III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14739)
Resolución de 18 de mayo de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los gastos de personal e indemnizaciones por razón del servicio de las diputaciones provinciales y sus organismos autónomos de comunidades autónomas sin órgano de control externo propio, ejercicio 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 216
Jueves 9 de septiembre de 2021
I.4
Sec. III. Pág. 108516
TIPO DE FISCALIZACIÓN, OBJETIVOS, PROCEDIMIENTOS Y LIMITACIONES AL
ALCANCE
Se trata de una fiscalización horizontal, relativa a una pluralidad de entidades conforme a los mismos
objetivos y ámbito temporal para todas ellas, y de carácter integral, en la medida que abarca
cuestiones relativas al cumplimiento de la normativa aplicable, al adecuado registro contable y
presupuestario y a la sujeción de las operaciones fiscalizadas a los principios de buena gestión
financiera. Los objetivos de la fiscalización, de acuerdo con las Directrices Técnicas aprobadas por
el Pleno del Tribunal de Cuentas el 28 de febrero de 2019, son los siguientes:
a) Comprobar el cumplimiento de la normativa reguladora de los gastos de personal e
indemnizaciones por razón del servicio de las diputaciones provinciales y sus organismos
autónomos.
b) Comprobar el cumplimiento de la normativa relativa al régimen de dedicación exclusiva de
los cargos electos y a la selección y nombramiento del personal de las diputaciones
provinciales y sus organismos autónomos.
c) Verificar el adecuado registro contable y presupuestario de los gastos de personal e
indemnizaciones por razón del servicio de las entidades fiscalizadas, según el marco de
información financiera aplicable.
d) Evaluar los sistemas de información y de control interno aplicables a los procedimientos de
gestión relativos a los miembros y al personal de las diputaciones provinciales y sus
organismos autónomos.
e) Verificar la gestión del área de personal de las diputaciones y sus organismos autónomos,
con arreglo a los principios de economía y eficacia, en la medida que la información sobre
los servicios prestados y la imputación de costes de personal a los mismos, permita evaluar
la racionalidad económico-financiera en dicha gestión de personal.
Asimismo, se ha verificado el cumplimiento de la normativa aplicable en materia de igualdad efectiva
de mujeres y hombres y de transparencia de la información pública, en aquello que tuviera relación
con el objeto de las actuaciones fiscalizadoras.
Para la obtención de los resultados se han mantenido comunicaciones permanentes con las
entidades fiscalizadas, fundamentalmente a través de la Sede electrónica del Tribunal de Cuentas,
habiendo sido preciso efectuar solicitudes adicionales a terceras entidades para llevar a cabo los
correspondientes análisis.
Por otra parte, los datos proporcionados por las entidades no siempre han sido completos, habiendo
sido necesario realizar reiteraciones a algunas de las entidades fiscalizadas, en especial, a la
Diputación Provincial de Toledo.
La fiscalización se ha efectuado de acuerdo con las Normas de Fiscalización del Tribunal de
Cuentas, aprobadas por el Pleno de la Institución en su sesión de 23 de diciembre de 2013.
cve: BOE-A-2021-14739
Verificable en https://www.boe.es
En relación con el objetivo e), la ausencia de información detallada de los costes de las diputaciones
y sus organismos autónomos, desglosados por actividades, así como la carencia en la mayoría de
las diputaciones de una contabilidad analítica que permitiera la verificación de la adecuada
imputación de costes y rendimientos de los servicios, ha impedido evaluar el cumplimiento de los
principios de eficacia y economía en materia de gestión de personal, lo cual ha constituido una
limitación al alcance de la fiscalización, al no haberse podido realizar comprobaciones que
permitieran obtener evidencia suficiente y adecuada sobre dicho objetivo.
Núm. 216
Jueves 9 de septiembre de 2021
I.4
Sec. III. Pág. 108516
TIPO DE FISCALIZACIÓN, OBJETIVOS, PROCEDIMIENTOS Y LIMITACIONES AL
ALCANCE
Se trata de una fiscalización horizontal, relativa a una pluralidad de entidades conforme a los mismos
objetivos y ámbito temporal para todas ellas, y de carácter integral, en la medida que abarca
cuestiones relativas al cumplimiento de la normativa aplicable, al adecuado registro contable y
presupuestario y a la sujeción de las operaciones fiscalizadas a los principios de buena gestión
financiera. Los objetivos de la fiscalización, de acuerdo con las Directrices Técnicas aprobadas por
el Pleno del Tribunal de Cuentas el 28 de febrero de 2019, son los siguientes:
a) Comprobar el cumplimiento de la normativa reguladora de los gastos de personal e
indemnizaciones por razón del servicio de las diputaciones provinciales y sus organismos
autónomos.
b) Comprobar el cumplimiento de la normativa relativa al régimen de dedicación exclusiva de
los cargos electos y a la selección y nombramiento del personal de las diputaciones
provinciales y sus organismos autónomos.
c) Verificar el adecuado registro contable y presupuestario de los gastos de personal e
indemnizaciones por razón del servicio de las entidades fiscalizadas, según el marco de
información financiera aplicable.
d) Evaluar los sistemas de información y de control interno aplicables a los procedimientos de
gestión relativos a los miembros y al personal de las diputaciones provinciales y sus
organismos autónomos.
e) Verificar la gestión del área de personal de las diputaciones y sus organismos autónomos,
con arreglo a los principios de economía y eficacia, en la medida que la información sobre
los servicios prestados y la imputación de costes de personal a los mismos, permita evaluar
la racionalidad económico-financiera en dicha gestión de personal.
Asimismo, se ha verificado el cumplimiento de la normativa aplicable en materia de igualdad efectiva
de mujeres y hombres y de transparencia de la información pública, en aquello que tuviera relación
con el objeto de las actuaciones fiscalizadoras.
Para la obtención de los resultados se han mantenido comunicaciones permanentes con las
entidades fiscalizadas, fundamentalmente a través de la Sede electrónica del Tribunal de Cuentas,
habiendo sido preciso efectuar solicitudes adicionales a terceras entidades para llevar a cabo los
correspondientes análisis.
Por otra parte, los datos proporcionados por las entidades no siempre han sido completos, habiendo
sido necesario realizar reiteraciones a algunas de las entidades fiscalizadas, en especial, a la
Diputación Provincial de Toledo.
La fiscalización se ha efectuado de acuerdo con las Normas de Fiscalización del Tribunal de
Cuentas, aprobadas por el Pleno de la Institución en su sesión de 23 de diciembre de 2013.
cve: BOE-A-2021-14739
Verificable en https://www.boe.es
En relación con el objetivo e), la ausencia de información detallada de los costes de las diputaciones
y sus organismos autónomos, desglosados por actividades, así como la carencia en la mayoría de
las diputaciones de una contabilidad analítica que permitiera la verificación de la adecuada
imputación de costes y rendimientos de los servicios, ha impedido evaluar el cumplimiento de los
principios de eficacia y economía en materia de gestión de personal, lo cual ha constituido una
limitación al alcance de la fiscalización, al no haberse podido realizar comprobaciones que
permitieran obtener evidencia suficiente y adecuada sobre dicho objetivo.