esta tabla integran la referencia de los parámetros de los sistemas
de primas siguientes:
PMG - Prima de Mantenimiento de Infraestructura (C. 411).
GM - Prima de Circulación-Estaciones (C. 414).
G - Prima de Terminales (C. 417).
* Sin perjuicio de la Garantía de Mínimos establecida en Convenio Colectivo para los
sistemas de primas de producción afectados por la misma.
Tabla 13. Valores
Asignaciones para gastos de manutención y/o alojamiento (excepto Mandos Intermedios y Cuadros y Estructura de Apoyo)
En territorio nacional y puestos fronterizos
Distancia

Salida/regreso, desde/a Residencia

<13:00h/>15:00h
<13:00h/>21:30h
<19:30h/>21:30h

Régimen especial del
personal de maquinaria de
vía en servicio itinerante(C.
569)
Régimen especial del
personal de servicio en
trenes y/o máquinas
(C. 551)
Régimen especial en puesto
fronterizo
(C. 559)

<13:00h />0:00h

Menos de 60 Km.
Dieta desplazamiento
(C. 566)

8,601189 €/día

17,202381 €/día

24,239718 €/día

32,840912 €/día

Más de 60 Km
Dieta viajes(C. 567)

14,983861€/día

29,963422 €/día

Manut.: 14,983861 €/día+
Alojamiento

Manut.: 29,963422 €/día +
Alojamiento

Dieta de trabajo itinerante
GASTOS DE MANUTENCIÓN: 40,660175 €/día
+ coche dormitorio
Traslación 1 ª
0,749475 €/hora
(para las 8 primeras horas)

Traslación 2.ª
2,228490 €/hora
(desde la 9.ª)

Complemento para gastos de manutención: 9,253865 €/comida
En destinos internacionales excepto puestos fronterizos

cve: BOE-A-2021-14744
Verificable en https://www.boe.es

Régimen General

>13:00h />0:00h