III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-14744)
Resolución de 30 de agosto de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales para 2021 del II Convenio colectivo de las entidades públicas empresariales Administrador de Infraestructuras Ferroviarias y Administrador de Infraestructuras Ferroviarias de Alta Velocidad.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 216
Jueves 9 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 109082
Tabla 12. Valores mensuales
Prima de asistencia (C.427) y garantía subsidiaria de los sistemas de producción
(C.430*)
Nivel Salarial Jornada completa
3
205,95
4
230,68
5
257,43
6
288,32
7
308,92
8
329,52
9
350,11
– Los valores de esta tabla integran la referencia de los parámetros de los sistemas
de primas siguientes:
PMG - Prima de Mantenimiento de Infraestructura (C. 411).
GM - Prima de Circulación-Estaciones (C. 414).
G - Prima de Terminales (C. 417).
* Sin perjuicio de la Garantía de Mínimos establecida en Convenio Colectivo para los
sistemas de primas de producción afectados por la misma.
Tabla 13. Valores
Asignaciones para gastos de manutención y/o alojamiento (excepto Mandos Intermedios y Cuadros y Estructura de Apoyo)
En territorio nacional y puestos fronterizos
Distancia
Salida/regreso, desde/a Residencia
<13:00h/>15:00h
<13:00h/>21:30h
<19:30h/>21:30h
Régimen especial del
personal de maquinaria de
vía en servicio itinerante(C.
569)
Régimen especial del
personal de servicio en
trenes y/o máquinas
(C. 551)
Régimen especial en puesto
fronterizo
(C. 559)
<13:00h />0:00h
Menos de 60 Km.
Dieta desplazamiento
(C. 566)
8,601189 €/día
17,202381 €/día
24,239718 €/día
32,840912 €/día
Más de 60 Km
Dieta viajes(C. 567)
14,983861€/día
29,963422 €/día
Manut.: 14,983861 €/día+
Alojamiento
Manut.: 29,963422 €/día +
Alojamiento
Dieta de trabajo itinerante
GASTOS DE MANUTENCIÓN: 40,660175 €/día
+ coche dormitorio
Traslación 1 ª
0,749475 €/hora
(para las 8 primeras horas)
Traslación 2.ª
2,228490 €/hora
(desde la 9.ª)
Complemento para gastos de manutención: 9,253865 €/comida
En destinos internacionales excepto puestos fronterizos
cve: BOE-A-2021-14744
Verificable en https://www.boe.es
Régimen General
>13:00h />0:00h
Núm. 216
Jueves 9 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 109082
Tabla 12. Valores mensuales
Prima de asistencia (C.427) y garantía subsidiaria de los sistemas de producción
(C.430*)
Nivel Salarial Jornada completa
3
205,95
4
230,68
5
257,43
6
288,32
7
308,92
8
329,52
9
350,11
– Los valores de esta tabla integran la referencia de los parámetros de los sistemas
de primas siguientes:
PMG - Prima de Mantenimiento de Infraestructura (C. 411).
GM - Prima de Circulación-Estaciones (C. 414).
G - Prima de Terminales (C. 417).
* Sin perjuicio de la Garantía de Mínimos establecida en Convenio Colectivo para los
sistemas de primas de producción afectados por la misma.
Tabla 13. Valores
Asignaciones para gastos de manutención y/o alojamiento (excepto Mandos Intermedios y Cuadros y Estructura de Apoyo)
En territorio nacional y puestos fronterizos
Distancia
Salida/regreso, desde/a Residencia
<13:00h/>15:00h
<13:00h/>21:30h
<19:30h/>21:30h
Régimen especial del
personal de maquinaria de
vía en servicio itinerante(C.
569)
Régimen especial del
personal de servicio en
trenes y/o máquinas
(C. 551)
Régimen especial en puesto
fronterizo
(C. 559)
<13:00h />0:00h
Menos de 60 Km.
Dieta desplazamiento
(C. 566)
8,601189 €/día
17,202381 €/día
24,239718 €/día
32,840912 €/día
Más de 60 Km
Dieta viajes(C. 567)
14,983861€/día
29,963422 €/día
Manut.: 14,983861 €/día+
Alojamiento
Manut.: 29,963422 €/día +
Alojamiento
Dieta de trabajo itinerante
GASTOS DE MANUTENCIÓN: 40,660175 €/día
+ coche dormitorio
Traslación 1 ª
0,749475 €/hora
(para las 8 primeras horas)
Traslación 2.ª
2,228490 €/hora
(desde la 9.ª)
Complemento para gastos de manutención: 9,253865 €/comida
En destinos internacionales excepto puestos fronterizos
cve: BOE-A-2021-14744
Verificable en https://www.boe.es
Régimen General
>13:00h />0:00h